martes, 31 de enero de 2012

Rosana Navarro, nueva Directora General del Catastro.


El Consejo de Ministros nombró el pasado viernes a Rosana Navarro Heras como nueva Directora General del Catastro. La nueva Directora General es licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por ICADE y pertenece a los Cuerpos de Administradores Superiores Financieros de la Junta de Andalucía, de Inspectores de Finanzas del Estado y de Inspectores de Entidades Financieras y de Seguros.

En el Ministerio de Hacienda ha sido subdirectora general adjunta de Tributos Locales, directora de Gabinete del Secretario General de Política Fiscal, Territorial y Comunitaria, y subdirectora general de Coordinación en la citada Secretaría General. En 2003 fue nombrada directora gerente de Tributos del Ayuntamiento de Madrid y en la actualidad era directora de la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid.

Por sus responsabilidades anteriores conoce bien el funcionamiento de la Dirección General del Catastro, con quien mantuvo una estrecha relación en los pasados meses como consecuencia del proceso de revisión de los valores catastrales desarrollado en la ciudad de Madrid, lo que permite suponer una rápida adaptación a sus nuevas responsabilidades.


miércoles, 18 de enero de 2012

Gran momento del Catastro en Latinoamérica.


Si atendemos a la constante aparición de noticias relacionadas con el Catastro en los medios de comunicación latinoamericanos, es evidente que está teniendo lugar en la actualidad uno de los momentos de mayor actividad catastral en la región., probablemente sin precedentes en épocas pasadas. Diariamente los medios de comunicación informan sobre el inicio o desarrollo de proyectos catastrales, ejecutados tanto con medios propios como a través de licitaciones públicas. En definitiva, un reconocimiento público de la importancia de los catastros como herramienta básica para el crecimiento y el desarrollo de las naciones.

En los siguientes enlaces puedes ver distintas noticias relacionadas con el Catastro que aparecen en la prensa de hoy, con información de proyectos en República Dominicana, Venezuela y Argentina.

República Dominicana: se ponen en marcha los trabajos catastrales en el Distrito Nacional, Santo Domingo Este, San Pedro de Macorís y La Romana, como primera fase del Proyecto Catastro República Dominicana.


Venezuela: Se adelantan los trabajos catastrales de 183 municipios.


Argentina (Neuquén): Catastro detectó dos millones de metros cuadrados sin declarar . El registro público se amplió en un 50 por ciento.



martes, 10 de enero de 2012

Nuevo libro sobre la reforma de los Procedimientos de Valoración Colectiva de Carácter General y su aplicación al municipio de Madrid.

Acaba de publicarse por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un nuevo libro titulado "Las reformas de los procedimientos de valoración colectiva de carácter general: aplicación al municipio de Madrid", que resulta muy recomendable para los catastreros especialmente interesados en los procedimientos de actualización de los valores catastrales.

En la publicación, que se compone de 771 páginas, se describen de forma estructurada las distintas reformas llevadas a cabo en los últimos meses para mejorar de forma sustantiva los procedimientos de valoración colectiva, más habitualmente conocidas como revisiones catastrales.

Aunque son muchas las novedades que se describen resulta especialmente significativo el esfuerzo realizado para modificar el procedimiento de notificación de los nuevos valores catastrales, introduciendo la notificación electrónica voluntaria, lo que ha supuesto un notable ahorro y una sustancial mejora en el servicio, como se ha explicado en otra entrada de este blog. Asimismo han sido sustanciales las mejoras en materia de seguimiento del mercado inmobiliario y elaboración del necesario estudio de mercado, o determinadas acciones para mejorar los procesos informáticos imprescindibles en este tipo de actuaciones masivas.

Resulta especialmente útil la incorporación como anexo de la totalidad de la Ponencia de Valores realizada en 2011 para el municipio de Madrid. Por primera vez se pública integro un documento de estas características, lo que contribuye a atender las demandas de numerosos expertos que habitualmente se interesan por este tipo de documentos, de una complejidad y riqueza técnica muy considerable.

Aunque está prevista una versión digital en breve, el formato tradicional ya está disponible en las siguientes direcciones:

Difusión de Publicaciones
C/ Panamá, 1-1ª planta - 28071 Madrid
Teléfono: 91 583 76 17/12/11
Fax: 91 583 76 25


Librería del Ministerio 
C/ Alcalá, 9 - planta baja (junto a la Puerta del Sol) - 28071 Madrid
Teléfono: 91 595 58 08 / 91 595 59 62
Correo electrónico: ventas.publicaciones@meh.es

jueves, 5 de enero de 2012

Lo veníamos diciendo: El IBI "salvavidas" financiero de los municipios.


En varias entradas anteriores ya veníamos señalando que, ante la caída generalizada de ingresos en los restantes tributos municipales, sólo podía contarse con el IBI y el Catastro para sostener los ingresos de los municipios. Así lo ha valorado también el nuevo Gobierno al establecer, con carácter transitorio y excepcional, las importantes medidas que se definen en el Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de diciembre.

La medida busca incrementar en 918 millones de euros la cuota del IBI para 2012, más o menos un 10% de la recaudación obtenida en 2011. Para ello establece la relación entre el año de realización de la última ponencia de valores, el coeficiente de referencia al mercado (RM) del municipio -que establece la proporción existente entre el valor catastral y el de mercado de cada inmueble-, y tipo de gravamen,  a partir de la idea previa de que a ponencias más antiguas corresponden valores catastrales más bajos en relación con el mercado, y, por tanto, es en estos municipios donde puede exigirse un mayor esfuerzo fiscal a los sujetos pasivos del IBI. Como consecuencia de ello, se define la siguiente tabla:

Grupo
Tipo de municipio, según el último año de actualización de sus valores catastrales
Incremento medio de cuota del IBI 2012 buscado con el Real Decreto Ley.
1
Actualizaciones anteriores a 2002
10%
2
Actualizaciones realizadas de 2003 a 2005
6%
3
Actualizaciones realizadas de 2006 a 2008
0% (son los que tienen un RM más alto)
4
Actualizaciones realizadas de 2009 a 2012
4%

Queda muy claro en la norma el objetivo final buscado (tomar medidas para “garantizar que la situación financiera de las Corporaciones Locales no ponga en peligro la consecución del principal objetivo en materia presupuestaria, que es la reducción del déficit público”, según señala la exposición de motivos), si bien de la lectura detallada del texto se aprecia rápidamente que la aplicación individualizada de las medidas adoptadas puede producir en determinados casos, y si no se hace algo para evitarlo, incrementos de cuota para 2012 que ni la misma Ángela Merkel aceptaría,  por mucha autodisciplina germánica que se apliquen los ciudadanos.  

En Estados Unidos utilizan la expresión “sticker-shock” para definir la reacción negativa que se produce en la población cuando se supera un determinado nivel de  subida del precio o la cuota de un bien, un servicio o un impuesto. El éxito final de esta iniciativa del nuevo Gobierno sólo se producirá si no da lugar a esta reacción negativa, municipio a municipio. Para ello será necesario adoptar a corto plazo y antes de que se pongan al cobro los primeros recibos del IBI, medidas técnicas precisas que permitan establecer topes en el crecimiento de las cuotas de 2012.

En todo caso la Ley de tramitación urgente que ya se anuncia para consolidar estas medidas, tras la convalidación del Real Decreto Ley, debería incorporar más precisión catastral y tributaria para evitar los efectos no deseados. Entre otras cuestiones, habrá de considerar el impacto sobre la cuota del IBI del crecimiento anual de las bases liquidables, la aplicación o no de la bonificación prevista en la Ley Reguladora de las Haciendas locales, o la desaparición en 2012 de los tipos reducidos fijados con posterioridad a una revisión. 

Tienes el texto íntegro del Real Decreto Ley en: