tag:blogger.com,1999:blog-60427575433117594482024-03-02T18:29:11.949+01:00Catastreros¿Qué es Catastreros?
Este es el blog de Ignacio Durán Boo.
Nacido durante mi etapa de trabajo en la Dirección General del Catastro de España, ahora está abierto a todo aquello que tenga que ver con los datos y las administraciones publicas.
Unknownnoreply@blogger.comBlogger227125tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-24695231611588397752022-11-24T13:15:00.000+01:002022-11-24T13:15:09.086+01:00Innovación tecnológica y el juego de equilibrios entre seguridad jurídica e inmediatez en los servicios públicos digitales.<p> </p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Dentro del marco de la XX edición del Congreso Anual de Derecho Registral (XX
CADER) convocado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP) del Perú se planteó una interesante pregunta a modo de provocación: ¿Los
ciudadanos prefieren unos servicios públicos con mucha seguridad jurídica o,
por el contrario, prefieren servicios muy inmediatos, en la línea de los
ofrecidos por las plataformas más conocidas de venta por internet?.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Dicho en otras palabras, ¿los ciudadanos realmente valoran más los sistemas
de prestación de servicios públicos más tradicionales y pesados, pero con un
alto nivel de seguridad jurídica, o por el contrario preferirían unos servicios
basados en aplicaciones tecnológicas que les permitieran, con dos o tres toques
en su teléfono móvil, realizar una gestión administrativa, asumiendo a cambio un
nivel bajo de protección de sus derechos como ciudadanos?.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">La pregunta está muy bien planteada para provocar el debate, pero debemos
evitar caer en la trampa que contiene, puesto que la respuesta correcta es
siempre conseguir de forma conjunta y simultánea inmediatez y seguridad
jurídica. Es evidente, cuando hablamos de servicios públicos, que lo que quieren
los ciudadanos que viven en un sistema democrático con una amplia presencia de
la tecnología son unos servicios inmediatos basados en herramientas
innovadoras, pero que, simultáneamente, cuenten con un alto nivel de seguridad
jurídica que proteja sus derechos como ciudadano.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Sin embargo, el mayor número de reclamaciones relativas al funcionamiento
de los servicios públicos giran en torno a la accesibilidad a los servicios e
inmediatez de la respuesta y no sobre la seguridad jurídica, porque el
ciudadano da por hecho que la misma está garantizada. “Va de serie”, si se me
permite la expresión.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Por tanto, los proyectos de transformación digital de las Administraciones
Públicas se enfrentan, al desarrollar su proceso innovador, con este reto: ¿cómo
innovar los servicios que ofrecen a los ciudadanos para hacerlos más
inmediatos, incrementando simultáneamente la seguridad jurídica de los mismos? .<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">La necesidad de garantizar en todo momento la seguridad jurídica en los
procedimientos administrativos es una de las grandes diferencias que se
presentan en la actualidad entre los servicios digitales que ofrecen las
empresas privadas y los suministrados por las administraciones públicas. Como
ejemplo, en el comercio electrónico la tasa de devoluciones porque el comprador
no está satisfecho y decide devolver su compra es del 20% </span><a href="https://www.salecycle.com/es/blog/guias/devoluciones-ecommerce/"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">https://www.salecycle.com/es/blog/guias/devoluciones-ecommerce/</span></a><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;"> , porcentaje de insatisfacción que
resulta absolutamente inasumible en los servicios públicos, en los que no sería
aceptable un resultado similar que obligase de manera habitual al 20% de los
ciudadanos a presentar recursos o reclamaciones ante los acuerdos o
resoluciones emitidas. Estaríamos ante un nefasto modelo de servicio público.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Por tanto, la cuestión a analizar es conocer cuáles son las características
que debería incorporar todo modelo de transformación digital que se desarrolle
en una administración pública para que garantice simultáneamente un alto nivel
de seguridad jurídica y la máxima inmediatez a sus usuarios.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Pero antes de explicar someramente el modelo, es necesario aclarar dos
cuestiones. La primera de ellas es que <b>seguridad jurídica e inmediatez no
son valores absolutos. </b>Es decir, que puede haber distintos niveles de
seguridad jurídica, al igual que puede un servicio público ofrecer distintos
grados de inmediatez. De esta forma, un servicio público tendrá un bajo nivel
de calidad tanto si cuenta con un alto grado de seguridad jurídica pero muy
bajo nivel de respuesta inmediata (puede ser el caso de servicios tradicionales
en papel que implican gestiones lentas, acumulación<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>de expedientes y mucha demora en la
respuesta), o viceversa, cuando se crean servicios basados en apps, con acceso
y respuestas inmediatas pero que no garantizan la identidad del ciudadano que
accede a las mismas, no documentan los trámites y fase de los procedimientos, no
protegen la información, no son transparentes o no disponen de un servicio de
notificación electrónica seguro. En ambos casos estamos en presencia de malas
formas de prestación de los servicios públicos.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">La segunda idea a considerar es que, en una sociedad democrática,<b> el
ciudadano basa su relación con la Administración pública en la confianza</b>. Como
antes se indicó, presupone que toda Administración Pública, por definición,
actúa siempre protegiendo sus derechos. No pide ni desea explicaciones largas y
farragosas, ni verse obligado a acreditar ni a aportar ninguna documentación o
dato, porque entiende que la Administración Pública ya cuenta con toda su
información personal y hace un uso adecuado de estos datos protegidos. Por
tanto, los gestores públicos debemos aprovechar esta indudable ventaja para
desarrollar servicios simplificados y ágiles, haciendo una gestión acorde con
la confianza que nos otorgan los ciudadanos.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;"><o:p> </o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><b><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Elementos que componen un correcto sistema de
seguridad en los servicios públicos digitales: la suma de seguridad jurídica y
seguridad tecnológica.<o:p></o:p></span></b></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Atendiendo a las reflexiones anteriores, un buen servicio público
desarrollado en el ámbito de las tecnologías de la información y las
comunicaciones debe sumar a la tradicional visión de la seguridad jurídica,
protegida constitucionalmente y que se mueve en el mundo de las leyes y su
aplicación, un esquema confiable de protección tecnológica que blinde a los servicios
digitales que prestan las administraciones públicas, preservándoles de
cuestiones como accidentes, pérdidas de información, falta de control en los
accesos, generación de sesgos que produzcan discriminación, o accesos y ataques
maliciosos con distinta finalidad. <o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">De esta forma, además de buenas leyes que garanticen certeza y legalidad,
jerarquía y publicidad normativa, irretroactividad de la norma no favorable, e interdicción
de la arbitrariedad, es necesario contar con un adecuando nivel de seguridad
tecnológica, concepto que se compone de tres elementos:<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">- Seguridad física: garantizando la protección de equipos e instalaciones.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;"><span style="mso-spacerun: yes;"> </span>-Seguridad del dato: para evitar su
pérdida, alteración o manipulación no autorizada, <o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">-Y lo que habitualmente se conoce como ciberseguridad, entendiendo como tal
todas las medidas necesarias para evitar accesos externos cuya finalidad es el
robo, el deterioro o la destrucción de la información o de los procesos y
aplicaciones utilizados.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Como conclusión, no existirá unos buenos servicios públicos digitales si no
reúnen, simultáneamente, buenos niveles de seguridad jurídica y de seguridad
tecnológica.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;"><o:p> </o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><b><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Características debe reunir un buen modelo de servicios
púbicos digitales.<o:p></o:p></span></b></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;">Una primera idea que, a mi juicio, debe reunir un<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>buen modelo de servicios públicos digitales
que garantice simultáneamente tanto la seguridad jurídica como la inmediatez <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>es la necesidad de que el sistema distinga con
nitidez aquello que el ciudadano ve y usa al acceder a esos servicios
digitales, de aquello que necesariamente ha de estar por detrás de todo el
sistema, pero que el ciudadano no necesita conocer expresamente para utilizar
el mismo. Sobre esta idea desarrollaremos el modelo, siguiendo el esquema
siguiente:<o:p></o:p></span></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgQqGiUsa0fwFQsWw9uoZ8PY63jOTJHA5-fBv8sIDLyfSIEr_YZEnQUH-GPLnhBTD0twsVUoeD5CeQc7etFeHGZi-dMBHkxlQFKVsX3aMdDv-__RUBrx0mzCVVxTY3wGN2cbYqtXEew8YczyPuXVX-v22QGiXiABLfauS9a8mD-0kIqVJncaptuflCjfg/s3924/Imagenservicios%20digitales.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="2220" data-original-width="3924" height="226" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgQqGiUsa0fwFQsWw9uoZ8PY63jOTJHA5-fBv8sIDLyfSIEr_YZEnQUH-GPLnhBTD0twsVUoeD5CeQc7etFeHGZi-dMBHkxlQFKVsX3aMdDv-__RUBrx0mzCVVxTY3wGN2cbYqtXEew8YczyPuXVX-v22QGiXiABLfauS9a8mD-0kIqVJncaptuflCjfg/w400-h226/Imagenservicios%20digitales.jpg" width="400" /></a></div><br /><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><br /></div><br /><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;"><br /></span><p></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><b><span lang="ES">1.- Lo que el ciudadano ve y usa.<o:p></o:p></span></b></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Es sin duda la parte más sencilla de explicar de todo el modelo. Basta con
que pensemos en la mejor aplicación para móviles que conozcamos y pensemos en
como disponer de una herramienta similar para prestar el servicio público que
queremos reformar, incluyendo todas las herramientas y capacidades que ofrece.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Tres comentarios al respecto:<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">El diseño del servicio debe realizarse pensando desde el inicio en una
aplicación para móviles y, después, en versiones para ordenador, tablet u otros
dispositivos. El móvil será el dispositivo más usado para relacionarse con la
Administración Pública, si no lo es ya.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Las Administraciones deben liberarse del “pudor” que les puede producir
usar frases o expresiones alejadas del lenguaje administrativo tradicional,
pero que son las que utilizan y entienden los ciudadanos. Expresiones cortas, contundentes
y simples como “quiero pagar” o “haz click aquí para incorporar documentos” son
mucho más útiles y acordes con la naturaleza de los servicios digitales que el
tradicional y complejo lenguaje administrativo.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Y en tercer lugar, siempre ha de aparecer en un lugar relevante un botón
que lleve directamente al usuario interesado a acceder a toda la información
disponible, con el máximo nivel de detalle que se estime, en la que se explica
todo el sistema de garantías que está incorporado por “detrás” de la aplicación
que está viendo. Es el botón de la ”transparencia” a través del cual el ciudadano
puede conocer todos los elementos legales, tecnológicos y de gestión que
soportan la app ágil y simple que está utilizando. Es, en definitiva, el botón
que une “lo que el ciudadano ve y usa” con lo que hay detrás, y que se explica
a continuación.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES"> </span><b style="text-align: center;"><span lang="ES">2.- Lo que el
sistema contiene</span></b><span lang="ES" style="text-align: center;"> <b>detrás
de lo que el ciudadano ve y usa.</b></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Al igual que en un iceberg, la parte del servicio público que el ciudadano verá
y usará será siempre muy inferior a la parte que hay detrás de la app, que
contiene todas las características y modelos de garantía exigibles.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Como se señala en el esquema, el proyecto debe contener unos adecuados
modelos de gobierno de los datos, de gestión de usuarios y accesos, y de
seguridad, en los términos antes expuestos. Si además el sistema a implantar incluye
herramientas de inteligencia artificial, el modelo debe definir las
especificaciones, programación, algoritmos, mantenimiento, supervisión y
control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema. <o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Pero junto a estos cuatro modelos, que constituyen el núcleo del proyecto, debería
completarse este con una adecuada incorporación de la normativa aplicable, unos
buenos manuales de descripción de los procesos y una completa descripción de
las metodologías de evaluación de resultados así como de reparación de los
errores generados. En este sentido, las Administraciones Públicas deberíamos
aprender de las herramientas utilizadas por las grandes plataformas digitales de
intermediación en lo que respecta a la velocidad y simplicidad para tramitar y
resolver las incidencias, tales como reclamaciones por la falta de entrega en
el plazo señalado o las propias devoluciones por insatisfacción con la compra
realizada, por poner algunos ejemplos. Nada irrita más a un ciudadano que tener
que interponer una recurso o una reclamación ante la Administración y luego
tener que esperar largos periodos de tiempo hasta obtener respuesta.</span></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><b style="text-align: center;"><span lang="ES">3.- Transparencia:
acceso pleno a toda la información.</span></b></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Finalmente, y como idea transversal a todo el modelo, es imprescindible
garantizar la total transparencia tanto en lo que respecta a la accesibilidad
al servicio, como al conocimiento con el máximo nivel de detalle de todas las especificaciones
técnicas, jurídicas y de procedimiento que se aplican en el proceso.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">La única manera de proteger al máximo la confianza que otorgan los ciudadanos
a las Administraciones Públicas a la que antes nos referimos, es ofrecer la
máxima transparencia en todo lo que afecta a los sistemas y procedimientos que
se utilizan.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES">Como antes se indicó, si bien en la parte “que el ciudadano ve y usa” no
debería estar detallada toda esta información, si ha de existir un botón que
permita a quienes estén interesados acceder a ella sólo con un toque.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal"><b><span lang="ES"> </span></b></p>
<p class="MsoNormal"><span lang="ES"> </span></p>
<p class="MsoNormal"><span lang="ES">Puedes ver mi
ponencia completa en el XX CADER, titulada “La modernización de las
administraciones públicas: una visión desde Europa” aquí: </span><a href="https://www.youtube.com/watch?v=gjJQ4b6n9Lw"><span lang="ES">https://www.youtube.com/watch?v=gjJQ4b6n9Lw</span></a><span class="MsoHyperlink"><span lang="ES"><o:p></o:p></span></span></p></div><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><br /></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><br /></div><br /><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><br /></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span lang="ES" style="mso-ansi-language: ES;"><br /></span></p>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-40720636583136251812022-07-19T13:29:00.000+02:002022-07-19T13:29:20.809+02:00El síndrome de Ícaro y la geolocalización de datos tributarios<p></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg-j_Ct6N4NxVSM3ltWoc8rphBduRVQubRjNcM2ukXMqiWBXKs8zjtfa7rScnBx4DhORKNyyEWmQmcnxBagC8s7MpAPU1f3W_BuqWHdOesONQmCKFkkKv6KsbSaL0cvNAgPtwaGd8N-gy3DkrH0MrAlqNRiJRNq5r0x_2U_QlwYmUn49wDE40GMkuSEtg/s2991/geolocalizaci%C3%B3n%20datos%20tributarios.jpg.png" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1008" data-original-width="2991" height="108" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg-j_Ct6N4NxVSM3ltWoc8rphBduRVQubRjNcM2ukXMqiWBXKs8zjtfa7rScnBx4DhORKNyyEWmQmcnxBagC8s7MpAPU1f3W_BuqWHdOesONQmCKFkkKv6KsbSaL0cvNAgPtwaGd8N-gy3DkrH0MrAlqNRiJRNq5r0x_2U_QlwYmUn49wDE40GMkuSEtg/s320/geolocalizaci%C3%B3n%20datos%20tributarios.jpg.png" width="320" /></a></div><br /> <p></p><p><span style="text-align: justify;">La mitología griega relata la conocida
historia de Ícaro, hijo de Dédalo, que desoyendo los consejos de su padre y
cegado por la soberbia se lanzó a volar con unas alas pegadas con cera, hasta
que acabó cayendo al mar por acercarse demasiado al sol.</span></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En psicología se conoce con el
nombre de Ícaro el síndrome manifestado por comportamientos en los que una
visión excesivamente narcisista acaba alejando al sujeto de la realidad, hasta
llegar a imaginarse que puede superar o ignorar reglas que siempre se cumplen.
En el caso de Ícaro, la Ley de la gravedad se impuso de forma rotunda a su
soberbia.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Desde hace años conceptos como
la “nube”, las criptomonedas y, más recientemente, el “metaverso” son valorados
por algunos de forma similar a cómo Ícaro valoraba sus alas artificiales: son
los instrumentos que permitirían “volar” libres, dejando atrás las sujeciones a
las obligaciones sociales, los compromisos personales y, especialmente, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>los impuestos.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Dado que la economía se
trasladaba “a la nube” y yo podía comprar bienes y servicios en Singapur o
Quebec, y pagarlos en Estocolmo o Quito a empresas que parecían no radicar en
ninguna parte, entonces ya podíamos gozar de una libertad hasta ahora
impensable.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal"><u>Geolocalización de datos tributarios.<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">…… y entonces apareció el sol, en
forma de Real Decreto 400/2021, por el que desarrollan las reglas de
localización de los dispositivos de los usuarios y las obligaciones formales
del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, que entró en vigor con la implantación de la llamada 'tasa Google', un impuesto que grava a grandes tecnológicas por los ingresos derivados de servicios de publicidad en
línea, intermediación en línea y transmisión de datos, y algunos se dieron un
”baño de realidad”.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">De forma resumida, el modelo
parte de la presunción de que el dispositivo a través del cual se recibe
publicidad, o se realizan compras de bienes o servicios, se encuentra en el
lugar que se determine conforme a la geolocalización basada en la dirección IP
del mismo o del equipo a través del cual el dispositivo del usuario accede al
servicio cuando se encuentra en una determinada red.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">A tales efectos, se podrá
utilizar la geolocalización basada en la identificación de redes (WiFi,
Ethernet u otras), la geolocalización física por satélite (con sistemas tales
como GPSSistema de Posicionamiento Global, GLONASS, Galileo o Beidou) o por
medio de información proporcionada por sistemas de comunicaciones inalámbricas
terrestres (como las del GSM-Sistema Global de Comunicaciones Móviles- o las de
LPWAN), o por balizas (WiFi o Bluetooth), o cualquier otra combinación de
tecnologías existentes o futuras.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En aplicación de dichas normas
las empresas deben implantar los sistemas para geolocalizar donde se desarrolla
la actividad de sus clientes y custodiar esta información para suministrarla a
la AEAT si se lo requiere. En contra de lo que han difundido algunos medios, con
una clara intención, Hacienda no nos “espía” ni accede a la localización de
nuestro teléfono. Son las empresas las que registran nuestra dirección IP y
otros datos sobre nuestra ubicación, porque les hemos dado nuestros
consentimiento para hacerlo.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">De esta forma puede comprobarse
cuántos usuarios tienen en España y así tributar de forma acorde a sus ingresos
reales. Con la misma legitimidad y el mismo valor que las retenciones que nos
hacen en nuestras nóminas a efectos del IRPF y comunican a la AEAT, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>y que ahora nadie ve como un “espionaje”.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Si quieres una información veraz
sobre el modelo:<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><a href="https://maldita.es/malditatecnologia/20220712/hacienda-espiar-geolocalizacion-movil-tasa-google/">https://maldita.es/malditatecnologia/20220712/hacienda-espiar-geolocalizacion-movil-tasa-google/</a><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>“Smart taxes” y GIS Tributario<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Desde hace años vengo manteniendo
que una de las evoluciones naturales de los sistemas de gestión de los tributos
se ha de basar en una mejor identificación de sujetos pasivos, hechos
imponibles y actividades a partir de las herramientas de territorialización de
la información.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><a href="http://catastreros.blogspot.com/2020/06/smart-taxes-como-apoyara-la-tecnologia.html">http://catastreros.blogspot.com/2020/06/smart-taxes-como-apoyara-la-tecnologia.html</a><span style="color: red;"><o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Territorializar los datos
tributarios, y aquellos otros que pueden tener efectos fiscales, y asociar cada
uno de ellos a una coordenada geográfica, ya está permitiendo desarrollar
análisis y estudios basados en “inteligencia de geolocalización”, como se
demuestra con el modelo que establece el RD 400/2021 citado. Como consecuencia,
los gestores de los tributos deberían completar sus sistemas de información con
un “GIS Tributario”, que apoye los sistemas tradicionales. <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Esta es la línea que está siguiendo
la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid, sobre la estrategia de
tributos inteligentes (Smart Taxes), como una de las actividades del
Laboratorio Tributario ya en activo. Entre ellas se encuentra el inicio de desarrollos
para el GIS Tributario del Ayuntamiento de Madrid.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>El ser humano y el territorio<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Por mucha ilusión que nos haga
imaginarnos el “metaverso” como un espacio idílico y libre de todo tipo de
limitaciones, nunca deberíamos olvidar que la realidad siempre se impone, recordándonos
que el ser humano es un ser “territorial”. Siempre compra, consume, come y
descansa en un lugar físico. La persona misma “está” siempre físicamente situada
sobre un punto concreto del territorio. <o:p></o:p></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Esta cualidad es la que ha hecho que el territorio y el desarrollo del concepto de territorialidad sean la base de todas las sociedades humanas, que no pueden existir sin este elemento.</p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Por tanto, es coherente que los Estados
protejan sus sistemas de ingresos incorporando soluciones técnicas que permitan
identificar bien los hechos imponibles que suceden en su territorio y que “territorialicen” los servicios prestados o
recibidos a través de plataformas digitales, identificando físicamente el lugar
en el que se compra, se paga, se recibe el servicio o se consume el producto,
todos ellos sitios “físicos” identificables tecnológicamente, como se hace en
el RD 400/2021.</p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Como señala Efrén Diaz, <a href="https://www.derechogeoespacial.com/">https://www.derechogeoespacial.com/</a>
<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>compilador del Código Geoespacial y sin
duda alguna uno de los profesionales que mejor entiende el alcance del concepto
de territorialidad en el ámbito de las nuevas tecnologías , “allí donde hay
territorio hay derecho”. Lo que significa, en sentido contrario, que sin
territorio no cabe la existencia de una sociedad humana adecuadamente
organizada. Y aquí hemos de considerar que el concepto de territorio se
extiende más allá de nuestro plantea, alcanzando el espacio exterior y el
universo, concebido en su totalidad como una entidad territorial. Esta es, sin
duda, una de las grandes aportaciones de Efrén Diaz en el debate sobre
territorialidad y tecnología. <o:p></o:p></p>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-25302072106862499012021-05-27T19:26:00.000+02:002021-05-27T19:26:53.799+02:00LA REFORMA DE LAS HACIENDAS LOCALES Y EL PAPEL DE LA TRANSFORMACIÓN TECNOLOGICA EN ESTE PROCESO.<p> <span style="text-align: justify;">En el momento actual, es unánime
la percepción de que es necesaria una reforma en profundidad de la legislación
que regula los tributos locales.</span></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Coincidimos plenamente con esta
visión y la completamos con una idea adicional: la reforma real de las
haciendas locales, estableciendo un modelo eficaz y justo, será <b>la suma de
una buena y nueva normativa junto con una profunda transformación tecnológica
de los Ayuntamientos gestores.<o:p></o:p></b></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>El cambio en las percepciones
de los contribuyentes sobre los tributos locales.<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">De la misma forma que se necesita
con urgencia un nuevo marco normativo, el proceso integral de reforma de las
haciendas locales <b>dependerá también de un profunda transformación
tecnológica de las instituciones que las gestionan.</b><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Lo que están demandando cada vez
con mayor intensidad los ciudadanos es que los gestores tributarios <b>trabajemos
pensando realmente en las circunstancias concretas de cada contribuyente</b>.
Algunas recientes sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del
Supremo, no son más que el altavoz mediante el que se hacen oír estas demandas,
que trasladan un mensaje claro: <span style="mso-spacerun: yes;"> </span><b>no se
trata de negarse a pagar impuestos, sino de hacerlo mediante un sistema
tributario justo</b> inspirado en los principios de igualdad y progresividad,
por seguir el contenido del artículo 31.3 de la Constitución.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">¿Son suficientemente justos,
igualitarios y progresivos los tributos municipales?. Sin duda lo parecían en
su momento, pero es indudable que <b>esta percepción está cambiando en los
ciudadanos, que cada vez adquieren una mayor cultura tributaria</b>, lo que
conlleva una mayor exigencia y un mayor nivel de precisión en la gestión
tributaria.</p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Un ejemplo claro de esto lo
tenemos en cómo ha cambiado la percepción de justicia y equidad en el impuesto
municipal sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana,
que todos conocemos como plusvalía. Es este caso, el contribuyente se plantea
preguntas simples que no estaban siendo respondidas coherentemente. Por
ejemplo, <b>si el valor de mercado de mi vivienda no ha subido, o incluso ha
bajado, ¿por qué tengo que pagar por una plusvalía que no se ha producido?.</b><span style="mso-spacerun: yes;"> </span>Responder a esta pregunta señalando que el
cálculo se realiza sobre un valor administrativo (el valor catastral) y no
sobre el valor real de las transmisiones, como establecía la Ley de Haciendas
Locales, no hacía más que ratificar que el modelo no estaba funcionando y así
lo están percibiendo los ciudadanos.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Como resultado de esta evolución,
aplicable a otros tributos<b>, el modelo actual de tributos municipales, que
prima la simplicidad en la gestión sobre cualquier otro valor, se muestra
absolutamente insuficiente para tratar las singularidades de cada contribuyente</b>,
y se limita a aplicar principios generales y reglas únicas que, en muchas
ocasiones, pueden ser percibidos como contrarios a la justicia tributaria. <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En definitiva, usando una imagen
descriptiva, lo que está ocurriendo es que los ciudadanos nos piden que <b>evolucionemos
desde</b> <b>un modelo</b> de “brocha gorda” y, como tal, <b>simple</b> pero
incapaz de distinguir las singularidades de cada contribuyente facilitándole al
máximo el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, <b>hacia un modelo</b>
de “trazo fino”, que permita una más precisa determinación de la capacidad
económica individual y aporte herramientas para facilitar el cumplimiento, pero
que también será más complejo. <b>Para asumir esta evolución desde la
simplicidad a la complejidad será imprescindible contar con la tecnología
adecuada</b>.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>Causas que han motivado el
cambio en la percepción de los contribuyentes sobre la justicia del sistema
tributario local.<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Si aceptamos que se ha producido
un cambio en la percepción de los contribuyentes sobre el nivel de justicia del
sistema tributario local, es necesario investigar cuales con las <b>causas que
han motivado este cambio. <o:p></o:p></b></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Creo que no exagero si afirmo que
<b>la causa principal ha sido el incremento de la cultura tributaria de los
contribuyentes, </b>adquirida fundamentalmente a través de su condición de
declarante en el<b> Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas</b>.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">A priori cabría deducir que un
impuesto como el de la renta, que genera cuotas personales considerablemente
mayores que las devengadas en muchos tributos municipales, debería generar una
mayor sensación de injusticia o desigualdad. Sin embargo, esto no es así. Y no
lo es por <b>tres razones</b> muy concretas:<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">-En primer lugar, <b>en la
liquidación del impuesto sobre la renta se contempla multitud de circunstancias
personales que diferencian y singularizan a cada ciudadano</b>. Si diez personas
de las que leen este blog tuvieran exactamente los mismos ingresos pagarían
cada una de ellas en renta una cuota diferente. Y esto es así porque en el
impuesto sobre la renta se contemplan multitud de elementos, como deducciones,
bonificaciones, supuestos de declaración conjunta o individual, etc.., que
determinan tratamientos altamente individualizados.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">-En segundo lugar, porque la
construcción de esta declaración se realiza <b>integrando multitud de
información, procedente tanto del contribuyente como de fuentes distintas</b>. <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>De esta forma, la determinación de la
capacidad económica se define con mucha mayor precisión, porque el gestor
tributario conoce y aplica multitud de datos del contribuyente. Existe, en
definitiva, un <b>potente y eficaz sistema de transmisión y comunicación de
datos</b> procedentes de las más diversas fuentes.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">-Y en tercer lugar, en el
impuesto sobre la renta no sólo se contemplan multitud de circunstancias
personales y se integra multitud de información, sino que toda esta información
<b>se pone previamente a disposición del ciudadano</b> a través de la figura
del borrador de declaración. Es decir, no sólo hay mucha información<b>, sino
que también se facilita al máximo el cumplimiento de las obligaciones fiscales.</b><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">¿Se dan estas circunstancias en
la gestión de los tributos locales?. Pues no siempre o, al menos, no con la
misma intensidad. Pondré sólo un ejemplo del tributo municipal que más ingresos
genera: el IBI. En este caso, sabemos que todos los ciudadanos que son
propietarios de inmuebles iguales en su edificio pagan lo mismo, sin
posibilidad de distinción sobre su situación económica o familiar, salvo la
bonificación por familia numerosa.<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>Como
consecuencia, cuando se dan casos en los que la capacidad económica concreta no
permite el pago del tributo, hemos de inventar en los Ayuntamientos figuras
para paliar esta situación, como es el caso del mal llamado <b>“IBI social”,
que no es más que una subvención para pagar un tributo, lo cual es una acción
incoherente en sus propios términos.</b><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Pero volvamos al caso del
impuesto sobre la renta para destacar lo que me interesa: <b>de las tres
circunstancias positivas que he descrito</b>, -definición individual de
características, integración de multitud de información, y máxima ayuda para el
cumplimiento de las obligaciones tributarias-, <b>sólo la primera tiene un
componente mayoritariamente jurídico</b>, mientras que <b>el éxito de las otras
dos se debe, fundamentalmente, a </b>una causa no principalmente jurídica, como
lo es<b> la existencia y adecuada utilización de una tecnología diseñada para
gestionar estos retos</b>.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>¿Cuándo se produce el cambio
de percepción de los ciudadanos hacia los tributos locales?.<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Sin duda, el cambio de percepción
de los ciudadanos respecto a los tributos locales y, con ello, el inicio de la
corriente de oposición a los mismos, es una <b>consecuencia de la crisis del
2008</b>, que produjo un efecto hasta entonces inédito: la <b>bajada
significativa del valor de los inmuebles</b>, -destruyendo el paradigma de que
“la vivienda nunca baja”-, hasta situarse en algunos casos incluso por debajo
del valor catastral (que teóricamente nunca debería superar el 50% del valor de
mercado).<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Esta situación <b>rompe el modelo</b>,
porque ya no vale (al menos no siempre) la idea de <b>que el valor catastral
(base del IBI y la Plusvalía) era la referencia como “valor suelo”</b> ( o
valor mínimo) porque se situaba siempre por debajo y a bastante distancia<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>del valor de mercado. A partir de ahí, al
ciudadano le puede interesar más tributar por el valor de mercado que por el
catastral, porque es posible que aquel sea más bajo que este.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>La tecnología como pilar del
éxito de los sistemas tributarios justos. <o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Llegados a este punto creo que es
obligado reconocer que el éxito de un proyecto de transformación en profundidad
del sistema tributario municipal no sólo va a requerir, como antes he citado,
de reformas legales que permitan disipar inseguridades jurídicas, sino también
y en igual medida, de sistemas tecnológicos potentes que faciliten el logro de
un modelo más justo, igualitario y progresivo.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><b>Estos sistemas tecnológicos
avanzados deberían desarrollarse,</b> siguiendo la senda marcada por la Agencia
Tributaria estatal, <b>buscando principalmente dos grandes objetivos</b>:<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">-<b>En primer lugar</b>, generar
un modelo que permita, por un lado, <b>el acceso e intercambio de información
con fuentes de los más variados orígenes, </b>y por otro, el tratamiento de
esta información sobre un modelo de gestión que garantice la accesibilidad, calidad
y permanente actualización de los datos.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Es evidente que el acceso a la
información de la que ahora disponemos los Ayuntamientos es claramente
mejorable. Es cierto que ya accedemos, en algunos casos con importantes
rigideces, tanto a fuentes externas como Notarías, Registradores, la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, la Dirección General de Policía o el Catastro, como
a fuentes propias como el padrón. Pero es igualmente cierto que son múltiples
los conflictos que continuamente hemos de abordar, muchos de los cuales serían
superables con el <b>establecimiento de pasarelas tecnológicas eficaces que no
sólo permitirían una circulación fluida de datos</b>, sino que en gran medida
ayudarían a superar muchas de las desconfianzas que todavía subsisten entre
instituciones.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Por otro lado, deberíamos empezar
a considerar la integración de otras fuentes de información, masivamente usadas
por los ciudadanos, como es el caso de la obtenida de distintas plataformas de internet.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Pero también es imprescindible,
poniendo de manifiesto que las reformas de verdad <b>deberían empezar por
nosotros mismos, puesto que es imprescindible mejorar sustancialmente la
información que genera la propia acción de los servicios municipales.</b> El
mejor ejemplo de ello es la necesaria y urgente mejora que se ha de abordar
para que las áreas de hacienda de los municipios dispongan rápida y eficazmente
de la información que crean los servicios de urbanismo.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">-<b>Y en segundo lugar</b>, los
Ayuntamientos debemos desarrollar procedimientos específicos que <b>faciliten
en mucha mayor medida el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales</b>,
aportando al contribuyente toda la información necesaria y permitiendo
formalizar la declaración con acciones tecnológicas muy simples. <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Para entender esta idea, propongo
un ejemplo: si los Ayuntamientos contamos con toda la información de
adquisiciones y transmisiones de inmuebles que nos proporcionan notarios y
registradores, ¿<b>qué nos impide generar una especie de borrador del impuesto
de plusvalía que el contribuyente sólo tenga que ratificar, o modificar a su
criterio, al igual que ocurre en el impuesto sobre la renta</b>?. La misma
reflexión podría aplicarse a otros tributos y tasas municipales, no gestionadas
mediante matrícula, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>en los que todavía
trasladamos al contribuyente la obligación de generar íntegramente su
autoliquidación.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>Una cuestión específica que
requerirá soluciones normativas y tecnológicas: la valoración de inmuebles con
fines tributarios.<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Existe un tema muy específico del
sistema tributario municipal, que también afecta de lleno a los tributos
cedidos a las Comunidades Autónomas, que se refiere a la cuestión de las
valoraciones inmobiliarias con fines tributarios.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><b>Buena parte del sistema de
ingresos fiscales de los ayuntamientos se basa en tributos de base inmobiliaria</b>.
El IBI y la plusvalía son un buen ejemplo. Los tribunales, a través de un goteo
constante de sentencias, han ido poniendo <b>cada vez un mayor número de trabas
</b>a los procedimientos para la determinación de un valor de un inmueble con
fines fiscales, hasta el punto de que hoy son muchos los autores que consideran
que <b>es incompatible aplicar exigencias propias de una tasación
individualizada a procedimientos tributarios que requieren valorar de forma
masiva</b> multitud de inmuebles.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Las posiciones en este tema se
encuentran muy enfrentadas, siendo evidente que <b>los jueces están exigiendo a
las administraciones </b>en este tema<b> niveles de prestación de servicios que
superan sus capacidades reales</b>, salvo que se decidan a crear un ejército de
funcionarios tasadores, lo cual parece contrario a la eficiencia que es
exigible en toda gestión pública.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En este caso, la solución pasa
también por una <b>doble acción normativa y técnica</b>. La acción normativa se
ha de centrar en definir criterios jurídicos claros, con el rango legal
adecuado, para asegurar la acción de quienes han de ser parte del sistema, ya
sea en su condición de contribuyentes o de funcionarios públicos. En este orden
de cosas, se reabre el <b>debate sobre la</b> <b>necesidad de contar con una
Ley General de Valoraciones</b> como Ley marco que fije una unidad de criterio
en la determinación del valor de los bienes inmuebles equivalente en el ámbito
estatal, autonómico y local. Quienes proponen esta solución sugieren que sus
efectos sobre la seguridad jurídica y sobre la consolidación de las bases
fiscales de las haciendas locales resultarían indiscutibles, al tiempo que
fortalecería a los tributos de base inmobiliaria como eje vertebral de las haciendas
locales.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Reabrir el debate sobre la conveniencia
de una nueva Ley General de Valoraciones ha de llevarnos también a la <b>necesidad
de analizar el papel que ha de desarrollar el Catastro en esta cuestión</b>. En
mi opinión, mantener al Catastro en su posición actual, con una única
vinculación a un IBI que se está demostrando excesivamente rígido e incapaz de
adaptarse a los cambios que hemos descrito, es un error. La evolución necesaria
del Catastro ha de ir orientada a satisfacer la necesidad de disponer de
valores de los inmuebles eficaces para la gestión de todos los tributos (estatales,
regionales y locales). Si no se aprecia este reto, lo que incluye introducir
procesos que garanticen una permanente actualización de los valores
catastrales, adecuadamente relacionados con los de mercado, se está poniendo en
riesgo el uso de estos valores dentro del esquema de tributos locales, incluida
su consideración como base imponible del IBI. Ya lo estamos viendo en el
impuesto de plusvalía, donde los tribunales están determinando que los actuales
valores catastrales, al no ser reflejo del mercado, no son válidos para
determinar la existencia real de incremento patrimonial.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Pero también, junto a las
reformas normativas, cabe desarrollar <b>iniciativas técnicas</b> para mejorar
esta actividad, fundamentalmente a través de herramientas que permitan <b>disponer
de información veraz y confiable de muestras del mercado inmobiliario, poniendo
en relación las mismas con las declaraciones de valores declaradas en las
escrituras,</b> de tal manera que no se consoliden prácticas que favorezcan la
incorporación a las mismas de valores por debajo del precio real de la
operación. Esta potente información, a la vez jurídica y descriptiva del
mercado, deberá ser accesible a través de sistemas que garanticen simultáneamente
un tratamiento individualizado de cada caso y un automatismo eficaz en la
generación de los informes necesarios.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En este sentido cabe desatacar el
<b>informé técnico que está utilizando la Agencia Tributaria del Ayuntamiento
de Madrid </b>que, siguiendo las últimas sentencias, parte de los valores
declarados en las escrituras para calcular sobre ellos el valor del suelo por
aplicación del método residual, comparando al mismo tiempo estos valores de
escritura con los precios de mercado obtenidos del cierre de operaciones reales
realizadas en el mismo periodo de tiempo y en la misma zona. Este informe, que
combina datos de mercado y precios de escritura, se está manifestando como una
potente herramienta técnica para demostrar la existencia o no de plusvalía, a
efectos de este impuesto.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>¿Quién y cómo debe proporcionar
esta tecnología?<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Llegados a este punto y aceptando
que la transformación tecnológica es igual de necesaria que la normativa, ¿cómo
abordar las necesidades tecnológicas de más de 8.000 municipios españoles, la
mayoría de los cuales no superan los 5.000 habitantes?.<span style="mso-spacerun: yes;"> </span><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Es evidente que la única
respuesta está en la <b>acción coordinada de los tres niveles de la
Administración pública española</b>, trabajando conjuntamente en dotar a todos
los municipios de la tecnología que les permita aplicar, de una manera adecuada,
estos tributos más justos y equitativos, pero también más complejos de
gestionar.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Hacer Leyes que imponen
transformaciones tecnológicas profundas, sin desarrollar en paralelo
estrategias para acompañar a todas las administraciones en este proceso
dotándolas de músculo técnico y financiero, es un ejercicio con alto riesgo de
fracaso. Lo estamos viendo en la demora constante en la plena aplicación de las
Leyes 39 y 40/2015, que definen un exigente sistema para la plena implantación
de la administración electrónica.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Es evidente que los <b>Fondos
Europeos nos brindan una oportunidad excelente para abordar este proyecto
dentro de su marco. En efecto, el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia</b> presentado a la Comisión Europea por el Gobierno de España
incluye como componente número 28 la “Adaptación del sistema impositivo a la
realidad del siglo XXI”. Considero que no se puede en modo alguno dejar pasar
esta oportunidad para rediseñar técnicamente el sistema de las haciendas
locales de acuerdo con las realidades y necesidades actuales, un sistema que
afecta a completos niveles de poder territorial más cercanos a los ciudadanos:
los municipios, las provincias y, en los archipiélagos, las islas.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En el Ayuntamiento de Madrid <b>no
hemos esperado a estos fondos</b> y, mientras llegan, ya hemos puesto en marcha
un proyecto para lograr una transformación digital completa, proyecto que forma
parte de la estrategia municipal que hemos diseñado y estamos ejecutando para
lograr una administración tributaria más acorde con las exigencias y
necesidades de los ciudadanos.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u>La respuesta tecnológica del
Ayuntamiento de Madrid: el proyecto de “tributos inteligentes”.<o:p></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">El Plan Estratégico de la Agencia
Tributaria del Ayuntamiento de Madrid contiene, como idea principal, la visión
de una <b>entidad fuertemente tecnológica y conectada</b>, centrada en las
personas. Es decir, que desde el propio núcleo de la transformación que se está
implementando pone como idea base la fortaleza tecnológica y la conexión con
otras entidades, situando al ciudadano en el centro del modelo. Por tanto, es
indudable que creemos en la tecnología como factor de transformación del
sistema tributario local.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">No es este el espacio para desarrollar
en toda su integridad el contenido de este Plan Estratégico, en su parte
tecnológica, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>pero si para desarrollar la
idea de “tributos inteligentes” (Smart taxes).<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">El <b>concepto de “tributos
inteligentes” (Smart taxes) </b>se basa en aplicar todo el potencial que las
nuevas tecnologías nos ofrecen a la más correcta y eficaz gestión tributaria, para
identificar bien los datos y actividades de los contribuyentes, definir con más
precisión elementos tributarios esenciales (cómo por ejemplo, el valor de los
inmuebles), mejorar la gestión tributaria facilitando al contribuyente el
cumplimiento de sus obligaciones y, finalmente, para servir como herramientas
eficaces de lucha contra el fraude tributario.<b><o:p></o:p></b></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">De esta forma<b>, podemos definir
los “tributos inteligentes</b>” como el sistema de personas, datos,
infraestructuras y servicios tecnológicos orientados a incrementar la eficacia
en la gestión de los tributos locales, con el doble objetivo de captar los
recursos financieros necesarios para atender las necesidades económicas de la
ciudad y reducir las obligaciones formales de los ciudadanos.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Este proyecto <b>contiene
múltiples acciones</b>, algunas de las cuales ya se han iniciado y otras lo
harán en los próximos meses. Integra una apuesta decidida por las tecnologías
más innovadoras, que ya están demostrando éxitos significativos en la gestión
tributaria de algunos países de nuestro entorno, como es el caso de proyectos
basados en <b>sistemas de analítica avanzada y la Inteligencia Artificial.</b>
Con ello se busca, por un lado, la eficiencia de la gestión de la Agencia
Tributaria de Madrid y, por otro lado, se pone a disposición del ciudadano los
mecanismos digitales necesarios para facilitar el cumplimiento de sus
obligaciones como contribuyente, con lo que se logrará una <b>mejor y más
completa gestión de las matrículas y liquidaciones de los distintos tributos,
con el fin de que nadie que esté obligado al pago deje de hacerlo, tanto si se
debe a defectos en los procedimientos como a tratarse de una situación de
fraude.<o:p></o:p></b></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En esta misma línea de
refortalecimiento de las capacidades tecnológicas para una más eficaz gestión
de los tributos, en los próximos meses entrarán en producción distintos
proyectos del <b>Laboratorio Tributario</b> (Tax Lab), creado por este equipo
de gobierno, entre los que destacan iniciativas muy específicas para <b>reforzar
la lucha contra el fraude fiscal y la generación de cuadros de mando </b>que
permitan la adopción de medidas inmediatas para mejorar la eficiencia en la
recaudación.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Una de las medidas más llamativas
ya adoptadas, que seguirá desarrollándose en el Laboratorio Tributario, es la <b>robotización
de procedimientos administrativos</b>, de tal manera que lo que antes requería
un seguimiento personal de un empleado público ahora lo realiza una aplicación
informática. Esto incluye <b>desde respuestas a consultas tributarias, hasta
apoyo para la cumplimentación o presentación de liquidaciones y otros
documentos</b>. Ya hemos utilizado esta herramienta durante el confinamiento,
supliendo parcialmente con la misma el cierre obligado de las oficinas de
atención presencial. La experiencia, muy positiva, será desarrollada con mayor
alcance en los próximos meses.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Una última reflexión para cerrar
esta idea. Me parece muy relevante <b>recordar las dimensiones propias que
distinguen a Madrid de otras grandes ciudades españolas.</b> A título de
ejemplo, y refiriéndonos sólo a dos indicadores especialmente relevantes,
Madrid prácticamente duplica a Barcelona, segunda ciudad española, tanto en
número de habitantes (3,3 millones frente a 1,7 millones), como en número de
inmuebles urbanos (2,2 millones, frente a 1,1 millones).<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Además, el área metropolitana
cuyo corazón es la ciudad de Madrid es la <b>cuarta más poblada de Europa,</b>
(por detrás de París, Londres y el Ruhr alemán), lo que supone que Madrid ha de
asumir el coste de ofrecer servicios que son utilizados por numerosos
ciudadanos de los municipios limítrofes (en total, 3,5 millones), que no
tributan en la capital.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">A título de ejemplo de un
indicador tributario que permite valorar la singularidad de Madrid, en nuestro
presupuesto de ingresos hemos previsto una recaudación por impuesto de
plusvalía de 508 millones de euros, mientras que Barcelona a previsto 157
millones. <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Con todos estos datos, es
evidente que a Madrid le toca liderar este proceso de transformación digital al
que me he referido.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><u><o:p><span style="text-decoration: none;"> </span></o:p></u></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="mso-spacerun: yes;"> </span><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal"><b><o:p> </o:p></b></p>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-62605576987484781932020-11-28T19:47:00.000+01:002020-11-28T19:47:00.599+01:0030 años del catastrazo.<p> </p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Si en España tuviéramos buenos
institutos y escuelas de gestión pública, como las hay en otros países
europeos, el “caso del Catastrazo” sería materia de estudio obligada. Muy pocas
veces puede identificarse en la historia reciente una cuestión pública que haya
generado tanto debate en su momento, y que a la vez cuente con todos los
matices imaginables en cualquier proyecto transformador de gobierno: subida de
impuestos, problemas legales, reforma institucional, actualización de una
gigantesca base de datos territorial, transformación digital, etc. Y además, inadecuada
comunicación, fuerte respuesta social, oposición en medios de comunicación,
agrio debate político y, sobre todo ello, un “thriller” político dentro del
propio Gobierno, entonces presidido por Felipe González, en el que “guerristas”
y “solchaguistas”, actuando como auténticos montescos y capuletos, hicieron del proyecto
la mejor arma con la que atacar al contrario.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">El 28 de noviembre de 1990 puede
ser la mejor referencia para fechar el catastrazo, aunque como proyecto técnico
se iniciase dos años atrás. Ese día el Ministerio de Economía y Hacienda
anuncia la anulación de millones de notificaciones ya realizadas con los nuevos
valores catastrales, decisión que se materializaría en la Ley de Presupuestos Generales para 1991. Días antes, el 21 de noviembre, el diario El País, en un
editorial con el impactante título de “Catástrofe”, que juega con la similitud fonética
con la palabra Catastro, se posiciona claramente en contra del proyecto, y abre
la vía que siguen multitud de medios, con la misma posición.<o:p></o:p></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiGU6Qti5TNd-DEz10qXtJrVV9mT6kfEgPNPPbprE54qvIi10zNH1XBgFIlgnVyN2t7D8zEK13zX0I1qvKfjtRDp7khn1d_CZOBJ7Qwh7Q6G5hZU-5kmbAVXgHzIflFKNDaXbGQM12x0LUs/s402/logo+cgcct.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="197" data-original-width="402" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiGU6Qti5TNd-DEz10qXtJrVV9mT6kfEgPNPPbprE54qvIi10zNH1XBgFIlgnVyN2t7D8zEK13zX0I1qvKfjtRDp7khn1d_CZOBJ7Qwh7Q6G5hZU-5kmbAVXgHzIflFKNDaXbGQM12x0LUs/s320/logo+cgcct.jpg" width="320" /></a></div><br /><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Usando los mínimos caracteres, el
proyecto a desarrollar podía resumirse en tres ideas: un mercado inmobiliario
“opaco”, actualización de la información de todos los inmuebles y de sus valores
catastrales hasta situarlos al 70% del valor de mercado, y todo ello realizado
simultáneamente y en muy poco tiempo. Cualquiera
que tenga una mínima experiencia en gestión pública llegará pronto a entender
la enorme complejidad para llevar cabo estas tres ideas tan simplemente
enunciadas, y las múltiples repercusiones de todo tipo que un proyecto de estas
características iba a producir, como ciertamente ocurrió.</p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Como en toda buena gran
producción cinematográfica, el proyecto contaba con actores principales, y un
número mayor de secundarios. Empezando por una vez por estos últimos, el
proyecto movilizó a todo el personal de los más de sesenta organismos autónomos
que gestionaban entonces el Catastro, en una estructura de dispersión provincial
absolutamente ineficiente, y al frente de los cuales se puso a una generación de
jóvenes funcionarios, yo entre ellos, con un alto nivel de compromiso y unas
profundas ganas de cambiar la Administración. Fueron ellos con los equipos
técnicos que dirigían, junto con muchos funcionarios municipales y los
trabajadores de numerosas empresas, quienes
lograron alcanzar la parte exitosa del proyecto: transformar profundamente el
Catastro, sacándolo de las cuevas de un olvido administrativo de décadas.
Olvido que no debe considerarse como algo casual, sino como el resultado de una
cultura centenaria de mercados inmobiliarios opacos, que impusieron intencionadamente
un Catastro raquítico e incapaz de generar la transparencia que pudiera
amenazar al sistema.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Pero volvamos a los actores
principales. Al frente, Carlos Solchaga, Ministro de Economía y Hacienda, acompañado
de José Borrell, Secretario de Estado de Hacienda, y de su hombre de confianza
en la operación, Javier Russinés, Director General del Catastro. Reconozco
tanto en Borrell como en Russinés dos grandes aportaciones al proyecto. En
primer lugar, una buena visión estratégica que les permitió diagnosticar bien
el problema, impulsando numerosas medidas para ponerlo en marcha: amplia dotación
económica, renovación generacional y técnica de los recursos humanos, desarrollo
de un gran proyecto de trasformación digital, e importantes reformas
institucionales, refundando con ello el Catastro y consolidándolo como una
institución bien dotada.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Además, y como segunda cualidad,
debo reconocerles también una gran capacidad de liderazgo de personas y
equipos. Quienes hemos hecho de la función pública nuestra profesión y del
servicio a los ciudadanos nuestra vocación, valoramos en gran medida a los responsables
políticos que ejercen un liderazgo claro en las instituciones en las que
servimos. El liderazgo es visión, apoyo y estímulo, pero también compromiso
personal en el proyecto, valores estos que lamentablemente no son todo lo
frecuentes que sería deseable en algunos líderes políticos.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Pero reconociendo los valores
anteriores, tanto el entonces Secretario de Estado como el Director General del
Catastro no alcanzaron el mismo nivel en otra capacidad igualmente imprescindible, como se
demostró a lo largo de la crisis: la gestión táctica del proyecto. De esta
forma el catastrazo fue un claro ejemplo del jacobinismo que en ocasiones apareció en la “forma de hacer” de Borrell. Siendo positivos los diagnósticos y los
objetivos, la actitud para defenderlos e imponerlos, la intransigencia
doctrinal, y un puritanismo llevado hasta el extremo de no admitir soluciones
intermedias, aplazamientos o modificaciones en el diseño original fueron, a mi
juicio, las causas fundamentales del catastrazo.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Son varios los elementos que
demostraron esta “falta de cintura” en el despliegue del proyecto. Los
resultados técnicos alcanzados a finales de 1990 aportaban indicadores
positivos, tanto sobre el número de inmuebles ocultos detectados, como a los
objetivos relativos a los millones de inmuebles cuyos datos debían ser
revisados y valorados de nuevo, así como respecto a las campañas de
notificación de estos valores catastrales, que debían concluir en el mes de diciembre para que pudieran tener efectos fiscales en 1991.<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>Sin embargo, los resultados técnicos y operativos no
fueron acompañados de una buena gestión política del proyecto, y ello por
diversos motivos.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En primer lugar, porque no se
logró un mínimo acuerdo con los demás partidos políticos para llevar a cabo una
operación de estas características, lo que llevo al enfrentamiento y al
traslado del debate a la opinión pública, dando lugar a la fuerte oposición conocida.
Pero, además, esta insuficiente gestión política impidió lograr temas tan
críticos como una reforma urgente de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
para cubrir algunas graves lagunas legislativas, o un mínimo acuerdo con la
FEMP, entonces con una fuerte presencia de alcaldes socialistas, y presidida
por Tomás Rodríguez Bolaños, Alcalde de Zaragoza, quien se dirigió por carta a
Solchaga mostrando su oposición al proyecto y exigiendo su paralización.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">En segundo lugar, fue también muy
desafortunado el diseño de toda la estrategia de comunicación. La fuerte
campaña publicitaria desarrollada en todos los formatos y medios, incluidos
“los eróticos anuncios de televisión en los que una especie de cinta métrica y
sensual enlazaba los edificios”, como los describió Cándido en su columna de la
revista Tiempo, fue un ejemplo de cómo alarmar y no informar usando medios
publicitarios, ignorando que se trataba de una cuestión altamente sensible como lo son las
reformas tributarias. Además, se descuidó incomprensiblemente la información
que de forma individual se hacía llegar al domicilio de cada contribuyente a través de la
notificación legal preceptiva, en la que se le informaba de la subida del valor
catastral, pero no del impacto de esta subida en los distintos tributos. Como
consecuencia, el contribuyente era informado de que su valor catastral iba a
ser multiplicado, pero no se añadía ninguna información adicional, por lo que era
previsible que llegará a la conclusión de que sus impuestos se multiplicarían
en la misma proporción, cuestión que no era cierta.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Finalmente, fue muy negativo
meter el proyecto de actualización de los valores catastrales en el debate
entre “solchaguistas” y “guerristas”, al que antes me referí, al llevar la
cuestión a un plano de enfrentamiento dentro del Gobierno que nada tenía que
ver con los objetivos positivos de mayor transparencia fiscal y mejora de la
capacidad económica de los municipios, y que impidió dar soluciones técnicas a los
problemas surgidos. En este contexto, una desafortunada coincidencia contribuyó
a agravar la cuestión. La incomprensible imposición por Margaret Thatcher de la
“poll tax”, un tributo de diseño medieval por el que pagaba lo mismo un Lord y
su chofer, según describió gráficamente la prensa británica, ignorando los más
elementales principios de capacidad económica, propició fuertes revueltas en el
país y fue una de las causas de la caída de la primera ministra. Nada tenía que
ver, desde la más estricta técnica fiscal, esa tosca “poll tax” con la
asignación de un nuevo valor para cada inmueble, acorde con las diferencias de
valor de mercado de los mismos, pero estos son argumentos que no pesan cuando la
conflictividad social es evidente. La crisis política estaba servida, y nadie
quería seguir el camino de la Thatcher, lo que obligaba a parar el proyecto y
buscar culpables. La situación la describieron magistralmente Gallego & Rey
en una viñeta publicada el 28 de noviembre en Diario16: en la primera imagen
Margaret Thatcher apunta sobre su sien un revolver en cuyo cañón aparece la
palabra “poll tax”. En la segunda, un asustado Felipe González sujeta con miedo
entre los dedos otro revolver con la palabra “catastro”. Finalmente, en la
tercera viñeta un sonriente Felipe González dispara contra Solchaga el
revolver, quedando este chamuscado y con cara de un más que evidente enfado. En esta misma línea, la crisis de gobierno se muestra en una viñeta de Ramón
publicada el 30 de noviembre en el diario Ya, en la que Felipe González
pregunta a un sonriente Alfonso Guerra: “¿Te das cuenta Alfonso?, si nos
descuidamos, el gobierno aprueba la subida catastral”.<o:p></o:p></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjxh6pWi_CK2OAuS8EJXZv94iXk107QOqmSOOPiGvFvEwj_XI8HPmNXkY4NMc0ZoIBhePdp_F6lOEAoP7fGcOxzk4eVEkGMV7atMx4RSLzTnQjNRdEFfo1GjDzKrOY9TOyLP46j6fujmErN/s690/chiste+Thatcher.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="288" data-original-width="690" height="168" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjxh6pWi_CK2OAuS8EJXZv94iXk107QOqmSOOPiGvFvEwj_XI8HPmNXkY4NMc0ZoIBhePdp_F6lOEAoP7fGcOxzk4eVEkGMV7atMx4RSLzTnQjNRdEFfo1GjDzKrOY9TOyLP46j6fujmErN/w400-h168/chiste+Thatcher.jpg" width="400" /></a></div><br /><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Pero sería injusto cerrar este
precipitado análisis del “caso del Catastrazo” sólo destacando los componentes
negativos del proyecto, que llevaron a que no se lograse el objetivo político:
la actualización de los valores catastrales. Hubo también muchas y muy positivas
consecuencias del proyecto que me llevan a afirmar que, sin duda alguna, el
esfuerzo mereció la pena.</p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">La inversión realizada, la
reforma institucional, la renovación de los equipos humanos, y los demás esfuerzos
aplicados a renovar el Catastro dieron también sus frutos. Se digitalizó la
institución, respondiendo a una necesidades urgentes para dotarla de una
capacidad informática imprescindible, se desarrollaron nuevos procedimiento
para la mejora de la gestión, se actualizó la normativa vigente, se
incrementaron los estudios de mercado inmobiliario aportando valiosísima
información en un periodo de fuerte expansión que ya anunciaba futuras burbujas
inmobiliarias, y se actualizó la base de datos integrando numerosa información
de inmuebles y propietarios. El mismo diario El País, en el editorial de 21 de
noviembre citado, señalaba que “su aspecto positivo es que el nuevo catastro ha
descubierto seis millones de inmuebles desconocidos por la contabilidad
nacional y, por tanto, al margen de la legalidad fiscal”. Pero sobre todo, el catastrazo
fue un buen ejemplo de que es posible llevar adelante proyectos de
transformación profunda en las Administraciones Públicas, cambiándolas
radicalmente para adaptarlas a las necesidades de los ciudadanos. <o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Sin duda alguna, al actual
Catastro debe mucho al catastrazo. Fue con ese impulso como se creó una de las
instituciones públicas más utilizadas hoy por la sociedad, tanto por ciudadanos
como por empresas o administraciones públicas, construido sobre un modelo que
se encuentra a la cabeza de los sistemas catastrales europeos.<span style="mso-spacerun: yes;"> </span><o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">Para finalizar, una última consecuencia
simpática del catastrazo: fue la primera vez que se utilizó el sufijo “azo”
para describir “acciones o decisiones políticas o administrativas que poseen
carácter público, generalmente actuaciones sonadas o sorpresivas de cierta
trascendencia, unas veces autoritarias y otras reivindicativas», según lo describe
la Fundeu. Decretazo, medicamentazo, ivazo, tasazo o recetazo fueron expresiones
seguidoras de esta creación, señalando expresamente la Fundación que, “pese a
no hallarse todos en los diccionarios, se trata de sustantivos respetuosos con
las normas de derivación y se encuentran ampliamente extendidos”, por lo que palabras como catastrazo no han de escribirse con comillas. Esto he aprendido,
y así lo hago.<o:p></o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><o:p> </o:p></p>Unknownnoreply@blogger.com6tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-51013308065673247662020-07-31T14:55:00.000+02:002020-07-31T14:55:02.358+02:00¿Qué ha cambiado en las ciencias de la tierra en los pasados 30 años, y que cambiará los próximos 30?
<p style="text-align: justify;">La revista Mapping, líder en la
información técnica del sector geográfico en español, acaba de publicar su número
200 de una manera muy singular: invitando a un grupo de destacados autores a
reflexionar sobre cómo ha cambiado el sector de la información geográfica en
los últimos 30 años, y preguntádoles como será la evolución en los próximos 30.
Como resultado, el lector tiene a su disposición un magnifico resumen con las
mejores y más acreditadas opiniones, y un diagnóstico de mayor interés sobre el
futuro de las ciencias de la tierra. Por tanto, es obligatoria su lectura para
todos aquellos que nos interesamos por estos temas.</p>
<p style="text-align: justify;">Puedes acceder a todo el contenido
de la revista en el siguiente enlace: <a href="file:///C:/Users/Usuario/AppData/Local/Packages/Microsoft.MicrosoftEdge_8wekyb3d8bbwe/TempState/Downloads/document%20(1)%20(1).pdf">file:///C:/Users/Usuario/AppData/Local/Packages/Microsoft.MicrosoftEdge_8wekyb3d8bbwe/TempState/Downloads/document%20(1)%20(1).pdf</a></p>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi4AEhwlxtESPeZ9e0qqTbPnMxniGOXZnAGWmlL5ppouf3HYXkCT1ZDYU7ZGg8r_IQTwdd1Rl0u_Dy8QfIGNtEcf29THwMutauy5liLRSWYtuOFJ0w7Wb4VDW9fnrXYjaOIFLrDB0-zHoa2/s265/Portada_mapping+200_WEB.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="265" data-original-width="188" height="414" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi4AEhwlxtESPeZ9e0qqTbPnMxniGOXZnAGWmlL5ppouf3HYXkCT1ZDYU7ZGg8r_IQTwdd1Rl0u_Dy8QfIGNtEcf29THwMutauy5liLRSWYtuOFJ0w7Wb4VDW9fnrXYjaOIFLrDB0-zHoa2/w294-h414/Portada_mapping+200_WEB.jpg" width="294" /></a></div><p style="text-align: justify;"><br /></p><p style="text-align: justify;">Los editores de la revista
tuvieron la amabilidad de invitarme a participar, invitación a la que respondí
con un breve artículo titulado “Territorios del pasado. Territorios para el
futuro”, que puedes encontrar en este enlace: </p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://ojs.revistamapping.com/index.php?journal=MAPPING&page=article&op=view&path%5B%5D=284&path%5B%5D=128">http://ojs.revistamapping.com/index.php?journal=MAPPING&page=article&op=view&path%5B%5D=284&path%5B%5D=128</a></p>
<p style="text-align: justify;">y del que incluyo en esta entrada
un resumen.</p>
<p style="text-align: justify;"><u>QUE HA CAMBIADO EN LAS
CIENCIAS DE LA TIERRA EN ESTOS 30 AÑOS:</u></p>
<p style="text-align: justify;">Haciendo un esfuerzo de síntesis,
entiendo que hay tres grandes cuestiones que han cambiado radicalmente todas
las actividades relacionadas con el sector de la información geográfica:</p>
<p style="text-align: justify;">-<u>El cambio de concepto</u>: Es,
sin duda, el cambio más relevante. Cambia profundamente el concepto, porque
cambia la visión, al resultar imprescindible contar cada día con mucha más
cartografía, de más calidad, mucho más accesible, y con la garantía de
encontrarse permanentemente actualizada. Cada línea y cada punto recogidos en
un mapa se han convertido en un «dato», término que en nuestro mundo actual
también ha evolucionado en profundidad, hasta convertirse en la piedra angular
de la sociedad en la que vivimos y viviremos. Y este cambio es, sin lugar a
dudas, la gran palanca que está lanzando a la Geomática hasta niveles nunca
antes conocidos por la cartografía tradicional, porque, ahora más que nunca,
vincular cualquier información a un punto concreto del territorio es una de los
pilares que soportan los mejores sistemas de información existentes. Como repito
en mis artículos e intervenciones desde hace años, todo dato que no pueda ser
geolocalizado es solo «medio dato».</p>
<p style="text-align: justify;">-<u>El cambio en el destinatario
de la información usada para representar el territorio: </u>Hasta el desarrollo
de las tecnologías de la información los mapas sólo tenían un destinatario: el
ser humano. </p>
<p style="text-align: justify;">Esto ha cambiado radicalmente, y
el ser humano ya no es el único destinatario de la información que representa
el territorio, y mucho menos el más frecuente. Cuando las máquinas empezaron a
“hablarse” necesitaron desarrollar lenguajes que generasen representaciones del
territorio que ellas pudieran entender. Es entonces, con el uso masivo de los
formatos que permiten estos diálogos entre máquinas, cuando todo ha cambiado
realmente. </p>
<p style="text-align: justify;">Por tanto, y como segundo gran
cambio que debemos asumir, la cartografía, - o dicho con más precisión, la
información usada para representar el territorio, que ya no ha de ser
estrictamente una “cartografía”, tal y como entendemos este concepto tradicionalmente-,
ya es más un producto para las máquinas que para el uso directo de los humanos,
que quedamos convertidos en consumidores finales de los productos y servicios
desarrollados por estas máquinas.</p>
<p style="text-align: justify;"><u>El impacto de las técnicas de
geolocalización sobre los derechos humanos: </u>Hasta el desarrollo de la geomática,
y específicamente de las herramientas que permiten la geolocalización de forma
automática y masiva, la relación entre las ciencias de la tierra y los derechos
humanos se limitaba exclusivamente al ámbito de los derechos asociados a la
propiedad inmobiliaria.</p>
<p style="text-align: justify;">En la actualidad la implantación
de estas tecnologías de manera generalizada en todo tipo de dispositivos de uso
generalizado ha traído una nueva relación mucho más amplia con otros derechos,
como lo son el de la privacidad, la intimidad y la defensa de nuestros datos
protegidos. Para entender bien esto no hay más que ver lo que está pasando con
el desarrollo masivo de herramientas que facilitan la geolocalización de
personas en relación con la COVID 19.</p>
<p style="text-align: justify;">Pero esto ya ocurría antes de la
pandemia. Los que llevamos años en esto sabemos desde hace tiempo que la mejor
y más rápida manera de definir el perfil de una determinada persona es a través
de la geolocalización de todos sus movimientos y actividades.</p>
<p style="text-align: justify;">Pero además, los datos de
geolocalización son parte de los elementos básicos en la construcción de los
algoritmos que gobiernan los sistemas de inteligencia artificial. Y sobre
ellos, máquinas y personas adoptan decisiones que afectan directamente a nuestros
derechos.</p>
<p style="text-align: justify;"><b>QUE CAMBIARÁ EN LAS CIENCIAS
DE LA TIERRA LOS PROXIMOS 30 AÑOS:</b></p>
<p style="text-align: justify;">Como señalo en el artículo de la
revista, hacer pronósticos sobre futuras tecnologías no es difícil. Lo realmente
complicado es definir cuando estarán disponibles estas tecnologías y se
percibirá su impacto sobre la vida ordinaria de las personas. Hecha esta
salvedad, identifico 5 grandes cambios en las ciencias de la tierra que producirán,
- en gran medida ya lo están haciendo- cambios importantes en el sector en los
próximos años.</p>
<p style="text-align: justify;"><u>1.- Generalización de la
representación del territorio en 3D: </u>No parece discutible. Vivimos en un mundo
tridimensional y, por tanto, la representación óptima del territorio se
construirá sobre las tres dimensiones. La Z será la nueva reina.</p>
<p style="text-align: justify;"><u>2.- Mayor usabilidad de la
tecnología para la representación de interiores: </u>La “cartografía de
interiores” será una demanda creciente, en la misma medida que es creciente la
necesidad de geoposicionar personas y bienes dentro de los centros comerciales,
hospitales, grandes infraestructuras, etc. En este escenario las metodologías
BIM serán las grandes aliadas del cambio.</p>
<p style="text-align: justify;"><u>3.- Certificación de datos
geográficos: </u>El incremento de los efectos de carácter jurídico que se
derivarán del uso de tecnologías que utilizan inteligencia artificial exigirá
que se acredite, en la forma que tendrá que determinarse, la calidad y
seguridad de la información utilizada en los algoritmos. De esta forma, quien
cree o actualice un dato geográfico vendrá obligado no sólo a metadatarlo y a
acreditar la calidad del mismo, sino a asumir responsabilidades derivadas de
una información errónea. Veremos nacer y crecer empresas certificadoras de la
calidad del dato geográfico.</p>
<p style="text-align: justify;">4.- <u>Uso generalizado de sistemas
de información geográfica: </u>Se extenderá a la práctica totalidad de los
sectores el uso de GIS dentro de todo tipo de sistemas corporativos.
especializados. Se expandirá la construcción de GeoHubs, donde toda la
información esté geolocalizada, “pintada” sobre un mapa, y permanentemente
actualizada.<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>Desparecerán los “medios
datos”, porque toda la información se encontrará georreferenciada.</p>
<p style="text-align: justify;">5.-<u>La “territorialización” de
la información alojada en la “nube”: </u>Es el concepto más difícil de
explicar, pero el que, probablemente, tendrá más impacto sobre nuestras vidas. Esta
idea no sólo se aprecia con la actual pandemia que estamos viviendo, sino que
ya surgía anteriormente como respuesta a la extensión de las criptomonedas y el
desarrollo de plataformas para la venta por internet a nivel mundial. Parece
claro que se está iniciando una nueva etapa, que algunos ya denominan como de
“antiglobalización”, en la que se generarán muchos más sistemas de control de
todo tipo de flujos, tanto de personas, como de mercancías o capitales. “La
nube”, como concepto no territorial, verá la implantación de medidas de control
que tendrán, entre otras funciones, asignar a cada dato una referencia temporal
(“cuándo” se produce el hecho que describe), y otra territorial (“dónde” se
produce). En este escenario, la tendencia será que todo dato se encuentre
“terriorializado”, es decir, asociado a un territorio concreto, lo que exigirá
contar con la mejores herramientas para geoposicionar estos datos. Están en
juego conceptos como la soberanía tributaria o penal de los países, y con ello
la supervivencia del propio modelo actual de Estado.</p>
<p> </p>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-28885442567041323212020-06-23T19:49:00.000+02:002020-06-23T19:58:32.736+02:00 “Smart taxes”: ¿Cómo apoyará la tecnología la transformación de las áreas de ingreso de los municipios?.<br />
<div style="text-align: justify;">
La evolución de la cultura
tributaria está exigiendo que en los distintos tributos locales se defina con mayor
precisión la capacidad económica real de cada contribuyente. O dicho de otra
manera, tributos basados en tablas o en presunciones legales de capacidad
económica o de rendimientos, resultan hoy poco eficientes, generan modelos de
evolución limitada y, lo que es peor, se enfrentan a un riesgo probable de
inconstitucionalidad. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Podríamos decir que existe una corriente social y jurisprudencial
imparable que está exigiendo evolucionar hacia unos impuestos municipales que
valoren mejor la capacidad económica individual. Un ejemplo del objetivo a
perseguir en los tributos municipales sería el actual Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en
el que la información precisa disponible de cada contribuyente permite que dos
personas con los mismos ingresos tengan que pagar distintas cuotas, al tener
una diferente capacidad económica.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En este escenario resulta
imprescindible una transformación en profundidad de las estructuras tributarias
de los municipios, que se ha de producir, fundamentalmente,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>con la clarificación de la situación
normativa actual, pero también con la aplicación de un modelo tecnológico más
avanzado, definido como “Smart taxes”.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
La visión “Smat taxes” implica
aplicar los mismos criterios que rigen los modelos de “Smart cities” (básicamente,
la aplicación de tecnologías innovadoras en la detección, tratamiento y
análisis de multitud de datos) también en la gestión de los ingresos
municipales, y no sólo sobre los gastos, como ha ocurrido hasta ahora. La ventaja adicional respecto a
las iniciativas “smart cities” tradicionales es que, al estar asociadas las
iniciativas “smart taxes” al ingreso y no al gasto, la sostenibilidad financiera
de los proyectos está garantizada, lo que no ocurre en algunos proyectos “smart
city”, muy vinculados a modelos inestables basados en subvenciones.<br />
<br />
<br />
<div style="text-align: justify;">
Además, la inversión en proyectos
“smart taxes” permite la definición de un “ROI tributario”, es decir, la fijación
de un objetivo de recuperación de la inversión basado en el incremento
potencial de la recaudación de determinados tributos debido a la aplicación de
la iniciativa. </div>
<br />
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><br />
<br />
"Smart taxes" implica tres ámbitos- tres "pilares"- de actuación:</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEixCQuDaIqarA2K6mEew9IVrhWUVboLOMp0FrC7hawc4WcaGGLfYe1m8aGvRU16CXvvXfy89YW-UfN4pEdOzUWjaE1tQqojh3wqmH3KxuTIKI6CxvHYHvip0g-OQKgxWqWQuIX_UkA-JcEW/s1600/3+pilares+de+smart+taxes.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="882" data-original-width="1600" height="220" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEixCQuDaIqarA2K6mEew9IVrhWUVboLOMp0FrC7hawc4WcaGGLfYe1m8aGvRU16CXvvXfy89YW-UfN4pEdOzUWjaE1tQqojh3wqmH3KxuTIKI6CxvHYHvip0g-OQKgxWqWQuIX_UkA-JcEW/s400/3+pilares+de+smart+taxes.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">1º.- Una mayor capacidad de captura, tratamiento y analítica avanzada
de datos,</b> lo que permitirá la construcción de un sistema de gestión basado
en un modelo real de gobernanza de los datos tributarios. Esta mayor capacidad
permitirá definir adecuadamente las capacidades económicas reales de los
contribuyentes mediante la captura inteligente de numerosa información, propia
y externa, que sirva para definir correctamente el perfil tributario del sujeto
pasivo en relación con cada uno de los tributos. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Esta iniciativa supondrá para el
contribuyente una clara mejoría en ámbitos concretos. Como ejemplos:</div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-“Smart taxes”
permitirá una gestión proactiva, lo que permitirá a los gestores de los
tributos municipales anticiparse y facilitar al contribuyente el cumplimiento
de las obligaciones tributarias. De nuevo podemos acudir al ejemplo del IRPF
con el “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">borrador de declaración</i>”, que
no es más que la puesta a disposición del contribuyente de todos los datos
tributarios para facilitarle el cumplimiento de sus obligaciones. “Smart taxes”
permitirá, por ejemplo,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>anticipar al
ciudadanos toda la información necesaria en los supuestos de autoliquidaciones
de los distintos tributos municipales.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-La iniciativa
permitirá actualizaciones “automáticas” de padrones cuando se producen hechos
sujetos a tributación. Un ejemplo sería el IBI, donde la integración plena con
la información procedente de las licencias urbanísticas debe permitir descargar
al contribuyente de presentar determinadas declaraciones. Se conseguirá reducir
cargas administrativas a los contribuyentes lo que redunda en la mejora de la
productividad y en la competitividad de las empresas.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Finalmente,
la mayor precisión en las capacidades económicas de los contribuyentes mediante
un modelo “Smart taxes” permitirá una mejor definición de aquellas causas de
naturaleza subjetiva que pueden permitir el acceso a un determinado beneficio
fiscal. De esta manera, conociendo previamente los requisitos que para<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>cada caso se establezcan, se puede generar un
modelo de tramitación de este tipo de ayudas tributarias sin necesidad de que
el contribuyente tenga que acreditar o aportar ninguna documentación o
información adicional.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">2º.- Una mejor identificación de sujetos pasivos, hechos imponibles y
actividades a partir de las herramientas de territorialización de la
información que aporta un “GIS Tributario”.</b> Territorializar los datos
tributarios, y aquellos otros que pueden tener efectos fiscales, y asociar cada
uno de ellos a una coordenada geográfica, permitirá desarrollar análisis y
estudios basados en “inteligencia de geolocalización”. Las distintas soluciones
que estamos viendo como consecuencia de la COVID-19 demuestran de una manera
definitiva todas las posibilidades de estas herramientas.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Entre otras cuestiones permitirá
responder a la gran pregunta sobre “¿<i style="mso-bidi-font-style: normal;">A
que se dedican mis impuestos</i>?”, asociando información sobre gasto e ingreso
municipal, llegando al máximo nivel de granularidad, y superando el tradicional
nivel de análisis por Distritos o Barrios.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Finalmente, la incorporación de
modelos de representación 3D completarán la posibilidad de disponer de “gemelos
digitales” de la ciudad, con gran utilidad también para la actividad tributaria
en sus tres fases de gestión, recaudación e inspección.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">3º.- Una mayor capacidad de gestión y de control mediante la aplicación
de tecnologías innovadoras. </b>La progresiva incorporación de tecnologías
hasta ahora ajenas a la gestión tributaria permitirá mejorar sustancialmente
los resultados obtenidos. Se puede intuir este resultado con los siguientes
ejemplos:</div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Imágenes
aéreas de alta y muy alta resolución son y serán definitivas para localizar
obras y reformas ilegales, u ocupaciones del dominio público no autorizadas.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-El uso de
tecnologías BIM en la solicitud de licencias urbanísticas facilitará
ampliamente la gestión de las mismas, y permitirá, por ejemplo, una precisa
definición del coste de ejecución material de las obras, a efectos del Impuesto
de Construcciones, Instalaciones y Obras.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Disponer de
tecnología de laser scanner embarcada en vehículos que circulan por la ciudad
puede ser una herramienta definitiva para localizar andamios, obras, u<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>ocupaciones de vía pública no autorizadas, o
que superan el alcance de lo autorizado.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Finalmente,
la reciente modificación de la Ley General Tributaria para permitir el uso en
los procedimientos de aplicación de los tributos de sistemas digitales mediante
la videoconferencia u otro sistema similar que garantice la autoría,
autenticidad e integridad de la información, debería ser un auténtico revulsivo
para la gestión tributaria municipal.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-10752972192330445802020-03-29T21:01:00.001+02:002020-03-29T21:01:13.704+02:00La respuesta al COVID-19 desde las administraciones públicas: Transformando una organización pública de 900 funcionarios en una semana.
<br />
<div style="text-align: justify;">
En los últimos días han aparecido
publicados en distintos canales diversas opiniones poniendo de manifiesto lo
adecuado que hubiera sido en los momentos actuales que las Administraciones
Públicas dispusieran ya de un modelo completo de gestión plenamente digital, de
acuerdo con las exigencias de la legislación en materia de régimen jurídico y
procedimiento común, en lugar de haber prorrogado los plazos como se hizo.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En la misma línea, otros autores
reflexionan sobre los distintos comportamientos y actitudes de los empleados
públicos ante la crisis. Y no me estoy refiriendo aquí a aquellos que están
implicados en la primera línea de lucha, - sanitarios, miembros de las fuerzas
de seguridad, ejército, etc.-, cuya dedicación y entrega es unánimemente
reconocida, sino al resto de los empleados públicos (funcionarios y laborales),
que integran este colectivo de más de dos millones y medio de trabajadores que
existen en España.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En algunos de estos artículos se
detecta un cierto tono de pesimismo, e incluso de reproche, ante la falta de adaptación de las
Administraciones a los modelos de gestión digital, y en otros de franca crítica
hacia la actitud de determinados empleados públicos, que no están reaccionando
ante la situación creada, por distintas causas.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Junto a estas aportaciones, que
reflexionan en un plano teórico sobre “lo que debería haber sido”, creo que
resulta necesario aportar también información sobre respuesta reales que se
están dando desde distintas Administraciones Públicas para garantizar los
distintos servicios que se prestan al ciudadano. Se trata de mostrar también
“lo que son” estas Administraciones, en este mismo instante de máxima
inestabilidad.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">La Agencia Tributaria
del Ayuntamiento de Madrid, el día antes al estallido de la crisis.</b><br />
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;"><br /></b>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Como la gran mayoría de las
Administraciones Públicas, los más de 900 empleados de la Agencia Tributaria del
Ayuntamiento de Madrid (en adelante ATM), no estaba preparados para
teletrabajar. Casi todos ellos desarrollaban su trabajo con sus equipos de
sobremesa, conectados a los distintos sistemas corporativos de gestión
tributaria, y apenas existía una docena de ordenadores portátiles en uso. Los
funcionarios conocían bien los procesos en los que trabajaban, y peleaban
todavía con un número importante de trámites en los que el papel sigue siendo
protagonista. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Por lo demás, estábamos muy
orgullosos de que los ciudadanos que acudían a nuestras cinco Oficinas de
Atención Integral al Contribuyente, no tuvieran que esperar más de cuatro
minutos para ser atendidos, mientras que tan sólo una parte reducida de
nuestros servicios podían ser desarrollados en su integridad a través de
procedimientos electrónicos.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
…y, de repente, todo cambió. Se
ordena el desalojo, el cierre de las oficinas de atención presencial, y que
nadie retorne al puesto de trabajo al día siguiente. Eso fue, -aunque ya parece
algo lejano-, tan sólo hace 16 días. El jueves 12 de marzo.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">El Protocolo básico
para la organización del teletrabajo en la ATM.</b><br />
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;"><br /></b>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
El
mismo día del desalojo, y el fin de semana que le siguió, fueron días de pensar
y actuar rápido. El mismo lunes 16, la Directora de la Agencia firma el
documento titulado “Protocolo básico para la organización del teletrabajo en la
ATM”, en cuyas siete páginas se establecen los criterios principales sobre los
que la organización debe adaptarse a la nueva situación. Estos criterios se
resumen en tres conceptos: Equipar, evaluar, activar.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
EQUIPAR significa que todos los
funcionarios que han de teletrabajar cuenten con los equipos y medios
adecuados, así como la definición de los protocolos básicos de relaciones que
han de establecerse para ordenar esta nueva forma de trabajo.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
EVALUAR significa analizar los
procesos que desarrolla la ATM para identificar cuáles de ellos se pueden ejecutar
en modelos no presenciales, describiendo detalladamente el objetivo y los
medios necesarios para ello.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
ACTIVAR significa poner en
marcha los procesos anteriores sobre herramientas de teletrabajo, definiendo
calendarios e indicadores para el seguimiento de sus resultados. </div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
Además,
el “Protocolo” define una serie de principios rectores sobre los que se
construyen las distintas acciones a desarrollar:</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Se inicia de forma inmediata
la evaluación de los procesos que pueden desarrollarse en teletrabajo, para
poner en marcha los más urgentes a la mayor brevedad posible, y con una
previsión de un periodo inicial de actividad de dos meses.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Se establece como prioritario
la implantación de cualquier servicio que puede ser utilizado o recibido por el
ciudadano de forma no presencial, empezando por la reconversión de los
procedimientos ya existentes a esta modalidad de actuación.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-autospace: none;">
-Siendo imprescindible que todos los empleados de la
ATM desarrollen durante este periodo alguna actividad de servicio a los
contribuyentes, se desarrollan las acciones necesarias para que todos ellos
dispongan de los medios adecuados para ello.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; margin-left: 35.4pt; margin-right: 0cm; margin-top: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Y finalmente, se establece un
criterio amplio para la asignación de las tareas, de tal manera que todo el
personal de la ATM deberá atender cualquiera de las funciones que le sean
asignadas, siempre que las mismas se encuentren dentro del ámbito de competencias
de la Agencia, y sean acordes con las categorías y capacidades profesionales.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
Finalmente,
el “Protocolo” fija algunos criterios para el uso de los distintos canales de
comunicación entre el personal, fundamentalmente con la intención de ordenar el
uso descontrolado e inadecuado de los correos electrónicos.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">Equipar.</b></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
El
mismo jueves 12 se envía a las casas de los funcionarios un primer grupo de 55
equipos. La decisión adoptada de llevar a cada funcionario su equipo de
sobremesa no estuvo exenta de críticas. Sin embargo, tal decisión se ha
mostrado correcta porque se logra con un rápido proceso de reparto que cada
funcionario cuente con su quipo habitual de trabajo. </div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
En
paralelo, los días anteriores y con una anticipación digna de elogio, se
completó por el servicio de Informática del Ayuntamiento de Madrid (IAM), que
da soporte tecnológico a la ATM,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>la
instalación en remoto en todos los equipos de una conexión segura VPN,
permitiendo que esos ordenadores puedan acceder con plenas garantías y
capacidades a las mismas aplicaciones con las que trabajaban los funcionarios
antes de la crisis, y se dotan las primeras licencias para facilitar el trabajo
en equipo, y especialmente para el uso de videoconferencia.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
Como
resultado, el miércoles 18 más de 400 empleados tenían el ordenador en su casa,
y con pleno acceso a sus herramientas de trabajo habituales, y en unos pocos días
serán varios cientos más. </div>
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<div style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: black; font-family: Times New Roman; font-size: 16px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; line-height: normal; margin-bottom: 0pt; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
La
compra, entrega e instalación de ordenadores portátiles, además de
extraordinariamente costosa, nunca nos hubiera permitido alcanzar este
resultado en tan poco tiempo.</div>
<div style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: black; font-family: Times New Roman; font-size: 16px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin-bottom: 0px; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</div>
<div style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: black; font-family: Times New Roman; font-size: 16px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; line-height: normal; margin-bottom: 0pt; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">Evaluar y activar.</b></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
En
paralelo, todas las unidades de la ATM comienzan a evaluar los procesos que
pueden desarrollar en modo teletrabajo, y a activar aquellos que pueden
implementarse de forma inmediata. Es de destacar cómo las distintas
Subdirecciones Generales se suman a este impulso, lo que da lugar a que en
pocos días se hayan desarrollado en teletrabajo tareas importantes y se activen
distintos procesos de relevancia como, por ejemplo:</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Por
los servicios jurídicos se estudian y prepararan para decisión política las primeras
medidas fiscales<span style="mso-tab-count: 1;"> </span>de respuesta a la crisis,
incluyendo el análisis de impacto económico sobre los ingresos, y se redactan
la modificación de los textos de Ordenanzas que permitirán la aplicación de
distintos beneficios fiscales.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Se
publica de una manera más accesible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Madrid los procedimientos ya existentes que pueden desarrollarse en modo no
presencial <a href="https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Actividad-economica-y-hacienda/Alternativas-a-la-atencion-presencial-en-materia-tributaria/?vgnextfmt=default&vgnextoid=91565a88b7ec0710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=138d31d3b28fe410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&rm=eaef70695d7e0710VgnVCM1000001d4a900aRCRD">https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Actividad-economica-y-hacienda/Alternativas-a-la-atencion-presencial-en-materia-tributaria/?vgnextfmt=default&vgnextoid=91565a88b7ec0710VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=138d31d3b28fe410VgnVCM1000000b205a0aRCRD&rm=eaef70695d7e0710VgnVCM1000001d4a900aRCRD</a></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>así como un documento con las respuestas a las
preguntas más frecuentes que se están generando en este periodo de gran
incertidumbre.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Se
recuperan todos los servicios de la Plataforma de Atención no presencial,
incluyendo el registro electrónico.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Se
inicia la evaluación de más de cincuenta procesos, de distinta complejidad, en
las áreas de Gestión Tributaria, Recaudación, Inspección y Secretaría General, que van a poder ser
activados en modo teletrabajo en los próximos días, tras las necesarias
adaptaciones.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
-Y
se definen “procedimientos mixtos” que de manera urgente permitan reconvertir a
todo el personal de las oficinas de atención ciudadana en personal capacitado
para dar servicios no presenciales, completando con su apoyo y con el uso del
correo electrónico y del teléfono los procesos que no pueden ser tramitados
íntegramente en formato electrónico. Estos procedimientos mixtos serán de
aplicación, por citar un ejemplo, a algunas autoliquidaciones y declaraciones
tributarias que sea necesario realizar.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">…y esto no ha hecho más que empezar.</b> </div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
El
objetivo de estas líneas no es otro que contribuir, mediante una “crónica en
caliente”, a difundir las acciones que desde distintas Administraciones
públicas se están dando a los graves problemas que ha ocasionado la pandemia
del COVID-19. Se trata de informar a los ciudadanos que los funcionarios
públicos que tenemos la fortuna de no estar en la primera línea de riesgo,
también estamos haciendo esfuerzos importantes para restaurar de la forma más
rápida y eficaz posible los servicios que tienen derecho a recibir.<span style="mso-spacerun: yes;"> </span></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
Es
evidente que hay que hacer mucho más. Es necesario explotar al máximo la
creatividad y capacidad de innovación de muchos empleados públicos, para dar
respuestas inmediatas, sin mermar con ello las garantías jurídicas de los procedimientos.
Y recordar, en estos tiempos en los que parece que todo lo resuelve la
tecnología, que detrás de un buen servicio público debe haber siempre una
auténtica vocación de servicio a la sociedad. No debería olvidarse esto, ahora
que se encuentra en exposición pública el Anteproyecto de Ley de Función
Pública de la AGE.</div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
Y
además, habrá que pensar en positivo, y entender que esta profunda crisis va a
ser la gran oportunidad para cambiar, y para que las Administraciones públicas
salgan de ella mucho más ricas, potentes y eficaces en el cumplimiento de sus
deberes con los ciudadanos.</div>
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgMY9GSNoUNt_xvR7v6uihzyTjZCcK_PSmxdACCwyaFXL5kn3THQfREJASzU6BSZQqb0BFPES4i1lbgQRddKXWvhKWqbqdUi863YueMaF4zgQKI_Zb1LjBlSRsLZ4H6pYU57804fnFu_XCT/s1600/ATM+covid+19.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="851" data-original-width="1600" height="337" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgMY9GSNoUNt_xvR7v6uihzyTjZCcK_PSmxdACCwyaFXL5kn3THQfREJASzU6BSZQqb0BFPES4i1lbgQRddKXWvhKWqbqdUi863YueMaF4zgQKI_Zb1LjBlSRsLZ4H6pYU57804fnFu_XCT/s640/ATM+covid+19.jpg" width="640" /></a></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div style="line-height: normal; margin-bottom: .0001pt; margin-bottom: 0cm; mso-layout-grid-align: none; text-align: justify; text-autospace: none;">
<br /></div>
<br />
<br />
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-39239284766858722452020-03-05T19:52:00.000+01:002020-03-05T19:52:52.296+01:00La necesaria transformación de las administraciones tributarias municipales a través de los datos, el liderazgo y la reforma de la visión.
<br />
<div style="text-align: justify;">
En entradas anteriores en
distintos blogs me he venido refiriendo a la concurrencia de una serie de
circunstancias que están determinado, de una manera incuestionable, la
necesidad de que las estructuras tributarias locales asuman con urgencia un
profundo proceso de transformación.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="https://catastreros.blogspot.com/2019/11/las-sentencias-del-tribunal.html">https://catastreros.blogspot.com/2019/11/las-sentencias-del-tribunal.html</a></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="https://elderecho.com/smart-taxes-capacidad-economica-la-tecnologia-puede-ayudar-la-reforma-del-sistema-tributario-municipal">https://elderecho.com/smart-taxes-capacidad-economica-la-tecnologia-puede-ayudar-la-reforma-del-sistema-tributario-municipal</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Estas circunstancias pueden
agruparse en tres conjuntos de temas que, al sumarse, han hecho temblar todo el
esquema de tributación local:</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-La primera de estas
circunstancias fue la <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">desaparición de un
paradigma histórico, según el cual el precio de la vivienda nunca bajaba.</b><span style="mso-spacerun: yes;"> </span>La pasada crisis rompió esta “máxima
indiscutible” lo que afectó de pleno a todos los tributos municipales de base
inmobiliaria. Así, hemos visto en los últimos tiempos situaciones tan
contrarias a las dinámicas tradicionales como revisiones catastrales “a la
baja”, o numerosas operaciones inmobiliarias que quedan no sujetas a distintos
tributos al ser el precio de la transmisión inferior al de adquisición.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-La segunda de estas
circunstancias es la <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">generalización de
altas cuotas en los tributos municipales</b>, tanto en los de cobro periódico
(IBI), como en los que no reúnen esta condición (plusvalía, ICIO, etc.). Estas
cuotas elevadas provocan reacciones contrarias en los sujetos pasivos, que buscan
la manera de impugnarlas cuando sienten sus derechos atacados, incluso agitando
con éxito la siempre cuestionable bandera de la confiscatoriedad. Este interés
creciente es aprovechado por los profesionales de distintos sectores (abogados,
gestores, etc.), que contribuyen con sus servicios al incremento de estas
reclamaciones.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-Y finalmente, pero en ningún
caso menos importantes, han sido las <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">manifestaciones
del <span style="mso-bidi-font-weight: bold;">Tribunal Constitucional y el
Tribunal Supremo</span></b>, <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">en las que
se revisan en profundidad, y con criterios disruptivos, distintos elementos de
la tributación local.</b></div>
<div style="text-align: justify;">
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;"><br /></b></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
La suma de estas tres
circunstancias puede resumirse en una idea simple en su definición, pero
sumamente compleja en la solución: <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">la
maduración de la cultura tributaria en la sociedad española está exigiendo que
en los distintos tributos locales se defina con mayor precisión la capacidad
económica real de cada contribuyente</b>. O dicho de otra manera, tributos
basados en tablas o en presunciones legales de capacidad económica o de
rendimientos, se enfrentan a un riesgo más que probable de
inconstitucionalidad. Podríamos decir, resumiendo la idea en una imagen, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>que existe una corriente imparable que está
exigiendo pasar de unos impuestos municipales “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">de brocha gorda</i>”, a un nuevo modelo de “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">trazo fino</i>”, mucho más sofisticado, especializado y complejo.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiH6MHptNYSkumZUejJH33limmNZeMf1263sKvI8aKK5g78sKB2_p1kxEXGMAeRrwKql9USUd4b6TpN3fxr1mofWQFhwcQF7BejuOKzMQ6plU9Jons5BIvBSTjDp9LMmVKyv3XUCzslrBd0/s1600/brochas.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="829" data-original-width="644" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiH6MHptNYSkumZUejJH33limmNZeMf1263sKvI8aKK5g78sKB2_p1kxEXGMAeRrwKql9USUd4b6TpN3fxr1mofWQFhwcQF7BejuOKzMQ6plU9Jons5BIvBSTjDp9LMmVKyv3XUCzslrBd0/s400/brochas.jpg" width="310" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
El problema de fondo es que el
esquema tradicional de los tributos locales se ha construido sobre un conjunto
de figuras técnicamente sencillas buscando la máxima simplicidad en la gestión,
al considerarse que muy pocos municipios pueden disponer de unos servicios
suficientemente cualificados y dotados para gestionar tributos complejos. Este
es el modelo que ha funcionado razonablemente bien hasta que han concurrido las
tres circunstancias que he descrito al inicio de este texto, lo que hace que
ahora empiece a parecer insostenible, al exigir los tribunales definiciones
mucho más precisas de las capacidades económicas de los contribuyentes.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En este escenario resulta
imprescindible una transformación en profundidad de las estructuras tributarias
de los municipios, dado que el camino contrario –la renuncia de los ciudadanos a
la defensa de sus derechos-, es impensable. <b>Es</b><b style="mso-bidi-font-weight: normal;">ta transformación se ha de producir, fundamentalmente, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>con la imprescindible clarificación de la
situación normativa actual</b>, en buena medida responsable del alto nivel de
inseguridad jurídica que sufren tanto los contribuyentes como quienes nos
dedicamos profesionalmente a la gestión de los tributos locales. Pero mientras
estas reformas legales se producen, las administraciones tributarias
municipales deben iniciar sin demora procesos de transformación, que incidan
sobre tres estrategias muy claramente definidas:</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-La primera de ellas ha de ser la
<b style="mso-bidi-font-weight: normal;">construcción de un sistema de gestión
basado en un modelo real de gobernanza de los datos tributarios</b>. Los
tributos locales son hoy, más que nunca, el resultado de un entramado complejo
de relaciones construido tanto con agentes externos (Catastro, Tráfico,
Notarios y Registradores, etc.), como internos (Urbanismo, Actividades, Padrón
de Habitantes, etc.). Además, los propios ciudadanos son proveedores de
multitud de información, que han de aportar por distintos canales. En este
escenario, desarrollar la estrategia adecuada para la gestión de toda esta
información es especialmente crítico, y no sólo por el propio dato, sino porque
construir modelos eficientes de gestión del mismo es la manera adecuada de diseñar
una estructura plenamente adaptada a las exigencias descritas. Esto es así porque
la única forma de identificar adecuadamente capacidades económicas es mediante
la gestión inteligente de numerosa información, propia y externa, que sirva
para definir correctamente el perfil tributario del sujeto pasivo en relación
con el impuesto. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En la siguiente imagen puede
apreciarse, de forma muy resumida,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>el
esquema de mi propuesta para la construcción de este modelo de gobernanza de
datos tributarios, similar en gran medida al modelo utilizado para el conjunto
de las Administraciones Públicas:</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhfCZdZvC99_253FHyyjkt6-bkVMCmpSHJI_3zgTpTff3FoHPRmVh5RVp-vSoFo5vnTZIfx5NWsiAUCTEm-zYDdyCOOgRNLcHKI1tl7UATjTCGrxbVr3nE4BlqF_dN9pJ8iAaj4Y8IJ86U5/s1600/GOBIERNO+DE+DATOS.JPG.png" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="949" data-original-width="1109" height="273" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhfCZdZvC99_253FHyyjkt6-bkVMCmpSHJI_3zgTpTff3FoHPRmVh5RVp-vSoFo5vnTZIfx5NWsiAUCTEm-zYDdyCOOgRNLcHKI1tl7UATjTCGrxbVr3nE4BlqF_dN9pJ8iAaj4Y8IJ86U5/s320/GOBIERNO+DE+DATOS.JPG.png" width="320" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-La segunda estrategia para la
transformación de las administraciones tributarias ha de ser el reconocimiento
de que <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">la innovación y la transformación
digital no son realmente posibles sin un fuerte liderazgo, que se demuestre,
entre otros elementos, en programas de inversión significativos.</b>
Transformar requiere de más y mejores medios aplicados no solo a la gestión de
la información, como antes se ha descrito, sino también de las capacidades
asociadas a la analítica, la evaluación y la construcción de propuestas sobre
los datos. Esta exigencia se completa uniendo a los recursos técnicos equipos
humanos reforzados, que integren perfiles altamente especializados, ahora muy
escasos cuando no completamente ausentes, en las oficinas tributarias
municipales. Figuras como un “Chief Data Officer” tributario,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>o buenos científicos de datos, son muy
necesarias en esta nueva configuración.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-Y, finalmente,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>la tercera estrategia, consecuencia de las
anteriores surge al constatar que gobernanza de datos e inversión en equipos y
personas no serán suficientes sin una importante <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">reforma de la visión que ha de asumir esta nueva administración
tributaria, que se ha de manifestar en el diseño de nuevas estructuras, basadas
en modelos matriciales, y no en jerarquías</b>. De esta forma, conviene ir
olvidándose de las unidades “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">de informática</i>”,
puesto que la tecnología es ya una “commodity” más,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>y centrarnos en la definición de unidades
orientadas a la <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>“<i style="mso-bidi-font-style: normal;">gestión de la información y la analítica de datos</i>”, puestas al
servicio de las unidades gestoras tradicionales (gestión tributaria,
recaudación, inspección, etc.), que a su vez han de adaptarse a estos cambios.
Es a través de esta nuevas unidades, entendidas como palancas para el cambio,
por donde tendrán entrada en las nuevas administraciones tributarias
tecnologías asociadas al tratamiento masivo e inteligente de datos, la
analítica avanzada, la inteligencia artificial, o la robótica, por referirnos a
las ideas más comúnmente citadas. No hemos de olvidar que los grandes
Ayuntamientos son los principales generadores de datos entre las
administraciones públicas, y que este es un valor que debemos aprovechar
creando las capacidades tecnológicas adecuadas para poner en valor tanto esta
información como cualquier otra procedente de distintas fuentes, conectadas
sobre modelos reales de interoperabilidad. Todo ello debería constituir<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>la base de los “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">Laboratorios Tributarios</i>”, cada vez más necesarios en los grandes
municipios.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
El desarrollo de las propuestas
anteriores es imprescindible para pasar de esas administraciones tributarias de
“<i style="mso-bidi-font-style: normal;">brocha gorda</i>” a las de “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">trazo fino</i>” a las que antes me referí.
Esto es así, porque solo mediante la gestión eficiente de muchos más datos de
los ahora gestionados y de su análisis en profundidad, -y la complementación de
todo ello con herramientas tan potentes como un GIS tributario, el apoyo de las
tecnologías BIM, o el seguimiento adecuado de redes sociales, por citar algunos
ejemplos-, podrá avanzarse realmente en la posibilidad de que los municipios
sean capaces, con sus plantillas actuales, de responder al reto de lograr
definir con precisión la capacidad económica de cada contribuyente, respecto a
los tributos locales que gestionan.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Una última reflexión: el análisis
propuesto es plenamente aplicable a todo tipo de municipios, puesto que a todos
afecta el escenario cambiante descrito. Serán las Diputaciones y las Comunidades
Autónomas uniprovinciales las que tendrán que asumir estos retos.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEicBFmQAckrKxRdO1j89GqqwK-p-BUY7kFLaClbRkp4UP1x7Z8u5R72XFH0mdU5YPd9X1b0Q_zKprwi8lgJ9sUBCbdxkR3m_tz3MeUBYJLoKNhy6kwkekcS-ycM0GNpleMf1pbJFDIknhUf/s1600/capacidad+economica.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="214" data-original-width="1502" height="56" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEicBFmQAckrKxRdO1j89GqqwK-p-BUY7kFLaClbRkp4UP1x7Z8u5R72XFH0mdU5YPd9X1b0Q_zKprwi8lgJ9sUBCbdxkR3m_tz3MeUBYJLoKNhy6kwkekcS-ycM0GNpleMf1pbJFDIknhUf/s400/capacidad+economica.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike>Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-13560349802185518992020-01-23T18:45:00.000+01:002020-01-23T18:45:30.704+01:00Nuevas publicaciones del profesor Manuel Alcázar.<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin-bottom: 0px; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
Con un breve periodo de tiempo entre ambos, el profesor Manuel Alcázar Molina acaba de publicar dos interesantes libros relacionados con Catastro y valoración inmobiliaria, sumando nuevos títulos a su ya dilatada lista de obras especializadas.</div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<u></u><u></u><div style="text-align: justify;">
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
Desde la Universidad de Jaén el profesor Alcázar se ha consolidado, tras más de veinticinco años de actividad científica y formadora, como un referente internacional en estas materias, y su obra es conocida sobradamente por quienes nos
atribuimos la condición de “catastrero”.</div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin-bottom: 0px; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<u></u><u></u><span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin-bottom: 0px; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
Ahora publica dos nuevos libros de lectura y estudio obligado para los que entendemos el Catastro en todas sus dimensiones, y su papel vertebrador de las sociedades.</div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin-bottom: 0px; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiSxKFsEK_FgTCwoZUs6j02qDLlcsp36_30XKmhUpOJD6x1P1ERglMu0kAxjC0-594VqjiZemA91MJTm9_2zJlqI_v8yH7_lVVlivlS7NcO2htS4lzBVGP_0Vqpsa1HZjMiz03T-4zh2fxG/s1600/M+alcazar+1.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="551" data-original-width="390" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiSxKFsEK_FgTCwoZUs6j02qDLlcsp36_30XKmhUpOJD6x1P1ERglMu0kAxjC0-594VqjiZemA91MJTm9_2zJlqI_v8yH7_lVVlivlS7NcO2htS4lzBVGP_0Vqpsa1HZjMiz03T-4zh2fxG/s400/M+alcazar+1.jpg" width="282" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin-bottom: 0px; margin-left: 0px; margin-right: 0px; margin-top: 0px; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /><u></u><u></u></div>
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
El primer libro, titulado “Catastro herramienta para el desarrollo”, es una oportuna y acertada puesta al día de buena parte de las ideas y principios que sustentan la institución catastral, tanto desde una aproximación histórica al mismo,
como analizándola desde los distintos ámbitos que convierten al Catastro en una materia multidisciplinar. Así, se analizan en el libro cuestiones legales, técnicas, informáticas, o de valoración, sin olvidar las relaciones imprescindibles que han de construirse
con el Registro de la Propiedad. Todo ello con el foco siempre puesto en los fines que debe satisfacer el Catastro, cerrando la publicación con un detallado análisis sobre la evolución que ha tenido el listado de los distintos usos a los que se destina la
información catastral.</div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /><u></u><u></u></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
Merece destacarse expresmente en esta publicación su redacción desde una visión que incorpora buena parte de los paradigmas sobre los que se está construyendo la ya conocida como “cuarta revolución industrial”. El impacto de las nuevas tecnologías
sobre el Catastro, y el efecto que estas producen sobre los ciudadanos, ponen el foco sobre la necesidad de que las instituciones catastrales no solo se sumen a procesos activos de transformación digital, sino que lideren los mismos, precisamente por su relevante
papel institucional.</div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjgd564wMaypERFdjBnqyhJwWdpo4QvBHbrD7kwg0nzAABR78H1uHCf2vOarP6tmw1YvbhwGsjAGAfS7a8LN0Pnjo79_KsuDYDko0KfkJx-vgFXXSHGLMZdh60esb7AnCOPXPa4QRQo9H14/s1600/m+alcazar+2.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="576" data-original-width="418" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjgd564wMaypERFdjBnqyhJwWdpo4QvBHbrD7kwg0nzAABR78H1uHCf2vOarP6tmw1YvbhwGsjAGAfS7a8LN0Pnjo79_KsuDYDko0KfkJx-vgFXXSHGLMZdh60esb7AnCOPXPa4QRQo9H14/s400/m+alcazar+2.jpg" width="290" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /><u></u><u></u></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
Por su parte, el libro titulado “Tenencia, Catastro y Prosperidad” aporta una aproximación detallada a una cuestión sumamente crítica para el desarrollo de los países, como lo es la tenencia pacífica de la propiedad de la tierra. Catastro, derechos
de propiedad, y seguridad jurídica, son tres vértices de un triángulo virtuoso sobre el que debe construirse el desarrollo de las naciones. </div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
Sobre esta idea construye el profesor Alcázar el discurso, sumamente atractivo, de la necesaria implicación de los gobiernos en procesos de titulación de tierras, apoyados siempre por un buen Catastro de base. Para ello incorpora a su discurso
dos temas tan actuales como sumamente potentes:</div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /><u></u><u></u></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-variant: normal; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
-Por un lado, las “Directrices Voluntarias sobre la Gobernanza Responsable de la Tenencia” de la tierra, impulsadas por la FAO que, como señala el autor, encuentran en el Catastro su aliado más potente para favorecer su implantación.
<u></u><u></u></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-variant: normal; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
-Y por otro, las aportaciones que se están construyendo sobre la “Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo sostenible”, donde se establece como meta 1.4 que de aquí a 2030 se garantice que todos los hombre y mujeres, en particular los
pobres y vulnerables, tengan los mismos derechos a los recursos económicos, con especial referencia a la propiedad y el control de la tierra.</div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /><u></u><u></u></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-variant: normal; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<span style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #222222; display: inline !important; float: none; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; orphans: 2; text-align: left; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
</span></div>
<div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-decoration: none; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
Sin duda, hay que felicitar al profesor Alcázar por estos nuevos libros, y tambien felicitarnos a nosotros mismos, en nuestra condición de “catastreros”, por poder contar con ellos como refuerzo significativo a nuestra actividad.</div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><div class="MsoNormal" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; color: #222222; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 13.33px; font-variant: normal; letter-spacing: normal; margin: 0px; orphans: 2; text-align: justify; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;">
<br /></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><br />Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-56580415266203076952019-11-20T14:43:00.001+01:002019-11-20T14:43:15.864+01:00Las sentencias del Tribunal Constitucional sobre el impuesto municipal de plusvalía, y la imprescindible - y creo que urgente- necesidad de poner sobre la mesa el “valor de referencia” del Catastro.
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">La pasada semana se ha publicado
una nueva sentencia del Tribunal Constitucional que, si bien no trata
exactamente el mismo caso que la conocida Sentencia 59/2017 del mismo tribunal,
si reitera los argumentos de la misma que han puesto en grave crisis la figura
del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana (IIVTNU).</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En la sentencia de 2017 el
Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad total del artículo
110.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales porque “<i>no permite
acreditar un resultado diferente al resultante de la aplicación de las reglas
de valoración que contiene</i>”, lo que “<i>impide a los sujetos pasivos que
puedan acreditar la existencia de una situación inexpresiva de capacidad
económica</i>”. Esta manifestación, que destruye el uso del valor catastral del
suelo como único medio para acreditar la capacidad económica del obligado
tributario, abre una profunda crisis en la, hasta ahora, incuestionable
utilización del valor catastral como elemento crítico de soporte para la determinación
de diversos tributos sobre los inmuebles.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">La cuestión de fondo no es otra
que la necesidad de que en los tributos de base inmobiliaria se utilicen
modelos de valoración que garanticen la aplicación del principio de capacidad
económica definido en el art. 31.1 de nuestra Constitución.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Es importante señalar que el
Tribunal Constitucional, en ambas sentencias, declaró plenamente válida la
opción de política legislativa dirigida a someter a tributación incrementos de
valor de los inmuebles mediante el uso de un sistema de cuantificación objetiva
de capacidades económicas potenciales, en lugar de hacerlo en función de la
efectiva capacidad económica puesta de manifiesto por el contribuyente, es
decir, que mantiene plenamente vigente la posibilidad de una valoración
administrativa de carácter objetivo que permita gravar una renta potencial, como
se hace hoy con el valor catastral. Pero esta opción sólo será válida si se
cumplen los demás requisitos señalados en las manifestaciones del Tribunal
Constitucional, y que se concretan en la siguiente frase: “<a href="https://www.blogger.com/null" name="_Hlk25146552">una cosa es gravar una renta potencial (en el caso del
IIVTNU, el incremento del valor que presumiblemente se produce con el paso del
tiempo en todo terreno de naturaleza urbana) y otra muy distinta es someter a
tributación una renta irreal”.</a></span></div>
<span style="margin: 0px;"></span>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Así las cosas, la situación
creada por ambas sentencias ha disparado todas las alarmas, sobre todo en los
Ayuntamientos, lo que resulta muy explicable si se tiene en cuenta que estas
administraciones recaudaron, tan sólo en 2017,<span style="margin: 0px;">
</span>2.700 millones de Euros por el IIVTNU. En el momento actual se acumulan
en los Ayuntamientos recursos, autoliquidaciones con cuota 0, y otros
expedientes que, en la práctica, están limitando la recaudación efectiva y
pacífica del tributo.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En este escenario, el pasado
miércoles 13 de octubre tuve ocasión de participar en una mesa sobre Valoración
Inmobiliaria, incluida dentro del programa de actividades desarrolladas en el
XII Simposio sobre el Catastro en Iberoamérica, convocado por el Comité
Permanente del Catastro en Iberoamérica y la Dirección General del Catastro de
España. Dicha mesa fue compartida con las intervenciones del catedrático Juan
Enrique Varona Alabert, y de Ana Isabel Mateo Lozano, Subdirectora General de
Valoración e Inspección de la Dirección General del Catastro español. Sin duda,
la intervención que despertó mayor interés fue la de la Subdirectora General de
Valoración e Inspección, pues desarrolló, justo en el día en que se publicaba
la última sentencia del Tribunal Constitucional sobre el IIVTNU, una
explicación detallada sobre el “valor de referencia de mercado” de la Dirección
General del Catastro, haciéndolo además de manera muy didáctica respecto al
alcance de esta iniciativa y los retos para su implantación.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Para conocer el contenido y
alcance del “valor de referencia de mercado”, en el que está trabajando desde
hace años la Dirección General del Catastro, es imprescindible la lectura de la
“<i>Circular 05.04/2018/P, de 14 de mayo, sobre informe anual del mercado
inmobiliario</i>”, en cuya Instrucción Segunda se describe este valor de la
siguiente manera:</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<i><span style="font-family: Calibri;">“El valor de referencia de
mercado es el determinado objetivamente para cada bien inmueble a partir de los
datos obrantes en el Catastro, y se corresponde con el precio más probable por
el cual podría venderse, entre partes independientes, y libre de cargas. </span></i></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<i><span style="font-family: Calibri;">Anualmente, la Dirección
General del Catastro estimará para cada bien inmueble su valor de referencia de
mercado, resultante del análisis de los precios comunicados por los fedatarios
públicos en las transacciones inmobiliarias efectuadas, contrastados con las
restantes fuentes de información de que disponga, concretado en el informe
anual del mercado inmobiliario”.</span></i></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Se trata pues de un modelo de
valoración objetiva, igual que el actual valor catastral, pero que difiere de
este en que, desde el origen, se referencia al mercado inmobiliario, manifestado
en los precios comunicados por Notarios y Registradores y obtenidos de las
transacciones inmobiliarias en las que intervengan.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Vista la situación generada tras
las sentencias del Tribunal Constitucional, la pregunta resulta clara: ¿Es el
“valor de referencia de mercado” que está elaborando la Dirección General del
Catastro, el modelo de valoración objetiva que permitirá gravar una renta
potencial, pero no irreal, y que respete en todo caso el principio de capacidad
económica, tal y como está orientando el Tribunal Constitucional en sus
sentencias?.</span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjqe_oXrGatSI345ycUeqafg89xKw1qYljvhEmmTuhUrY2v2sChnfWCJ7ax291bOcoDhyphenhyphenBZM9b25Gt2d_4lIkgyw6UIoOxzqQ4bTb8vGtC0ODVjHJ-GGYy0gzWYwrmsuUzudi-5ImvlwvQl/s1600/texto+valor+referencia.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="305" data-original-width="1059" height="115" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjqe_oXrGatSI345ycUeqafg89xKw1qYljvhEmmTuhUrY2v2sChnfWCJ7ax291bOcoDhyphenhyphenBZM9b25Gt2d_4lIkgyw6UIoOxzqQ4bTb8vGtC0ODVjHJ-GGYy0gzWYwrmsuUzudi-5ImvlwvQl/s400/texto+valor+referencia.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;"><br /></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Sobre esta y otras cuestiones se
desarrolló el debate que siguió a las presentaciones realizadas en la Mesa a la
que he hecho referencia, donde tuve ocasión de manifestar mi opinión al
respecto. Basándome en los requisitos que la Circular citada predica respecto
al “valor de referencia de mercado”, considero que este sólo será una respuesta
adecuada a la actual situación si se dan las siguientes características, que se
resumen en la imagen:</span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi9qSxwymCM_hCPtwEhLT-RQzfi0Ax2B-mFd8q-Fm_n8-Oi4dLrtGhAgFHEMAx3r8-gWQubaAJi47ULS0mNQFay1hmTfsSBVBAIpwp_X3dy73g6ToIaGHMwdQUYKQQrDTxiSyuBqxsQKf1v/s1600/valor+de+referencia+al+mercado+3.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="778" data-original-width="1600" height="194" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi9qSxwymCM_hCPtwEhLT-RQzfi0Ax2B-mFd8q-Fm_n8-Oi4dLrtGhAgFHEMAx3r8-gWQubaAJi47ULS0mNQFay1hmTfsSBVBAIpwp_X3dy73g6ToIaGHMwdQUYKQQrDTxiSyuBqxsQKf1v/s400/valor+de+referencia+al+mercado+3.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;"><br /></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<u><span style="font-family: Calibri;">-El valor se debe construir
sobre la más actualizada descripción del inmueble en cada momento.</span></u></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-Lo que exige asegurar la
actualización permanente de los datos físicos, jurídicos y económicos<span style="margin: 0px;"> </span>del inmueble utilizados para valorar, lo que
requerirá dar un nuevo impulso a las herramientas utilizadas para la
actualización de la base de datos del Catastro.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-<u>El valor ha de responder a
una evaluación económica real.</u></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-Lo que supondrá la necesidad de
que el Catastro conozca en profundidad el mercado inmobiliario y los distintos
submercados, en todas sus facetas (valor de cambio, de uso, de inversión,
contable, etc).</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-<u>El valor se debe corresponder
con una evaluación económica actualizada</u></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-Lo que obligará a conocer el
mercado inmobiliario en tiempo real.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-<u>Y finalmente, este valor de
referencia de mercado ha de servir al desarrollo de todo tipo de competencias
públicas, no sólo tributarias, que demanden ese valor. </u></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-Lo que exigirá que la Dirección General
del Catastro no sólo aporte el dato del valor, sino que oriente su sede
electrónica a ofrecer servicios basados en el mismo a todas las Administraciones
públicas y los ciudadanos.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Asimismo, durante el debate se
puso el foco en el momento en que dicho “valor de referencia de mercado” debería
entrar en vigor como instrumento para la determinación de las bases imponibles
de los distintos tributos. En este punto la opinión de la Subdirectora General
era la de iniciar la implantación dando un periodo amplio de difusión e
información del sistema, especialmente orientado a otras administraciones
públicas y a agentes sociales interesados en el proyecto, para después, tras
las reformas legales que necesariamente han de producirse, otorgarle eficacia jurídica
como herramienta del sistema tributario.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Siendo prudente el criterio,
mucho me temo que no va a ser posible contar con un periodo de información e
implantación tan amplio como el que parece desear la Dirección General del Catastro,
porque la actual situación creada por las sentencias del Tribunal Constitucional no va a permitirlo. Creo que más bien veremos reformas
legislativas urgentes que obligarán a una entrada en vigor de esta nueva
herramienta mucho más ponto de lo deseable.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Como conclusión, y respondiendo a
la pregunta planteada, la actual crisis generada con las sentencias del
Tribunal Constitucional abre una oportunidad para reforzar el carácter del
Catastro como infraestructura crítica que garantiza el desarrollo de las
actividades de ciudadanos y administraciones en relación con los inmuebles,
especialmente en el ámbito tributario.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Esta oportunidad se aprovechará si
este proyecto de nuevo “valor de referencia de mercado” cumple dos grandes
objetivos:</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">1.-Lograr una más precisa
definición de la capacidad económica de cada contribuyente.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">2.-Y generar una plataforma de
servicios que integre estos nuevos valores, y sea capaz de atender las
necesidades de ciudadanos y administraciones en materia de valoración
inmobiliaria.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Y todo ello en el plazo más
rápido posible. La actual situación no permite muchas esperas, si es que se
desea que el Catastro siga desarrollando su papel actual articulador y
estructural dentro del sistema tributario español.</span></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-46429596486815454912019-10-03T10:23:00.000+02:002019-10-03T10:23:21.114+02:00Una mala noticia para los Catastreros: desaparece la Fundación CEDDET.
<br />
<div class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 8pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">La Fundación CEDDET desaparecerá
en los próximos días, porque así lo han acordado las instituciones que son
Patrones de la Fundación. Para quienes no la conocéis, CEDDET es una Fundación
sin ánimo de lucro dedicada a la cooperación para el desarrollo con países de
todo el mundo, especialmente con América Latina, muy orientada a la
modernización y fortalecimiento institucional de diversas entidades públicas
responsables de distintos programas.<o:p></o:p></span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 8pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Durante sus años de actividad
CEDDET ha colaborado con las principales instituciones que desarrollan
programas de colaboración multilateral (Banco Mundial, Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), Banco Asiático de Desarrollo (BAD), EuropAid (Comisión
Europea), FAO, Naciones Unidas (UNCTAD, PNUMA), MERCOSUR, SICA, etc. ; y
organismos españoles como AECID, Parlamento, CGPJ, Dirección General del
Catastro, AEAT, INE, AENA, Tribunal de Cuentas, ICEX, CNMC, etc. <o:p></o:p></span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 8pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Como resultados concretos de su
actividad, el CEDDET creo e impulso las actividades de distintas redes de
conocimiento en sectores públicos estratégicos, como las redes de Finanzas
Públicas, Infraestructuras y Transportes, Medioambiente y cambio climático,
Agua, etc. <o:p></o:p></span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 8pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Entre estas redes ha sido
especialmente activa la Red de expertos iberoamericanos en Catastros, en la que
se han integrado y participado buena parte de los técnicos de Catastro más
cualificados de Iberoamérica, desarrollando multitud de tareas a través de
cursos, webinars, publicaciones, etc. Como ejemplo de esta magnífica actividad,
en este enlace podréis encontrar (mientras permanezca activa la web de la
Fundación) los 12 números editados de la Revista digital de expertos
Iberoamericanos en Catastro, en la que han participado todos aquellos que han
tenido algo que aportar en este sector en la región.<o:p></o:p></span></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 8pt; text-align: justify;">
<a href="https://www.ceddet.org/documentos/publicaciones/revistas/catastro/"><span style="color: #0563c1; font-family: Calibri;">https://www.ceddet.org/documentos/publicaciones/revistas/catastro/</span></a><o:p></o:p></div>
<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiQCYTuPn0C0PaH6IVim2F_T_ZbOzst3-umzxApiu4lm9kvSPSw42xqGDsErSji3SiwCDQZFzEOfXAn_0UX9C7bP3vO6isIKVYIKPODe-pUJiIz0dJrO-c0q0q52DDl5WXW2uXNvOoUjz0z/s1600/revista+ceddet.jpg.png" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="699" data-original-width="1454" height="191" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiQCYTuPn0C0PaH6IVim2F_T_ZbOzst3-umzxApiu4lm9kvSPSw42xqGDsErSji3SiwCDQZFzEOfXAn_0UX9C7bP3vO6isIKVYIKPODe-pUJiIz0dJrO-c0q0q52DDl5WXW2uXNvOoUjz0z/s400/revista+ceddet.jpg.png" width="400" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 8pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;"></span> </div>
<div class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 8pt; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Como colaborador activo durante
muchos años de los trabajos de la Red de Expertos Iberoamericanos en Catastro,
lamento sinceramente el cese de actividad de la Fundación CEDDET. Con su cierre
queda en el aire todo el trabajo desarrollado, y la propia supervivencia de la
Red de expertos. Estaría muy bien que las instituciones catastrales Iberoamericanas,
y en concreto la Dirección General del Catastro de España, asuman el testigo y
den continuidad con su apoyo a su importante actividad.<o:p></o:p></span></div>
<span style="font-family: "Calibri",sans-serif; font-size: 11pt; line-height: 107%; mso-ansi-language: ES; mso-ascii-theme-font: minor-latin; mso-bidi-font-family: "Times New Roman"; mso-bidi-language: AR-SA; mso-bidi-theme-font: minor-bidi; mso-fareast-font-family: Calibri; mso-fareast-language: EN-US; mso-fareast-theme-font: minor-latin; mso-hansi-theme-font: minor-latin;">Concluyo enviando un fuerte abrazo a todo el personal
de la Fundación que apoyaron con entusiasmo el desarrollo de la Red de
Catastro, así como a todos aquellos que, desde nuestras respectivas instituciones,
participamos de su actividad.</span>Unknownnoreply@blogger.com4tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-56677126212667738092019-07-05T14:15:00.001+02:002019-07-05T14:15:17.467+02:00Tres cosas que debería hacer el Catastro español, -y una que no debería hacer-, como efecto de la nueva Directiva europea sobre reutilización de la información del sector público.
<br />
<div style="text-align: justify;">
El pasado día 26 de junio se ha
publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2019/1024, de
20 de junio, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información
del sector público, que sustituye a la Directiva 2003/98/CE.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
La norma supone un importante esfuerzo
de adaptación a los cambios sociales y tecnológicos producidos en los últimos
años con el fin de conseguir el fin último, consistente en que los países
miembros pongan a disposición de ciudadanos y empresas toda la información que
crean o gestionan, sin más límites que los definidos en la propia Directiva.
Esta adaptación incluye dentro del cuerpo de la norma una serie de indicaciones
que las entidades públicas europeas deberán seguir. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Haciendo foco en las
instituciones catastrales, del espíritu de la nueva Directiva surgen tres posibles
reformas que, según mi criterio, debería abordar la Dirección General del Catastro
español, si es que aspira a mantenerse en el grupo de cabeza de los catastros
europeos:</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<u>1º: Impulsar la información
catastral, y especialmente la cartografía catastral, para configurar un
auténtico “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">conjunto de datos de alto
valor</i>”:</u> La nueva Directiva incluye un listado específico de “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">conjuntos de datos de alto valor</i>”, a los
que define como “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">documentos cuya
reutilización está asociada a considerables beneficios para la sociedad, el
medio ambiente y la economía, en particular debido a su idoneidad para la
creación de servicios de valor añadido, aplicaciones y puestos de trabajo
nuevos, dignos y de calidad, y del número de beneficiarios potenciales de los
servicios de valor añadido y aplicaciones basados en tales conjuntos de datos</i>”.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Resulta especialmente
satisfactorio para todos los que durante años hemos trabajado impulsando el uso de la
información geográfica comprobar que el primer “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">conjunto de datos de alto valor</i>” recogido en la Directiva se
refiere a la categoría “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">datos
geoespaciales</i>”. En otras entradas de este blog- <span style="mso-spacerun: yes;"> </span><a href="https://catastreros.blogspot.com/2019/03/fortalecimiento-de-la-informacion-de.html">https://catastreros.blogspot.com/2019/03/fortalecimiento-de-la-informacion-de.html</a><span style="mso-spacerun: yes;"> </span>- ya me he referido a la importancia de que
los datos estén geoposicionados, idea que resumo en la frase “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">un dato sin geoposicionar es solo “medio
dato</i>”. Por ello, es muy reconfortante comprobar que todos los que el algún
momento apoyamos esta visión estábamos, y seguimos estando, en el camino
adecuado.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Sin embargo, este reconocimiento
implica nuevos compromisos. Para empezar, la Dirección General del Catastro
debería hacer valer su influencia, a través del Comité Permanente del Catastro
en la Unión Europea <a href="http://www.eurocadastre.org/">http://www.eurocadastre.org/</a>
<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>y de Eurogeographics <a href="https://eurogeographics.org/">https://eurogeographics.org/</a><span style="mso-spacerun: yes;"> </span>, para que los conjuntos de datos catastrales
se incluyan desde el primer momento en la lista de conjuntos de datos
específicos de alto valor que elaborará la Comisión en cumplimiento de lo
dispuesto en la propia Directiva. Una maniobra similar, desarrollada a
iniciativa del Catastro español, situó la información catastral dentro del
Anexo 1 de la Directiva INSPIRE, lo que supuso una importante puesta en valor
de las instituciones catastrales europeas.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Pero, además, este reconocimiento
obliga al Catastro español a “repensarse” en profundidad con el fin de que sus
futuros servicios y actividades se adapten plenamente a todas las exigencias y
principios descritos en el nuevo modelo de reutilización de la información
pública previstos en la Directiva, y que se resume en la necesidad de generar un
sistema que garantice “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">el empleo
inteligente de los datos, incluido su tratamiento a través de aplicaciones de inteligencia
artificial</i>”. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Toca ya, por tanto, introducir en el Catastro español toda la
potencia de las herramientas de inteligencia aplicadas a la geolocalización, tal
y como comente en la entrada del blog publicada en 2017 , titulada “Location
Intelligence y Catastro” <a href="https://catastreros.blogspot.com/2017/10/location-intelligence-y-catastro.html">https://catastreros.blogspot.com/2017/10/location-intelligence-y-catastro.html</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
2º.-<u> Crear y poner a
disposición de los usuarios nuevos servicios y aplicaciones basados en el uso,
la agregación o la combinación de datos catastrales.</u> Precisamente, como
aplicación de la propuesta para aplicar inteligencia a los datos, la Directiva sugiere
a los centros gestores de información pública que se facilite la reutilización
de sus datos a través de una interfaz de programación de aplicaciones (API) con
el fin de facilitar el desarrollo de aplicaciones de internet, de telefonía
móvil y en la nube, basadas en dichos datos. Estas herramientas han de basarse
en los principios de disponibilidad, estabilidad, mantenimiento durante la vida
útil, uniformidad de uso y normas, facilidad de uso y seguridad.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Como consecuencia, la Dirección
General del Catastro debería redefinirse como un hub de servicios, basado en
tres pilares bien diferenciados:</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-La mera difusión de su
información, tal y como ya se hace actualmente,</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-La oferta directa de nuevos
productos y servicios basados en esta misma información.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-Y finalmente, la puesta a
disposición de herramientas simples para que los propios ciudadanos y empresas
pudieran crear productos y servicios de valor añadido, a partir de la
información catastral.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<u>3º.- Desarrollar un “GIS
Tributario” para los Ayuntamientos, potenciando las características del SIGCA
(sistema de información geográfica catastral) como herramienta especializada de
gestión tributaria. </u>Basado en la necesidad de elaborar una oferta directa
de nuevos productos y servicios sobre la información catastral, la Dirección
General del Catastro debería plantearse el desarrollo de una herramienta
específica de apoyo a la gestión tributaria de los Ayuntamientos, basada en
toda la riqueza (datos alfanuméricos + cartografía + valoración) y la disponibilidad
de la información catastral.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En otras ocasiones ya expresé mi
opinión respecto a la necesidad de modernizar en profundidad la gestión de los
tributos locales en España dentro de lo que denominé “Smart taxes”, es decir,
desarrollando un enfoque “smart” para el fortalecimiento integral de las áreas
económicas de los municipios a través de la geoanalítica</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="https://catastreros.blogspot.com/2015/09/del-ibi-social-al-fortalecimiento.html">https://catastreros.blogspot.com/2015/09/del-ibi-social-al-fortalecimiento.html</a></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En los últimos años va creciendo
la sensación de que el modelo tributario municipal español se ha quedado
anticuado. La principal herramienta fiscal de los Ayuntamientos, el Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, se percibe cada vez más como una herramienta rígida,
que permite poca aproximación hacia modelos más modernos y precisos, apoyados
en los principios básicos de equidad tributaria y capacidad económica. Y si en
el ámbito de los impuestos la situación recomienda un cambio, cuando nos
aproximamos a las tasas municipales la cuestión ya es urgente.</div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="mso-spacerun: yes;"> </span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Se hace necesario, por tanto,
definir modelos y líneas de acción que permitan una gestión tributaria mucho
más próxima a las capacidades económicas reales de los sujetos pasivos, que son
tan dinámicas como la misma ciudad en la que viven, y todo ello sin amenazar el
otro gran principio que rige la gestión económica municipal, y que es el de
estabilidad presupuestaria.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
La idea que soporta la propuesta
consiste en “territorializar” la gestión tributaria municipal. La mayoría de
los tributos municipales son “territorializables”, puesto que se puede
geoposicionar sin dificultad el hecho imponible y/o el sujeto pasivo. El modelo
ya está descrito, y es aplicado con éxito y plena seguridad jurídica desde hace
años para la determinación del valor catastral, que es el resultado de un
proceso objetivo y claro de “territorialización” del valor de los inmuebles.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Para abordar la solución a estos
retos, surge una oportunidad única al Catastro español de contribuir a esta
modernización de los tributos municipales, desarrollando un GIS tributario que
potencie y ponga en valor toda la experiencia adquirida en la gestión catastral
del IBI.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Esta propuesta, además, viene
impulsada por recientes manifestaciones de los tribunales españoles en relación
con los tributos municipales, que ponen directamente el foco en la
determinación real, - y no estimada-, de la capacidad económica de los contribuyentes.
Se pueden poner dos ejemplos de ello:</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-En primer
término, las Sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo
relacionadas con el método que ha de utilizarse para identificar si existe o no
un auténtico incremento del valor – una plusvalía-<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>que debe ser sometido a tributación, lo que
permite romper, mediante prueba en contrario, la presunción legal que se deriva
de la aplicación del modelo definido en el artículo 110.4 del TRLHL, sentencias
que han generado una profunda convulsión en el sistema tributario local, y
especialmente en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Y como
segundo ejemplo, la reciente sentencia 190/2019, en casación, del Tribunal
Supremo, en relación con las tasas municipales, que consolida el principio de
que, una vez respetado el límite máximo que significa el coste total del
conjunto de servicios, el reparto individual de la tasa puede ser desigual
mediante su modulación con criterios que se basen en la capacidad económica de
cada contribuyente.</div>
<div style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Finalmente, resulta también
oportuno recordarlo, existe una iniciativa que no debería poner en marcha el Catastro
español: pretender cobrar a los usuarios por la reutilización de la información
catastral.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
La nueva Directiva establece como
principio general la gratuidad en el acceso a la información, señalando
expresamente que las tarifas por la reutilización de documentos constituyen una
importante barrera de entrada al mercado para las empresas emergentes y las
pymes, por lo que los documentos deben ponerse a disposición para su
reutilización gratuitamente. Sólo en circunstancias concretas y justificadas,
que no se dan en el caso español, sería defendible revertir el criterio de
gratuidad que se viene aplicando desde que se implantó el modelo de
reutilización de la información, y que ha sido seguido por varios países
europeos. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
No es el momento de extenderse en
las importantes ventajas que ha supuesto la aplicación del criterio de
gratuidad para la actualización de la información catastral, y para la
generalizada implantación de su uso en todo tipo de sectores y actividades. Una
simple visión de las estadísticas de uso de la Sede Electrónica del Catastro lo
demuestran. Por ello, en lugar de pretender cobrar por la información, resulta
mucho más interesante profundizar en el conocimiento de cómo impacta el uso de
la información catastral en la actividad de ciudadanos y empresas, y
especialmente cómo impulsa el desarrollo económico, la mejora en los
indicadores de igualdad, o la transparencia en determinadas políticas públicas,
por citar algunos ejemplos. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
La nueva Directiva se refiere expresamente a la
necesidad de disponer de informes de evaluación de impacto que midan estos
resultados, y los catastros europeos ya están trabajando en ello. Como ejemplo,
puede verse el reciente informe titulado “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">El
valor socio-económico de Open ELS</i>”, (el proyecto Open ELS proporciona un
único punto de acceso a una serie de servicios europeos de datos geoespaciales
abiertos), elaborado conjuntamente por Eurogeographics y Deloitte </div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="https://openels.eu/wp-content/uploads/2019/04/Open_ELS_socio_economic_benefits_final_report_Website.pdf">https://openels.eu/wp-content/uploads/2019/04/Open_ELS_socio_economic_benefits_final_report_Website.pdf</a></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Es, sin duda, el momento oportuno
para impulsar estas reformas en el Catastro español, que pueden apoyarse en las
obligaciones que se determinan en la nueva Directiva de reutilización. España y
el resto de países miembros tienen hasta el 17 de julio de 2021 para transponer
la directiva. No debería concluir este periodo sin poner en marcha estas
reformas.</div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike>Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-8506625250117397492019-06-24T11:06:00.002+02:002019-06-24T11:06:40.295+02:00Los derechos digitales, la Constitución, y un robot de cocina.
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">No existe en
nuestro ordenamiento una definición precisa de lo que son los “derechos digitales”,
a los que se refiere el artículo</span> <span style="font-size: 14.0pt;">79 de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y
garantía de los derechos digitales. <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>No
obstante, es posible construir la misma a partir del contenido del artículo 18.4
de la Constitución, cuando señala que <i style="mso-bidi-font-style: normal;">«la
ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad
personal y familiar</i>”, y especialmente atendiendo al contenido de las
sentencias del Tribunal Constitucional 94/1998 y 292/2000, cuando afirman que el
derecho fundamental a la protección de datos tiene como función garantizar a la
persona física un poder de control sobre el uso y destino de sus datos
personales, con el propósito de impedir su tráfico ilícito que pueda resultar
lesivo para su dignidad y sus derechos.</span> <span style="font-size: 14.0pt;">Esta
concepción otorga facultades al ciudadano para oponerse a que determinados
datos personales sean usados para fines distintos a aquel que justificó su
obtención, así como un poder de disposición y de control sobre los datos
personales, que le faculta para decidir cuáles de esos datos proporcionar a un
tercero, o cuáles puede este tercero recabar directamente, además de saber
quién posee esos datos y para qué son utilizados, pudiendo oponerse a esa
posesión o uso.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Además, y no es un
tema menor, al constituirse como un derecho fundamental, los “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>” están dotados de la
protección especial que le otorga la Constitución, es decir, que su regulación
debe hacerse mediante Ley orgánica, y su vulneración puede ser objeto del recurso
de amparo ante el Tribunal constitucional.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">De esta manera, España
fue pionera en el reconocimiento del “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derecho
fundamental a la protección de datos personales</i>”, derecho que a efectos de
este comentario equiparo al concepto de “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos
y libertades digitales</i>”, a los que se refiere el artículo 79 de la Ley
Orgánica 3/2018, antes citado. </span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Y es precisamente
llegado a este punto donde me planteo una pregunta muy concreta: siendo muy
potente la protección que el ordenamiento legal y los tribunales otorgan en
España a nuestros “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>”,
¿estamos lo ciudadanos ejerciendo adecuadamente el uso y la protección de los
mismos?.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">En los últimos
tiempos, según ganan velocidad los cambios tecnológicos aplicados a la sociedad
de la información, he descubierto que la mejor forma de evitar el vértigo que
genera estos cambios es buscar refugio en los “viejos y buenos principios”. Como
ejemplo de ello, me resulta sumamente útil juzgar cómo afecta la tecnología a
nuestros derechos, y cómo los defendemos frente a todo tipo de agresiones,
acudiendo a un texto clásico y a la vez sumamente actual, escrito nada más y
nada menos que en 1872.</span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">En ese año, Rudolf
Von Ihering, uno de los juristas alemanes más célebres de la historia, escribió
un famoso libro titulado “La lucha por el Derecho”, cuya lectura, debidamente
adaptada, debería ser parte obligatoria de todo manual que acompañase a un
dispositivo conectado a internet, si se me permite la broma.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Señala Ihering que
la lucha por el derecho en la esfera individual es una condición para la
existencia misma del ser humano, hasta el punto que si no se defiende el
Derecho sería un “suicidio moral”. Se trata de un sentimiento ideal del Derecho
que hoy pocos demostramos, y que se basa en la idea de que los derechos se piensan
tanto como se sienten, por lo que, si dejamos de luchar por nuestro Derecho individual
o colectivo, estamos dando paso a la antijuridicidad, y a través de ello, a la
pérdida de nuestras libertades.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">A raíz de esta
reflexión, vuelvo a la cuestión antes planteada: ¿estamos los ciudadanos
haciendo valer y dando la debida protección a nuestros “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>” ?.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 14.0pt; line-height: 107%;">Metido en estas
reflexiones, llegó a la pantalla de mi ordenador una noticia al menos singular:
una conocida cadena europea de supermercados se ve obligada a dar muchas
explicaciones cuando queda demostrado que el robot de cocina diseñado para ser
conectado a internet,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>y que formaba
parte de una oferta comercial de gran éxito, cuenta con un “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">micrófono espía</i>”,<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>por usar la misma terminología utilizada por
los medios de comunicación, el cual sería utilizado para “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">espiar a los usuarios para recabar datos que luego pueda explotar
económicamente</i>”.</span></div>
<br />
<a href="https://www.madridiario.es/469170/lidl-acusada-de-ocultar-un-microfono-espia-en-su-robot-de-cocina"><span style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 14.0pt; line-height: 107%; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES;">https://www.madridiario.es/469170/lidl-acusada-de-ocultar-un-microfono-espia-en-su-robot-de-cocina</span></a><span style="font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 14.0pt; line-height: 107%; mso-fareast-font-family: "Times New Roman"; mso-fareast-language: ES;"></span><br />
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Según se informa,
el director de Compras y Marketing de la cadena de supermercados reconoció que
sabían que el aparato incluía la presencia del micrófono, aunque descarta que
estuviera destinado a tener un uso de grabación o escucha de los usuarios. Parece
que estaba previsto que el dispositivo fuera controlable por voz, aunque luego
se descartó, al ser una tecnología demasiado desarrollada para el bajo coste
del robot.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Lo que sí me
parece relevante es que la cadena de supermercados informase ampliamente que el
robot disponía de WIFI para descargar recetas de forma gratuita, pero “olvidó”
informar de la existencia de ese micrófono.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">¿Cuál ha sido la
reacción de los compradores de este robot ante esta información? . No lo sabemos,
pero no parece que haya dado lugar a una reacción general de denuncia por la
vulneración de sus “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>”.
Más bien parece que se aceptó de forma genérica la violación de los mismos,
cediendo su defensa ante otro valor que el ciudadano priorizó: el precio especialmente
bajo del equipo.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">¿Es este un
comportamiento generalizado de los ciudadanos? ¿Abandonamos la defensa de
nuestros “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>” porque
valoramos por encima de ellos el bajo coste de los dispositivos o las ventajas
de acceder a determinada tecnología? . Si es así, ¿estaríamos ante un “suicidio
moral” colectivo, por seguir la expresión de Ihering, y ante una visión muy
pesimista del futuro, en lo que se refiere a nuestras libertades como
ciudadanos?.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Llegados a este
punto, podemos constatar que, en lo que respecta a la defensa de los “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>”, se aprecia en la
actualidad un modelo marcado por tres situaciones que se interrelacionan:</span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-El suministro
voluntario y constante de nuestros datos a terceros.</span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-La consciencia de
que nuestros datos son utilizados por terceros, con distintos fines, asumiendo esta
circunstancia como inevitable.</span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-Y finalmente, la esperanza
en que el “sistema político/legal” protegerá nuestros derechos.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhhtgGjljt2oJ_vLJYuZ9p0fq701mVFNNPPvqEicwgRoilys35zPbbR8gARM_dlfk22rS9JeuKQsUltwaIgP8fyAYNaqtzvXmOVi6qyN23TG3LAJi57AajuQttzRylaiuNzIvhLNn1lEtKF/s1600/ejercicio+de+derechos+digitales.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="843" data-original-width="1055" height="318" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhhtgGjljt2oJ_vLJYuZ9p0fq701mVFNNPPvqEicwgRoilys35zPbbR8gARM_dlfk22rS9JeuKQsUltwaIgP8fyAYNaqtzvXmOVi6qyN23TG3LAJi57AajuQttzRylaiuNzIvhLNn1lEtKF/s400/ejercicio+de+derechos+digitales.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-<u>El suministro
voluntario y constante de nuestros datos a terceros.</u></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">De forma
permanente y voluntaria, con un grado mayor o menor de conocimiento, estamos
dando acceso a terceros a nuestros datos. Lo hacemos cuando aceptemos las “cookies”
de una determinada web que consultamos, cuando mantenemos activa la herramienta
de geoposicionamiento de nuestro teléfono, o cuando le damos por teléfono los
datos de nuestro DNI a un perfecto desconocido que gestiona una Casa Rural.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Por tanto, y como
primera concusión, más que el miedo a que nos “roben” datos, deberíamos de
asumir que somos nosotros mismos los que damos estos datos, sin aplicar
especiales cautelas cuando lo hacemos.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-<u>La consciencia
de que nuestros datos son utilizados por terceros, con distintos fines.</u></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">En segundo lugar,
no sólo damos nuestros datos de forma constante y voluntaria, sino que además
lo hacemos a sabiendas de que estos datos serán utilizados por terceros de una
u otra forma. <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>En muchas ocasiones se nos
informa de ello, y en otras aceptamos esta posibilidad sin hacer mayores indagaciones
sobre si se está o no haciendo un uso no autorizado.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">En este punto hay
que ser claros: la gran mayoría aceptamos voluntariamente que esto sea así,
fundamentalmente porque creemos que es un “peaje” que se ha de asumir para
obtener múltiples beneficios, entre los que cabe destacar:</span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-el acceso
ilimitado a todo tipo de información,</span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-la desaparición
de determinadas tareas que, de tener que volver a ellas, nos resultarían muy
desagradables (por ejemplo, hacer colas en un Banco),</span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">-o conseguir
bienes y servicios a precios realmente bajos (como es el caso del robot de
cocina comentado), o incluso gratuitamente (por ejemplo, navegadores GPS).</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Es evidente que
aceptamos exponer, - y rebajar-, de forma constante nuestros “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>”, porque nos compensa
hacerlo. Al menos a corto plazo, creemos que es así.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<u><span style="font-size: 14.0pt;">Y la esperanza
en que el “sistema político/legal” protegerá nuestros derechos digitales:</span></u></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Finalmente, el
modelo se completa con la esperanza en que el sistema político/legal del país
en el que vivimos se encargará de proteger nuestros derechos frente a terceros,
de una doble forma: por un lado, presumiendo que el resto de los usuarios
tendrá un comportamiento respetuoso con nuestros datos, cuando acceden a los
mismos. Y, por otro, aceptando que exista un RGPD y una Agencia de Protección
de Datos, (u otro tipo de leyes o instituciones), porque estas normas e
instituciones serán nuestros “defensores” frente a todo tipo de abusos en los
que nos veamos afectados ante un uso inadecuado de nuestros datos.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Salvando las
distancias, parece que pensamos que el sistema es similar al que utilizamos
cuando conducimos nuestro coche por la red pública de carreteras. Asumimos que
el resto de conductores va a respetar el Código de Circulación y va a conducir
con la debida prudencia, y que alguien se va a ocupar de que la carretera, la
señalización o la información meteorológica, se encuentren en las condiciones
adecuadas. Además, presumimos que existe una “autoridad” que vigila constantemente
del buen desarrollo del sistema, y que desplegará toda una batería de acciones de
protección sanitaria y legal, en el caso de que nos veamos afectados por un
incidente no deseado. </span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjDv9TlRuHIU64De-DNxcfJ468lLiV4df5QsppTMvoi8GcWcLW8KoPn6xgXMBavf-ZDmEIdJJGksyW047XJeO2UREtUpLxwJ9CtJBNLk_SD_yk9ZxhGmynipIwy7oIhpOkiAtX6myTxbTM3/s1600/derechos+digitales.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="306" data-original-width="1113" height="108" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjDv9TlRuHIU64De-DNxcfJ468lLiV4df5QsppTMvoi8GcWcLW8KoPn6xgXMBavf-ZDmEIdJJGksyW047XJeO2UREtUpLxwJ9CtJBNLk_SD_yk9ZxhGmynipIwy7oIhpOkiAtX6myTxbTM3/s400/derechos+digitales.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Esta es la
situación actual respecto a nuestros “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos
digitales</i>”, marcada por una posición absolutamente predominante de la
industria en el acceso a nuestros datos, lograda con nuestra tácita aceptación,
porque nos compensan las contrapartidas obtenidas, y con la presunción de que
el sistema político/legal nos defenderá en caso de ver atacados nuestros
intereses. </span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">¿Nos arrepentiremos
en el futuro de esta falta actual de control sobre nuestros datos? . No lo sé.
Pero puede ayudarnos en esta reflexión volver a la obra de Ihering. El autor
alemán no confía en que la protección de los derechos individuales se impondrá
sólo porque el Estado lo ordene, estableciendo una clara relación entre la
fortaleza de este mismo Estado y la claridad con la que defiende individualmente
cada ciudadano sus derechos. Si, además, y esto no ocurría en la época de
Ihering, la industria tecnológica global cuenta con una fuerza e influencia muy
superior a la de la mayoría de los Estados, parece evidente que confiar todo el
sistema de protección de nuestros “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos
digitales</i>” a la acción pública es, cuando menos, ingenuo.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: 14.0pt;">Y esto pensando
siempre en que tenemos la fortuna de vivir en un estado democrático. Si
repetimos este análisis poniendo el foco en lo que está ocurriendo en los estados
autoritarios que están desarrollando sistemas competentes de Inteligencia Artificial,
entonces la conclusión es que allí el Estado no sólo no defiende los “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">derechos digitales</i>” de los ciudadanos ,
sino que lidera activamente la agresión a los mismos. </span></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-39028034829939379062019-04-16T14:28:00.000+02:002019-04-16T14:41:18.535+02:00¿Será el derecho administrativo del futuro sólo un conjunto de algoritmos?<br />
<div style="text-align: justify;">
En un reciente libro de Carles
Ramió, Catedrático de Ciencia Política y de la Administración en la Universidad
Pompeu Fabra, con el sugerente título de “Inteligencia<i style="mso-bidi-font-style: normal;"> artificial y administración pública: robots y humanos compartiendo el servicio
público</i>”, desarrolla el autor un interesante pronóstico de lo que, a su juicio,
supondrá la implantación imparable de la inteligencia artificial y la robótica
en las actuales estructuras de la Administración Pública. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Sin poder resumir aquí todo el
contenido del libro, -es mejor leerlo-, coincido con el autor en que la
progresiva implantación de estas tecnologías, actualmente desarrolladas en su práctica
totalidad por el sector privado, va a suponer un profundo revulsivo para las
propias Administraciones Públicas, que se verán inmersas en medio de un
importante dilema: o bien adquieren y aplican herramientas y algoritmos
desarrollados por la iniciativa privada, con lo que ello tiene de riesgo de
comprar “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">cajas negras</i>”, que no
garantizan los principios de transparencia, equidad, igualdad, objetividad y
protección de la privacidad, que son la base de la propia existencia de las
Administraciones Públicas o, por el contrario, asumen que han de liderar la
creación y el control de estas<span style="mso-spacerun: yes;">
</span>herramientas y generar sus propios algoritmos, diseñados para atender
las necesidades de los ciudadanos garantizando los mencionados principios.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Coincido con Ramió cuando
remarca: “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">La administración pública tiene
que liderar este proceso para regularlo, para preparar a la sociedad, para
definir algoritmos con una cierta vocación pública, ahora todos los están
creando desde el sector privado y lógicamente siguiendo sus intereses”.</i></div>
<div style="text-align: justify;">
<i style="mso-bidi-font-style: normal;"><br /></i></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
En el año 2014, en una entrada de
mi blog titulada <i style="mso-bidi-font-style: normal;">“¿Será la normativa
catastral del futuro sólo un conjunto de algoritmos?</i>, - puedes verla en: <a href="https://catastreros.blogspot.com/2014/10/sera-la-normativa-catastral-del-futuro.html">https://catastreros.blogspot.com/2014/10/sera-la-normativa-catastral-del-futuro.html</a><span style="mso-spacerun: yes;"> </span>-, me hacía eco de un interesante trabajo
publicado por un grupo de catastreros suizos, donde reflexionaban sobre cómo la
moderna tecnología aplicada a la medición de la tierra incidirá en las
funciones de las administraciones catastrales europeas.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Partiendo de una idea sugerente
basada en la rápida evolución de las tecnologías, que cada vez nos aportan instrumentos
capaces de obtener mayores niveles de precisión sin intervención de topografía
tradicional, concluyen que será el territorio quien nos señalará nuestra
posición con una precisión absoluta, lo que supone que será el propio
territorio el que se convierta automáticamente en el mapa que abarca todos los
mapas. El territorio será el mapa.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Como consecuencia llegan a la
siguiente conclusión, en relación con los funcionarios del catastro: “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">La segunda consecuencia teórica y práctica
se refiere al reconocimiento legal de los algoritmos. Hasta ahora trabajamos en
definir las bases de datos de objetos, capas catastrales, etc., pero a partir
de ahora, además de todas las bases de datos existentes o futuras, también
estaremos obligados a archivar algoritmos. Estos algoritmos requerirán ahora
una certificación oficial, ya que serán la base de la reconstrucción de los conjuntos
de datos y los datos”. “El algoritmo que sirve de base para obtener el dato
tendrá que ser legal y necesitará ser controlado a través de, por ejemplo,
trabajos de medición.”</i></div>
<div style="text-align: justify;">
<i style="mso-bidi-font-style: normal;"><br /></i></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Puedes encontrar este documento,
titulado “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">Beyond limits: Go 4Dimension
cadastre</i>”, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>en: <a href="https://www.cadastre.ch/en/services/publication.detail.document.html/cadastre-internet/en/documents/Diskussionspapier-1-2014-DimensionCadastre-en.pdf.html">https://www.cadastre.ch/en/services/publication.detail.document.html/cadastre-internet/en/documents/Diskussionspapier-1-2014-DimensionCadastre-en.pdf.html</a></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Esta misma reflexión es aplicable
a toda la actividad pública, y es la que nos hace preguntarnos si el Derecho
Administrativo del futuro será un conjunto de algoritmos, y cuál es el papel
que desarrollarán los empleados públicos respecto a los mismos. En este
sentido, aunque no me cabe duda de que estas tecnologías impactarán
profundamente en la Administración Pública y los funcionarios, tampoco dudo que
serán estos los que defiendan los grandes valores que son la base de nuestro
modelo democrático. Y eso lo harán haciendo coincidir las más modernas tecnologías
con los “viejos y buenos principios”, que hace casi 100 años, impulsaron a
Kelsen, en la Constitución austriaca de 1920, a afirmar que : “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">La administración del Estado en su totalidad
no puede actuar sino<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>auf graund der
gesetze (sobre el fundamento de la Ley)</i>”.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Como consecuencia, se nos
presenta un futuro en el que la aplicación de la inteligencia artificial <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>y la robótica tendrán que cumplir, para que
realmente sean aplicadas en un país democrático, tres características básicas:</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-En primer lugar, los
procedimientos administrativos basados en modelos de inteligencia artificial
construidos sobre algoritmos, deberán ser “transparentes”, lo que significa que
deberán ser “publicables” en el Boletín Oficial correspondiente, ajustándose a
la norma de rango que le corresponda (Ley, reglamento, circular…).</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-En segundo lugar, los algoritmos
deberán poder ser entendidos, sino por la totalidad de los ciudadanos, si al
menos por un colectivo de profesionales ajenos a la Administración Pública, suficientemente
amplio en número, y capaces de comprobar sus características y efectos. Para
empezar, los asesores fiscales tendrán que convertirse en “comprobadores de
algoritmos”, si quieren seguir dando un buen servicio a sus clientes.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
-Y en tercer lugar, serán
finalmente los jueces y tribunales quienes determinen si los algoritmos que usen
las administraciones públicas “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">sirven con
objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de
eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación</i>”, y
por supuesto, “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">con sometimiento pleno a
la ley y al Derecho</i>”, lo que obligará también a los profesionales del poder
judicial a adaptarse a estos nuevos procedimientos.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Si no se dan estas
características, difícilmente podrá aplicarse la inteligencia artificial y la
robotización en las Administraciones públicas de los países democráticos (salvo
que dejen de ser “democráticos”). Nos encontraríamos ante la grave amenaza
descrita por Cathy O’Neil en su conocido libro <i style="mso-bidi-font-style: normal;">“Armas de destrucción matemática. Cómo el big data aumenta la
desigualdad y amenaza la democracia</i>”. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div style="text-align: justify;">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjVqYZEXpT_OHI4zM9tcLKZZKOPXpKKb6XIihCE6OoUNNcIPo8tNU39WlOSYrChw5qYfNuAgHWwdfYxWjqJWK61KDn-CH8N_48xa7ub2oGsLDiKutlCN813YDsjec2RXofhhQCOh2WqUgJo/s1600/neuronales.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="261" data-original-width="1056" height="98" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjVqYZEXpT_OHI4zM9tcLKZZKOPXpKKb6XIihCE6OoUNNcIPo8tNU39WlOSYrChw5qYfNuAgHWwdfYxWjqJWK61KDn-CH8N_48xa7ub2oGsLDiKutlCN813YDsjec2RXofhhQCOh2WqUgJo/s400/neuronales.jpg" width="400" /></a></div>
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Esto ya lo hemos visto en un
ejemplo concreto. En el año 2004, Julio Gallego Mora-Esperanza, -un gran funcionario
de la Dirección general del Catastro, experto en modelos de valoración
automatizada de inmuebles-, publico en la revista CT-Catastro un importante
artículo titulado “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">La inteligencia
artificial aplicada a la valoración de inmuebles: un ejemplo para valorar
Madrid</i>”. <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>En el trabajo demostraba
cómo la aplicación de redes neuronales ofrecía resultados muy adecuados para la
valoración catastral de los inmuebles, lo que permitiría, dada la potencia de
estas herramientas, desarrollar procesos masivos y ágiles para la asignación de
valores catastrales en todo el país. Siendo positivas las conclusiones
obtenidas, ¿por qué no se aplicó esta metodología?. La respuesta está en la
seguridad jurídica: el modelo era una “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">caja
negra</i>” cuya transcripción en un formato de “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">Real Decreto de valoración catastral</i>” era imposible, lo que suponía
que, si hubiera sido aplicado, habría sido inmediatamente anulado por los jueces
por la indefensión que causaría sobre los ciudadanos. Puedes ver el artículo
en.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://www.catastro.meh.es/documentos/publicaciones/ct/ct50/_2E.pdf">http://www.catastro.meh.es/documentos/publicaciones/ct/ct50/_2E.pdf</a></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike>Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-27435495610617714422019-03-25T14:56:00.003+01:002019-03-25T14:56:53.173+01:00Fortalecimiento de la información de los Ayuntamientos a través de la geolocalización de los conjuntos de datos municipales.
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="color: #0b5394;"></span><span style="color: #0b0118; font-size: large;"></span><br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Recientemente se acaba de
publicar la segunda edición del documento “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">DATOS
ABIERTOS FEMP 2019. 40 conjuntos de datos a publicar por las Entidades Locales</i>”.
Se trata de una Guía Estratégica para facilitar la reutilización de los
principales conjuntos de datos de los Ayuntamientos, que ha sido elaborada y
publicada por la Red de Entidades Locales por la Transparencia y la
Participación Ciudadana Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Puedes
acceder al documento a través del siguiente enlace: </div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://femp.femp.es/files/3580-1938-fichero/DATOS%20ABIERTOS%20FEMP%202019.pdf">http://femp.femp.es/files/3580-1938-fichero/DATOS%20ABIERTOS%20FEMP%202019.pdf</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhggZ7BG5R7a17rVu3JgMU7t8NDPrd4Lo5EVWHJ_V0ObYwewV781-Gs-oJ8n4tnH9VvPJc4GwoksvRFoappZHCP_2WAywOn8IppC8FJyObbSN7uoY1ySMp2nmOOx42crN5QQT-HydEdSW7A/s1600/datos+abiertos+FEMP.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="840" data-original-width="549" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhggZ7BG5R7a17rVu3JgMU7t8NDPrd4Lo5EVWHJ_V0ObYwewV781-Gs-oJ8n4tnH9VvPJc4GwoksvRFoappZHCP_2WAywOn8IppC8FJyObbSN7uoY1ySMp2nmOOx42crN5QQT-HydEdSW7A/s400/datos+abiertos+FEMP.jpg" width="261" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
El documento, resultado de un
valioso trabajo realizado por un grupo muy cualificado de expertos en
información municipal, persigue acercar los Datos Abiertos y la reutilización de
la información que elaboran y gestionan Ayuntamientos y Diputaciones a distintas
instituciones públicas, la ciudadanía y las empresas, las cuales pueden ver
potenciada su productividad a través del uso de estos datos.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Hay que agradecer y felicitar a
los autores de este trabajo el esfuerzo realizado, que ha de servir para lograr
que todas las administraciones públicas españolas estén alineadas y avancen de
forma similar en el ámbito de la reutilización. Precisamente por ello nos
atrevemos a sugerir, para una próxima edición, que todos aquellos datos en los
que sea posible, - y lo son en su gran mayoría-, deban de estar debidamente
geolocalizados, bien por asociarse a una dirección postal, a la referencia
catastral o, mejor aún, a una coordenada geográfica.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Un dato sin geoposicionar es solo
“medio dato”. La práctica totalidad de los datos municipales son
geoposicionables, es decir, que se pueden vincular con facilidad a un espacio
físico concreto. De hecho, casi todos los 40 conjuntos de datos incluidos en el
documento con que abrimos está entrada son geoposicionables en algún lugar del término
municipal. Con esta asociación, aquellos terceros que reutilicen ese dato no
sólo van a saber a “qué” información se refiere, sino que van a saber “donde” se
materializa dicho dato. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg6gfXHRADAckqL56DAA6t3hmtsN0RP1BPRnJq7r4C7uWPFOLZ4RJaro2eLZMQ0grRL8x4HRgLgZDtbi-_TUVHHo72WNiSvRQqcVm74-z5_pEj5TH_ldPZBUWn04HpSBHsj5feJE9bOCEf9/s1600/medio+dato.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="799" data-original-width="1600" height="198" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg6gfXHRADAckqL56DAA6t3hmtsN0RP1BPRnJq7r4C7uWPFOLZ4RJaro2eLZMQ0grRL8x4HRgLgZDtbi-_TUVHHo72WNiSvRQqcVm74-z5_pEj5TH_ldPZBUWn04HpSBHsj5feJE9bOCEf9/s400/medio+dato.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Como se indicó en una entrada
anterior, entender las actuales circunstancias que afectan a la gestión de la
ciudad, requiere que esta sea entendida como una entidad dinámica en constante
cambio, lo que afecta muy directamente a la actividad diaria, pública y privada,
que se desarrolla en calles, redes de equipamientos, o edificios municipales
donde se prestan determinados servicios públicos. Para ello es necesario que la
nueva administración pública entienda y apoye lo que aportan la geoanalítica,
la “localización inteligente” y el análisis deíctico de la ciudad, en todos
aquellos elementos o acciones que se desarrollan en la misma. Puedes encontrar
más información sobre estos conceptos en:</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Localizacion-inteligente-Geoposicionas-o-geogestionas/">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Localizacion-inteligente-Geoposicionas-o-geogestionas/</a></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Analisis-deictico-de-la-ciudad-mediante-la-aplicacion-de-GIS-y-Big-Data/">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Analisis-deictico-de-la-ciudad-mediante-la-aplicacion-de-GIS-y-Big-Data/</a></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
No es necesario justificar el
considerable valor que agrega la geolocalización al dato. Hay numerosísimas
referencias en internet sobre ello. Pero me interesa especialmente citar, como
referente por su relación con la gestión municipal, lo que está ocurriendo con
los novedosos GeoHubs que se han creado en las principales ciudades de Estados
Unidos, y muy especialmente el de la ciudad de Los Ángeles. <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>Puedes verlo en:<span style="mso-spacerun: yes;"> </span><a href="http://geohub.lacity.org/">http://geohub.lacity.org/</a></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Se plantea en la estrategia de
reutilización de los datos de la ciudad de Los Ángeles la necesidad de que la misma
se base en el principio de “making data actionable”, es decir, hacer que los
datos sean no sólo ofrecidos, sino también acompañados de todos los elementos
que faciliten al máximo su utilización. Para ello, no sólo sea realiza un
esfuerzo para geoposicionar todos los datos, sino que se estructura el proyecto
sobre tres pilares diferentes:</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
OPEN DATA: publicando y mantenido
actualizados datos geolocalizados de calidad del municipio, que pueden ser
utilizados por el equipo de gobierno del municipio, los ciudadanos y las
empresas privadas.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
ANALYTICS: Utilizando las mejores
herramientas de analítica para tratar las principales prioridades y avanzar en
la capacidad de realizar análisis de datos en la ciudad.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
SERVICIOS DIGITALES: Desarrollar
servicios digitales basados en los datos de la ciudad, muy centrados en las
necesidades y capacidades de los usuarios.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Es decir, que se supera muy
ampliamente el concepto de mera oferta del dato municipal, para completarlo con
herramientas que faciliten en gran medida su uso.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Estos tres pilares de trabajo
deben estar al servicio de cuatro objetivos principales:</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
1.-Acelerar el compromiso cívico
a través de datos abiertos de calidad y el desarrollo de canales que fomenten
la colaboración entre el ciudadano y la ciudad.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
2.-Ampliar el uso de la analítica
aplicada a toda la información de la ciudad para impulsar la toma de decisiones
y la mejor prestación de los servicios públicos.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
3.-Aprovechar los datos para
priorizar las mejoras e inversiones de los servicios digitales clave.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
4.-Establecer la base para una
ciudad inteligente, a través de estrategias de gestión de datos empresariales y
desarrollo de proyectos pilotos innovadores, basados en la conexión de
distintas tecnologías.<span style="mso-spacerun: yes;"> </span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="mso-spacerun: yes;"><br /></span></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Está muy bien que los municipios
españoles empiecen a generar valiosas colecciones de datos para facilitar la
reutilización de los mismos. Pero, como es fácil descubrir en el ejemplo de Los
Ángeles, nuestros Ayuntamientos ya están entrando tarde en una carrera a nivel
mundial, en la que aquellos municipios que la lideran nos llevan una ventaja
considerable, que necesariamente hemos de acortar.</div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-76636157464637837352019-01-10T08:54:00.005+01:002019-01-10T08:54:52.407+01:00Un buen ejemplo de una norma obsoleta que frena la plena aplicación de las nuevas tecnologías en la Administración Local: el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 1986.
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Centrados en todo aquello que
aportan las nuevas tecnologías a la gestión de las Administraciones Publicas,
quienes nos dedicamos profesionalmente a trabajar en ellas estamos cometiendo
frecuentemente el error de minusvalorar otro elemento tanto o más relevante
para nuestra actividad, como lo es el marco normativo. Se nos olvida en
ocasiones que nuestra Constitución, al igual que impone a las Administraciones
Públicas buscar la eficacia en su gestión, -lo que da entrada a la implantación
de las TIC para lograrlo-, también exige que dicha labor eficaz se realice con
sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. Al igual que las Administraciones
públicas necesitan buena tecnología aplicada a la gestión, también necesitan
buenas normas que faciliten la adaptación e integración de esta tecnología a sus
procesos. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Lamentablemente este necesario
acompañamiento entre tecnología y normativa no siempre se encuentra debidamente
articulado. Es más, en el ámbito específico de la Administración Local me
atrevería a afirmar que buena parte de las Leyes y Reglamentos que se integran
en su ordenamiento jurídico frenan muchas de las oportunidades que aporta la
tecnología hoy disponible. Como consecuencia, en ocasiones los gestores púbicos
nos vemos imposibilitados para aplicar todas las capacidades que aportan las
TIC porque el marco normativo vigente no da suficiente cobertura jurídica para
su aplicación. Sin duda un buen ejemplo de esta obsolescencia normativa es la
regulación de los bienes y derechos, y en concreto el Reglamento de Bienes de
las Entidades Locales de 1986.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Heredero de un Reglamento anterior
aprobado en 1955 y urgentemente adaptado para cumplir las exigencias de la
entonces nueva Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la
lectura de esta norma nos retrotrae a una España de mediados del siglo pasado
que todavía no había dejado de ser rural, lo que justifica la extensa
regulación de fincas y montes comunales, y que limitaba la visión de la
actividad pública sobre el espacio urbano de forma casi exclusiva a la
adquisición y gestión de inmuebles. Muy poco se aporta a una buena regulación
de otro tipo de bienes y derechos (valores mobiliarios, créditos y derechos
personales, vehículos,…), y por supuesto nada hay sobre otros elementos tan
relevantes en la sociedad actual como pueden ser los derechos sobre la
propiedad intelectual o sobre las colecciones de datos públicos, por citar
algunos ejemplos. Además, y esto si resulta grave, tampoco se regula nada
respecto a la imprescindible gestión de bienes y derechos que se derivan de la
actividad urbanística municipal, un inexplicable olvido respecto a una cuestión
que tanto ha impactado en la política local, - positiva y negativamente-, en
las últimas décadas.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">No es este el soporte adecuado
para una reflexión en profundidad sobre cómo debería abordarse la redacción de
un nuevo Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y digo nuevo porque en
mi opinión no caben meras reformas del actual. Baste por ahora con comentar tan
sólo seis escenarios que muestran la actual distancia entre la norma a aplicar,
la función a desarrollar y la tecnología disponible, al tiempo que se proponen,
con trazo grueso, posibles soluciones. Obviamente son muchos más los ejemplos
que pueden encontrarse. Somos conscientes de que alguna de las soluciones
propuestas supera el rango normativo de un Reglamento.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: Calibri;"><b>1.- <u>Coordinación plena externa (Catastro, Registro, etc.)
e interna (áreas de Patrimonio, Hacienda, Urbanismo, etc.): </u></b></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Las entidades locales, como toda
la sociedad, han sido también víctimas de una mala herencia en lo que se
refiere a la coordinación entre Catastro y Registro de la Propiedad. La falta
histórica de coordinación entre estas instituciones se aprecia también en el
Reglamento de 1986, donde apenas se establece la obligación de consignar en el
inventario “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">la signatura de inscripción
en el registro de la Propiedad</i>” de inmuebles y derechos, en el caso de que
resulten inscribibles, así como “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">la
expresión del polígono y parcela catastral, si fuere posible</i>”, si bien se
limita esta exigencia tan sólo a las fincas rústicas.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Los esfuerzos realizados en los
últimos años por el Registro de la Propiedad, y especialmente por el Catastro, implementando
mecanismos jurídicos, organizativos y tecnológicos que facilitan la
coordinación, la incorporación de datos y el intercambio de información gráfica
entre ambas instituciones, permite ya trabajar en un escenario que refuerza la
seguridad jurídica y beneficia directamente a los Ayuntamientos en la
identificación de sus inmuebles, fundamentalmente porque ya es posible<span style="margin: 0px;"> </span>lograr una idéntica descripción de los
inmuebles en el inventario municipal, en el Registro y en el Catastro. El nuevo
Reglamento de Bienes que se propone debería contemplar como una actividad
obligatoria lograr esta coordinación.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En el ámbito interno resulta
imprescindible superar la habitual separación entre las áreas de Patrimonio,
Hacienda y Urbanismo que se aprecia en muchos Ayuntamientos. Esta auténtica
“mala práctica”, basada en la desconfianza entre los responsables técnicos y
políticos de los distintos servicios, es un escenario que necesariamente ha de
ser sustituido con una gestión común de la información de los inmuebles, con el
fin de que estos servicios, - y otros que precisan de esta información en el
Ayuntamiento-, puedan acceder y mantener la información desde sus respectivos
ámbitos, a través de procedimientos interoperables que deberían describirse en
el nuevo Reglamento que se propone.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Finalmente, la reforma sugerida
debería proponerse como objetivo específico otorgar la máxima publicidad a las
características urbanísticas, tanto de edificabilidad como de uso, de todos los
edificios y parcelas de titularidad municipal, lo que debería completarse con
la posibilidad de emitir un certificado electrónico de cada inmueble desde la
unidad de Patrimonio del Ayuntamiento, certificado que, además, debería tener
un efecto vinculante respecto a su contenido. Todo ello buscando dotar de una
mayor transparencia a la gestión de los inmuebles municipales. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: Calibri;"><b>2.- <u>Nuevo modelo de valoración de inmuebles y derechos de
naturaleza inmobiliaria:</u> </b></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">El artículo 20.q) del actual Reglamento
de Bienes establece entre los datos que obligatoriamente han de consignarse en
el Inventario municipal de bienes inmuebles “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">el valor que correspondería en venta al inmueble</i>”. Sin embargo, son
muy pocos los Ayuntamientos que disponen de un modelo de valoración
suficientemente potente y dinámico que les permita obtener, al menos una vez al
año, una valoración de todos los inmuebles municipales ajustada al valor de
mercado de los mismos.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">El sector de las PropTech,- las
tecnologías aplicadas al sector inmobiliario-ha alcanzado ya suficiente nivel
de madurez en España como para permitir disponer de esta información no sólo
anualmente, sino en ciclos temporales más cortos. Hay ya empresas que ofrecen
por un coste realmente accesible esta información, avalada con el informé
técnico imprescindible, con base en datos obtenidos del seguimiento constante
del mercado inmobiliario. Por otro lado, el inminente lanzamiento del “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">valor estadístico de mercado</i>”, que
anuncia la Dirección General del Catastro, permitirá disponer de un valor de
mercado actualizado de cada inmueble, también de los municipales. El nuevo Reglamento
de Bienes debería plantearse la regulación de modelos de colaboración
público-privada para que los Ayuntamientos pudieran beneficiarse de estas
fuentes de información, especialmente valiosas.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En esta línea de modernización de
los sistemas de valoración de inmuebles que precisan las entidades locales es
imprescindible contar con un modelo de definición del valor de inmuebles de
dominio público, -incluidas calles, parques, etc.-, basado en el valor de uso
de los mismos, con el fin de desarrollar la propuesta que se explica en el
siguiente punto. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Finalmente, y esto es crítico
dentro del proceso integral de saneamiento y transparencia de las Haciendas Locales
que se viene desarrollando en los últimos años, resulta absolutamente imprescindible
que estos valores de mercado permanentemente actualizados se integren como
valor oficial en la contabilidad municipal, con todos los efectos que se
derivan de ello. La nueva regulación de los bienes municipales que se propone
no debería nunca olvidar el valor de los mismos a estos efectos.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: Calibri;"><b>3.- <u>Derechos derivados del uso privativo de bienes
municipales:</u></b></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Un escenario dónde el actual Reglamento
de Bienes se ha quedado claramente anticuado es el relativo a la utilización
privativa de los espacios como calles, plazas, parques, etc. Son numerosos los
Ayuntamientos que cuentan con tasas de uso y ocupación de vías públicas mal
definidas y reguladas sobre esquemas sumamente rígidos, -basados en los muy
utilizados y anticuados “callejeros fiscales”-, lo que determina una muy baja
recaudación en relación con los rendimientos que generan. El mejor ejemplo lo
tenemos en las concesiones para la instalación de terrazas, hoy convertidas en locales
perfectamente climatizados y en uso 365 días al año, y en las que, en numerosos
casos, se genera una facturación muy superior a la obtenida dentro del propio
local del que dependen. Sin embargo, analizando los modelos aplicados en muchos
Ayuntamientos, se observan que los ingresos por las tasas de ocupación de vía
pública aplicadas no guardan relación con los beneficios obtenidos por el
concesionario. No existe, en definitiva, un adecuado equilibrio entre los
costes de la concesión y el beneficio generado, lo que daña el sistema de
ingresos municipales.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En el mismo sentido, los
Ayuntamientos encuentran dificultades para lograr una buena definición del
valor de uso temporal de bienes o servicios municipales con actividades que
generan lucro, tales como los rodajes cinematográficos, usos de teatros y
auditorios por empresas privadas, eventos desarrollados con ánimo de lucro
utilizando la vía pública, etc… . En estos casos no suelen existir criterios
técnicos realmente solventes y objetivos para definir la cuantía de las tasas
aplicables.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Un nuevo Reglamento de Bienes
debería abordar el tratamiento de estas cuestiones, incluyendo la definición de
un modelo que garantice la plena coordinación entre la gestión de los espacios
públicos realizada por las áreas de Patrimonio, y las consecuencias tributarias
que se derivan de la misma, y que han de regularse por la correspondiente
Ordenanza Fiscal.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: Calibri;"><b>4.- <u>Gestión “smart” de inmuebles y derechos municipales:</u></b></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Por la fecha de su redacción, el
actual Reglamento de Bienes no puede contemplar ninguna de las importantes
ventajas que la tecnología disponible aporta para la gestión eficiente de los
bienes y derechos municipales. En algún trabajo anterior ya describí el
importante valor que aporta a los servicios municipales la utilización de una
visión “smart” de la tecnología:</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: Calibri;"><a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/"><span style="color: #0563c1;">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/</span></a>
</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">No es posible detallar aquí todo
lo que aporta a la gestión de los bienes inmuebles municipales la utilización
de herramientas basadas en el geoposicionamiento y las cartografías digitales.
Basta por ahora con proponer que el nuevo Reglamento de Bienes debería aportar cobertura
normativa suficiente para la aplicación de las siguientes tecnologías:</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">A.- Generación obligatoria de un
Sistema de Información Geográfico Municipal, que ha de ser el soporte de los
modernos Inventarios de bienes, que integre la información de los inmuebles municipales,
agrupados según su clasificación, y de los derechos que recaen sobre los
mismos, así como de las infraestructuras y redes de titularidad municipal que
ocupan vuelo y subsuelo público. Estos Sistemas de Información Geográfica
patrimonial deben integrar, además, todos los elementos de equipamiento y
mobiliario urbano que resulten inventariables.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">B.-Aplicación de la metodología
BIM en el diseño, gestión, y mantenimiento de inmuebles e infraestructuras de
titularidad municipal. La Directiva 2014/24/UE insta a los países miembros de
la Unión Europea a implementar la metodología BIM (Building Information
Modelling) en todos los proyectos constructivos de financiación pública. Como
consecuencia de esta obligación, la metodología BIM es obligatoria para
licitaciones de edificación a partir de diciembre de 2018. Y todo hace prever
que en los próximos años esta obligación se extenderá a la totalidad de las
acciones de edificación, gestión y rehabilitación, tanto públicas como
privadas.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">BIM, o el Modelado de Información
para la Edificación, es una representación digital de las características
físicas y funcionales de un edificio, que permite además intercambiar
información a lo largo de su ciclo de vida, lo que lo hace indispensable para
todos aquellos que gestionan parques inmobiliarios importantes, como ocurre en
muchos Ayuntamientos. El nuevo Reglamento de Bienes debería tener en cuenta
estas circunstancias. Si quieres más información sobre BIM y administraciones
públicas: <a href="http://catastreros.blogspot.com/2017/12/bim-catastro-es-ya-la-hora-del-catastro.html"><span style="color: #0563c1;">http://catastreros.blogspot.com/2017/12/bim-catastro-es-ya-la-hora-del-catastro.html</span></a></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Finalmente, el nuevo Reglamento
de Bienes tendría que adaptarse a las visiones actuales de gestión de la
ciudad, entendida como una entidad dinámica en constante cambio, lo que afecta
muy directamente a la gestión diaria de calles, redes de servicios municipales,
o edificios municipales donde se prestan determinados servicios públicos. Para
ello será necesario que la nueva regulación entienda y apoye lo que aportan la geoanalítica,
la “localización inteligente” y el análisis deíctico de la ciudad, en la
gestión de todos los bienes inmuebles de titularidad municipal. Más información
sobre estos conceptos en:</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Localizacion-inteligente-Geoposicionas-o-geogestionas/"><span style="color: #0563c1; font-family: Calibri;">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Localizacion-inteligente-Geoposicionas-o-geogestionas/</span></a></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Analisis-deictico-de-la-ciudad-mediante-la-aplicacion-de-GIS-y-Big-Data/"><span style="color: #0563c1; font-family: Calibri;">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Analisis-deictico-de-la-ciudad-mediante-la-aplicacion-de-GIS-y-Big-Data/</span></a></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<br /></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: Calibri;"><b>5.- <u>Tratamiento de las colecciones de datos del municipio
como un activo valioso:</u></b></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Un territorio totalmente nuevo
respecto al actual Reglamento de Bienes es el que se abre con la consideración
de las colecciones de datos de titularidad municipal como un activo valioso e
inventariable. Muchas empresas conocen ya el valor de la información que
producen y gestionan y, sin embargo, las Administraciones Públicas y
especialmente las Administraciones Locales están ajenas a este debate. Como
consecuencia se desprecia e ignora el valor de un activo, - los datos que
produce y mantiene el Ayuntamiento-, que no sólo son valiosos, sino que también
pueden ser una fuente de ingresos municipales.<span style="margin: 0px;">
</span>Es un discurso recurrente y aceptado que los datos son la materia prima
de la nueva economía, y por ello los datos de los municipios no deberían quedar
fuera de esta visión. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Como consecuencia, un nuevo Reglamento
de Bienes debería impulsar la aplicación efectiva de políticas municipales
orientadas a tratar sus colecciones de datos como un activo y a facilitar su
reutilización, lo que exigirá su previo inventario, su valoración y el
desarrollo de plataformas adecuadas para facilitar el acceso.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En paralelo, esta estrategia
debería apoyar la definición de modelos que permitan la “monetización” de los
datos municipales, cuando los mismos son utilizados con fines lucrativos. Son
muchas las empresas que estarían dispuestas a pagar por información municipal
que abarca todo tipo de datos (socio-demográficos, de actividad económica, de
movilidad urbana, etc.) , siempre que esos datos fueran fiables, accesibles en
formatos estandarizados, y con garantía de su permanente actualización.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: Calibri;"><b>6.- <u>Coordinación con el modelo de gestión de inmuebles
municipal de los bienes y derechos asignados a las entidades dependientes del
municipio con personalidad jurídica diferenciada: </u></b></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Una nueva regulación de los
bienes municipales debería propiciar la plena coordinación dentro del esquema
de gestión del patrimonio municipal de todos los bienes y derechos adscritos a
las entidades dependientes del municipio dotadas de personalidad jurídica
diferenciada, cualquiera que sea su forma. En la actualidad empresas municipales
y otras formas de gestión desconcentrada gestionan los inmuebles que tienen
adscritos de una manera totalmente ajena a las estrategias comunes del
municipio. Como consecuencia no es extraño detectar inmuebles asignados a estas
entidades que se encuentran infrautilizados, o destinados a actividades que ya
se prestan en otros servicios. Por tanto, además de la obligación ya existente
de que cada uno de estos entes cuente con su propio Inventario de bienes,
debería establecerse la obligación de que todos estos inventarios se encuentren
debidamente coordinados entre sí.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Finalmente, y como tema jurídico
especialmente complejo, una nueva regulación de las formas de gestión de los
bienes municipales debería resolver un problema que, lamentablemente, no es
infrecuente en la actualidad. Se trata de los inmuebles, tanto de dominio
público como patrimoniales, que fueron en su día asignados a una entidad con
personalidad jurídica diferenciada, y que en la actualidad no pueden ser
gestionados por el Ayuntamiento al encontrarse en una situación de “bloqueo” porque
las empresas municipales se encuentran en liquidación o en régimen de
administración concursal. La falta de una normativa específica para los entes
locales, que habría de tener rango de Ley, hace que se apliquen las normas de
la legislación concursal, lo que supone en la práctica que el Ayuntamiento
pierde de hecho el control sobre esos bienes, y con ello la facultad de
resolver la cuestión de la deuda pendiente, o de poder destinar estos bienes a
otros fines. Es este un tema de gran calado, que requiere de un profundo
estudio y debate para buscar una solución distinta de la actual, claramente
insatisfactoria tanto para los acreedores como para el municipio del que
depende la empresa pública quebrada.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Como conclusión, es evidente que
el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 1986 es absolutamente
insuficiente para dar la adecuada cobertura normativa a la gestión que
actualmente debe desarrollarse desde los Ayuntamientos. Es urgente la
aprobación de una norma que abarque el problema de la gestión de los bienes y
derechos de las entidades locales al menos desde tres puntos de vista:</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-En primer lugar, integrando en
el inventario de bienes y derechos todos aquellos de nueva configuración
surgidos con posterioridad a la aprobación del Reglamento actual.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-En segundo lugar, desarrollando
el marco jurídico adecuado para lograr la plena y definitiva integración entre
la gestión del patrimonio municipal y la gestión urbanística, rompiendo las
barreras actualmente existentes en muchos Ayuntamientos.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">-Y en tercer, pero en absoluto en
último lugar, creando un nuevo Reglamento concebido como una norma que permita
gestionar con el apoyo de las nuevas tecnologías, aportando a las entidades
locales la capacidad y flexibilidad para seguir los cambios que las mismas
imponen.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Finalmente es relevante señalar
que el alcance de las reformas necesarias requerirá en algún caso de una norma
con rango de Ley. Esto significa trasladar la propuesta de adaptación también a
la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, cuyos escasos cinco artículos (del 79
al 83) son claramente insuficientes para regular este importante tema.</span></div>
Unknownnoreply@blogger.com2tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-45112286796852407012018-11-08T19:16:00.002+01:002018-11-09T15:12:24.807+01:00¿Qué está frenando la aplicación del RGPD en los municipios?<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Con motivo de mi participación en
distintas jornadas de formación sobre el RGPD impartidas en algunas Comunidades
Autónomas, Municipios y Consejos Insulares, he tenido ocasión de conocer cómo se
está viviendo la implantación de la nueva normativa de protección de datos en
la Administración Local. El seguimiento del tema en redes sociales en las que
habitualmente participan funcionarios de estas administraciones, y la
experiencia como Delegado de Protección de Datos de un gran municipio de la
periferia de Madrid, me permiten completar una primera impresión sobre la forma
en que se está desarrollando la implantación del RGPD. Y esta primera impresión
no puede decirse que sea muy positiva puesto que, en general, cabe señalar que
se aprecia una importante demora en la aplicación del Reglamento en la
Administración Local. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">¿A qué se debe esta ralentización?
Hay seis grupos de razones que pueden explicarlo:</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><b style="mso-bidi-font-weight: normal;">1.- Exceso de normativa innovadora:</b> Es evidente que las
Administraciones Públicas españolas están viviendo en estos últimos años un
auténtico aluvión de nuevas normas con un importante contenido transformador,
que están siendo muy difíciles de digerir. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Estas normas exigen profundas
transformaciones en temas tan críticos como la relación preferente con los
ciudadanos a través de la tecnología, los esquemas de la contratación pública, la
plena aplicación de políticas de transparencia, o el refuerzo de los modelos de
seguridad en la gestión de la información mucho más exigentes. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">La práctica totalidad de estas
nuevas Leyes comparten tres características comunes: En primer lugar, en casi
todos los casos provienen de normativa generada en la Unión Europea, y por
tanto derivada de proyectos que no nacen en los escenarios sobre los que van a
ser aplicadas. En segundo lugar, no imponen a los Gobiernos que tienen que
aplicarlas la obligación de definir cómo financiar los nuevos modelos que se
han de establecer, ignorando que todo proceso de transformación digital
requiere inversión, al menos en una primera fase. Y en tercer lugar, establecen en
algunos casos graves efectos jurídicos sobre los procedimientos que no las
apliquen en el plazo definido. Ya lo estamos viendo en temas concretos, como
los procesos de contratación publica o el registro electrónico.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Como consecuencia de lo anterior,
los responsables de las Administraciones Públicas han de elegir dónde aplicar
sus recursos limitados, y en muchos casos gravemente dañados tras la crisis, y
lo hacen en detrimento de aquellas transformaciones donde, según su parecer, existe
menos riesgo o una menor presión. En este grupo de “menos riesgo” se encuentran
las iniciativas que han de producirse como consecuencia de la entrada en vigor
del RGPD. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><b style="mso-bidi-font-weight: normal;">2.- Complejidad jurídica y técnica: </b>La complejidad del RGPD no es
un tema menor. La propia “digestión” de la norma europea, que en su versión
española sufre de una traducción mejorable, se hace difícil debido a la
introducción de criterios novedosos y necesitados de estudio. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Además, llega en un momento donde
existe una importante confusión en la sociedad sobre cómo aplicar conceptos que
no siempre están siendo bien entendidos. El ejemplo más claro de esto es la
cuestión del consentimiento y su aplicación como base jurídica para el
tratamiento de datos protegidos en el ámbito de las Administraciones Públicas,
y especialmente en los municipios. En este momento existe, a mi juicio, una generalizada
y errónea interpretación del Reglamento por parte de algunos funcionarios, otorgando
al consentimiento un valor superior a otras bases jurídicas que deberían ser de
aplicación preferente, como el cumplimiento de una obligación legal, o la
atención a una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes
públicos conferidos al Ayuntamiento. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Otros ejemplos de esta
complejidad técnica serían la introducción de las ideas de “análisis de
riesgos”, o “evaluación de impacto”, metodologías que están aún lejos de ser
aplicadas en el mundo municipal español con la debida naturalidad.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><b style="mso-bidi-font-weight: normal;">3.- Estructuras tecnológicas débiles: </b>La plena y correcta
implantación del RGPD requiere de infraestructuras tecnológicas potentes, en
sus tres niveles de equipos, sistemas y recursos humanos. No es un secreto que
la reciente crisis ha impedido el desarrollo de inversiones sostenibles en
tecnología en los últimos años en muchos municipios, y que esto ha debilitado
sus capacidades para responder a retos tecnológicos tan importantes como los
que se derivan de la aplicación del RGPD.<span style="margin: 0px;">
</span>Creo no exagerar si afirmo que la seguridad tecnológica en muchos
Ayuntamientos está muy lejos de unos niveles aceptables. No es raro que datos
tan delicados como los asociados a violencia de género, sanciones
administrativas, o relativos a menores, - que requerirían niveles adicionales
de protección según el Reglamento-, sean gestionados con un viejo PC, conectado
a internet y con diversos puertos de acceso, y sin más protección que las
claves generales del usuario.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En este sentido, la oferta de las
empresas tecnológicas que habitualmente prestan servicios a los municipios
tampoco parece haber entendido esta situación. Centradas en la cuestión del
expediente electrónico, y en urgencias como las asociadas a la implantación de
la nueva normativa de contrato públicos, no están siendo capes de construir
propuestas tecnológicas y financieras atractivas, que inciten a los
Ayuntamientos para apoyarse en ellas en el proceso de implantación del RGPD.</span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh0SwvjF172XXMBBuzhjeP296sOGhcW1COKunH6zvkHouDa1XIf9aICZ-_oWEGvQDTIOyVy9ePlYhTT9m8lulLpUdywQj7CjVNdqqv96Vxs4Zqv7AjvnzlxLKGwvwfSNlhRSDXj43-G4mxK/s1600/freno+RGPD.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="940" data-original-width="1559" height="240" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh0SwvjF172XXMBBuzhjeP296sOGhcW1COKunH6zvkHouDa1XIf9aICZ-_oWEGvQDTIOyVy9ePlYhTT9m8lulLpUdywQj7CjVNdqqv96Vxs4Zqv7AjvnzlxLKGwvwfSNlhRSDXj43-G4mxK/s400/freno+RGPD.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><br /></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><b style="mso-bidi-font-weight: normal;">4.- Bajo compromiso de Diputaciones Provinciales y Comunidades
Autónomas</b>: Las anteriores circunstancias impactan especialmente sobre el
pequeño y mediano municipio, en los que se acrecientan las limitaciones de recursos
tecnológicos potentes y de empleados públicos preparados y formados para asumir
esta normativa. Este es un ejemplo claro en el que estas limitaciones deberían
ser suplidas con decisión a través de servicios de apoyo instrumentados por las
Diputaciones Provinciales y las Comunidades Autónomas uniprovinciales. Sin
embargo, esto no está sucediendo. Al menos, no de forma generalizada.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Son muy escasos los ejemplos en
los que se aprecian iniciativas decisivas y potentes de las instituciones
citada apoyando la implantación del RGPD en pequeños y medianos municipios. Ni
siquiera en una cuestión tan nítida, como es el caso del apoyo para la
designación de Delegados de Protección de Datos, muchas <a href="https://www.blogger.com/null" name="_Hlk529462833">Diputaciones
Provinciales y Comunidades Autónomas uniprovinciales</a> están proponiendo
soluciones. Incluso, desde alguna de ellas se sugiere la contratación de estos
servicios con agentes privados externos, figura admitida por el Reglamento,
pero que a mi juicio es muy desaconsejable. Al menos tanto como contratar el
control financiero municipal con una empresa externa.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Es igualmente cierto que se están
desarrollando algunas acciones de formación sobre esta cuestión dirigidas a empleados
municipales. Pero estas medidas son insuficientes. Sin el apoyo decidido por
parte de Diputaciones Provinciales y Comunidades Autónomas uniprovinciales, la
implantación del RGPD en estos entornos se demorará muchos años. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><b style="mso-bidi-font-weight: normal;">5.- Insuficiente implicación de los funcionarios: </b>Los anteriores
elementos definen un escenario en el que los funcionarios se ven muy poco
motivados a involucrarse. Además, no se percibe claramente que el propio
Reglamento busca una responsabilidad y un compromiso directo e inmediato de
cada uno de los empleados que gestionan datos protegidos, debiendo ser cada uno
de ellos capaz de aplicar los criterios y límites derivados del RGPD en los
distintos expedientes que gestionan o de los que son responsables. En definitiva,
la cuestión de la protección de datos personales se ve en muchos casos como
algo ajeno, de lo que debe encargarse el Delegado de Protección de Datos, si
está nombrado, y que no va a ser objeto de atención mientras no “haya ruido”.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Como consecuencia de ello, el
esquema básico de la “responsabilidad proactiva” basada en los principios de
protección de datos desde el diseño y de protección de datos por defecto, no es
aplicado, -y en muchos casos ni conocido-, en muchos Ayuntamientos, casi seis
meses después de la aplicación plena del Reglamento. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><b style="mso-bidi-font-weight: normal;">6.- Escaso liderazgo político</b>: Finalmente, aunque no es un tema en
absoluto menor, creo no equivocarme mucho si afirmo que la cuestión de la
protección de los datos personales en los Ayuntamientos no está entre las prioridades
de los responsables políticos municipales. Me atrevería a decir que ni siquiera
está en su agenda.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Como consecuencia, no están
definidas propuestas para su implantación, ni asignados recursos financieros, tecnológicos
o humanos para ello. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Aquí aparece una labor de concienciación
de los responsables políticos municipales que debería ser liderada por varias
instituciones clave: por un lado, por la Federación Española de Municipios y Provincias,
ejerciendo su papel influyente sobre los Alcaldes. Pero también, mediante el
impulso de iniciativas valiosas por parte de los responsables políticos de
Diputaciones Provinciales y Comunidades Autónomas uniprovinciales, asumiendo
que, sin su apoyo, se va a ralentizar enormemente la aplicación del Reglamento en
el mediano y pequeño municipio.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Como concusión, seis meses después
del inicio de la plena aplicación del RGPD, parece evidente que se está
produciendo una preocupante demora en su implantación en el mundo municipal. En
las líneas anteriores se describen seis grupos de razones que producen esta
situación. Es la presencia concurrente de varias o de todas ellas la que está
produciendo este resultado, que solo va a poder superarse eficazmente con la aplicación
de distintas de iniciativas, desde distintos orígenes.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Ante esta situación sin duda está
llamada a actuar la propia Agencia Española de Protección de Datos, que debe
crear y disponer de una unidad especializada que de apoyo a los municipios, realice
el seguimiento de la implantación del Reglamento en estos escenarios, y estimule,
- con todos los recursos a su alcance-, iniciativas en los Ayuntamientos para lograr
su aplicación efectiva.<span style="margin: 0px;"> </span></span></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><span style="font-family: "calibri";"></span>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-64624917451482312622018-10-01T13:29:00.000+02:002018-10-01T13:29:25.797+02:00Del DPD (Delegado de Protección de Datos) al CDO (Chief Data Officer ). Transformando los Ayuntamientos a través de la gestión eficiente del dato.<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Son muchos los que han estudiado el
ya famoso “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL
PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales</i>…”, pero son muy pocos los que han reflexionado seriamente sobre una
parte sustancial del mismo, que aparece en el propio título de la norma: “…..<i style="mso-bidi-font-style: normal;">la libre circulación de estos datos”.</i></span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">He leído numerosas opiniones,
artículos y publicaciones especializadas en las que se trata con detalle la parte
de la regulación orientada a la protección de los datos personales -fundamentalmente
a partir de la posición de “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">cómo evitar
el acceso a los mismos</i>”-, y en cambio son prácticamente inexistentes las
aportaciones que se centran en estudiar cómo facilitar la circulación de esta
información, en los términos deseados por el propio Reglamento.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">El escenario actual relativo a la
relación que los ciudadanos y las Administraciones Públicas deben establecer
sobre los datos que gestionan estas últimas está viviendo un periodo claramente
convulso, debido a la sobreabundancia de normas en apariencia contradictorias y
muy difíciles de digerir. A los criterios sobre Protección de Datos Personales
desarrollados por el Reglamento se vienen a sumar las exigencias de
Transparencia establecidos en la Ley 19/2013, el Derecho de Acceso al dato
gestionado por las Administraciones Públicas<span style="margin: 0px;">
</span>de la Ley 39/2015 (con su versión al acceso mediante procedimientos
electrónicos definido en la Ley 11/2007), el derecho a la Reutilización a la
información del sector público establecido en la Ley 37/2007, o las
limitaciones para acceder a algunos datos específicos, como es el
caso de los tributarios o determinados datos medioambientales.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En definitiva, estamos inmersos
en una “ensalada” de normas relacionadas con la gestión de los datos que gestionan
las Administraciones Públicas que hace muy difícil recordar dos criterios
básicos que no deberían olvidarse:</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-El primero de ellos es que, en
gran medida, la libertad de los ciudadanos en el ámbito de las relaciones con
la Administración Pública, se construye desde el acceso a la información y la
transparencia.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-Y el segundo es que los datos
públicos son un activo valioso. Al menos tan valiosos como los edificios
públicos, las autopistas o los aeropuertos. Los datos gestionados por los Ayuntamientos
pueden generar crecimiento y desarrollo económico, y ser la base de nuevos
productos y servicios con gran valor añadido, cuando empresas y ciudadanos
acceden a ellos y los pueden reutilizar.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Obviamente, no todos los datos
deben ser accesibles por todo el mundo. Criterios como la anonimización pueden
y deben ser aplicados para convertir datos personales protegidos en información
agregada y abierta para todo tipo de usos.</span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhXTNwBPCfV5trfhEhosEiKLPZvY_eCN60kW3nb-cXq9uvz4dFTqQubu7l2KLnMCZQZi9gUPrCDXwkJ6xIq3pXcO5ksWkM45u__h32n4xV17BCljVJnMjvmIEZt6d3-wC561YIo3hvFOARq/s1600/CDO.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="954" data-original-width="1600" height="237" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhXTNwBPCfV5trfhEhosEiKLPZvY_eCN60kW3nb-cXq9uvz4dFTqQubu7l2KLnMCZQZi9gUPrCDXwkJ6xIq3pXcO5ksWkM45u__h32n4xV17BCljVJnMjvmIEZt6d3-wC561YIo3hvFOARq/s400/CDO.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><br /></span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Tanto el Reglamento como muchos
de los autores que han estudiado su impacto concluyen sus aportaciones
coincidiendo en que la aplicación de los criterios recogidos en la norma debe
de basarse en la ponderación. Entre las varias acepciones que recoge la Real
Academia Española del término “ponderación” se incluye una que me parece
especialmente válida: “Compensación o equilibrio entre dos pesos”. La
ponderación aplicada en el ámbito de los datos gestionados por los servicios
públicos supondrá que habrá de buscarse en cada caso un equilibrio adecuado
entre los principios de protección de datos, y los de transparencia y reutilización
de la información. Para lograr este equilibrio serán necesarias tres acciones
bien diferenciadas que han de impulsarse desde los Ayuntamientos:</span><span style="font-family: "calibri";"><br /></span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-En primer lugar, deben
concienciarse del enorme valor que tiene la información que gestionan, como
herramienta de apoyo a la propia gestión y también como activo al servicio de la
sociedad.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-En segundo lugar, deben
desarrollarse políticas públicas proactivas, - (mi nuevo concepto del acrónimo
PPP), que utilicen la multitud de datos disponibles para diseñar, aplicar y
controlar más eficazmente los servicios públicos. Para ello se debe abordar sin
complejos la utilización de herramientas y tecnologías capaces tanto de tratar
grandes volúmenes de datos como de generar perfiles válidos de los ciudadanos,
que permitan planificar mejor los servicios, prever con garantía las futuras
demandas y riesgos, y estructurar campañas de información útiles.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-Y en tercer, pero en absoluto en
último lugar, debe redefinirse el papel de los funcionarios municipales para
que desarrollen eficazmente este papel de “facilitadores” del uso del datos
públicos, formando adecuadamente a quienes deben “ponderar” en cada caso los
principios aplicables.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">La gestión eficiente del dato puede
ser una de las grandes palancas para lograr la transformación de la
Administración Pública. La transformación del sistema de ingresos de los
municipios a través de “smart taxes”</span><a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=6042757543311759448#_ftn1" name="_ftnref1" style="mso-footnote-id: ftn1;" title=""><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="font-family: "calibri" , sans-serif; font-size: 11pt; line-height: 107%; margin: 0px;"><span style="color: #0563c1;">[1]</span></span></span></span></span></a><span style="font-family: "calibri";">,
la implementación de las nuevas “políticas sociales” que deberían centrarse más
en prevenir (riesgos de exclusión, maltrato, abandono escolar, etc.) que en
corregir, o una urgente y profunda redefinición del concepto de planeamiento y
gestión urbanística mediante aplicación real de técnicas de geoanalítica </span><a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=6042757543311759448#_ftn2" name="_ftnref2" style="mso-footnote-id: ftn2;" title=""><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="font-family: "calibri" , sans-serif; font-size: 11pt; line-height: 107%; margin: 0px;"><span style="color: #0563c1;">[2]</span></span></span></span></span></a><span style="font-family: "calibri";">,
son ejemplos claros de esta transformación necesaria que pueden y deben abordar
los municipios, apoyándose<span style="margin: 0px;"> </span>entre otros
elementos en los datos que gestionan.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En este escenario la figura del
Delegado de Protección de Datos (DPD) se queda muy corta, y surge con fuerza la
necesidad de que en todos los grandes municipios exista un responsable de la
gestión integral del dato (Chief Data Officer municipal). Debería existir en
todos ellos una figura altamente especializada cuya misión consistiría en el
diseño, implementación y monitorización de todas las actividades municipales en
las que el dato fuera relevante, impulsando la reutilización de la información,
apoyando la aplicación de tecnologías que faciliten su análisis y explotación
por los servicios municipales y, por supuesto, protegiendo al mismo tiempo
aquellos datos que merezcan protección. Al tratarse de una actividad
transversal y de impacto sobre todos los servicios municipales, su papel sería
decisivo como motor para la transformación digital del municipio. Al CDO
municipal sería, finalmente, a quien correspondería la aplicación del principio
de ponderación al que antes nos hemos referido.</span></div>
<div style="mso-element: footnote-list;">
<hr align="left" size="1" width="33%" />
<div id="ftn1" style="mso-element: footnote;">
<div style="margin: 0px;">
<a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=6042757543311759448#_ftnref1" name="_ftn1" style="mso-footnote-id: ftn1;" title=""><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="font-family: "calibri" , sans-serif; font-size: 10pt; line-height: 107%; margin: 0px;"><span style="color: #0563c1;">[1]</span></span></span></span></span></a><span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: "calibri";"> <a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/"><span style="color: #0563c1;">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/</span></a></span></span></div>
<div style="margin: 0px;">
<br /></div>
</div>
<div id="ftn2" style="mso-element: footnote;">
<div style="margin: 0px;">
<a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=6042757543311759448#_ftnref2" name="_ftn2" style="mso-footnote-id: ftn2;" title=""><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="margin: 0px;"><span style="font-family: "calibri" , sans-serif; font-size: 10pt; line-height: 107%; margin: 0px;"><span style="color: #0563c1;">[2]</span></span></span></span></span></a><span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: "calibri";"> <a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Analisis-deictico-de-la-ciudad-mediante-la-aplicacion-de-GIS-y-Big-Data/"><span style="color: #0563c1;">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Analisis-deictico-de-la-ciudad-mediante-la-aplicacion-de-GIS-y-Big-Data/</span></a></span></span></div>
<div style="margin: 0px;">
<br /></div>
</div>
</div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-83373143153800021202018-08-31T15:11:00.001+02:002018-09-03T09:43:12.228+02:00De la “regularización catastral” al “borrador de declaración catastral”. (Porque es mejor para Hacienda ayudar a los ciudadanos a cumplir sus obligaciones tributarias que perseguirlos por no hacerlo).<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En un reciente artículo publicado
en el diario digital “El Confidencial” <span style="margin: 0px;"> </span>(“<i style="mso-bidi-font-style: normal;">El <span style="margin: 0px;"> </span>catastrazo póstumo de Montoro se ceba con
Córdoba, Toledo, Badajoz y Sevilla</i>” <a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2018-08-23/catastrazo-postumo-montoro-cordoba-toledo-sevilla_1606580/"><span style="color: #0563c1;">https://www.elconfidencial.com/economia/2018-08-23/catastrazo-postumo-montoro-cordoba-toledo-sevilla_1606580/</span></a>
) vuelve a tratarse el tema de la “regularización catastral”, proceso que se
viene desarrollando en los últimos años y que tiene por objetivo identificar
inmuebles que no se encontraban bien declarados en el Catastro para actualizar la
información, lo que permite definir con exactitud las obligaciones fiscales que
se derivan de esta situación. Esta actualización suele producir incrementos en
la cuota de diversos impuestos, especialmente en el IBI.<span style="margin: 0px;"> </span>El proceso es incuestionable en términos de justicia
tributaria, puesto que regulariza la situación de aquellos propietarios que
viene pagando históricamente menos de lo que les corresponde, al haber omitido
involuntariamente u ocultado al Catastro los cambios producidos en sus
inmuebles por nuevas construcciones, reformas, ampliaciones, rehabilitaciones,
etc.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">El procedimiento no deja de ser
una “amnistía fiscal generalizada”, puesto que con el pago de los 60€ de la
Tasa de Regularización Catastral se evitan las sanciones que se derivarían de
un procedimiento inspector. Siendo una solución sumamente “práctica”,
supone <i style="mso-bidi-font-style: normal;">de facto</i> un reconocimiento de la
ausencia de inspección catastral, actividad que la Dirección General del
Catastro no ha sido capaz de poner en marcha eficientemente, por distintos
motivos. <span style="margin: 0px;"> </span>Por cierto, ¿tiene sentido
seguir negándose desde el centro directivo a la delegación de las funciones de
inspección catastral a todos aquellos Ayuntamientos que quieren desarrollarla y
tienen los medios para hacerlo? .</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Dejando aparte la utilidad del
modelo, lo cierto es que la “regularización catastral” no deja de ser una
fuente constante de noticias que trasladan una imagen negativa e injusta de la
Dirección General del Catastro, puesto que abonan el campo a un tratamiento
populista y de muy escaso rigor técnico por parte de algunos medios
informativos, que suelen presentar como “victima” al propietario que de forma consciente
o involuntaria incumplió sus obligaciones tributarias, y convertir en genéricas
anécdotas que nunca tiene una repercusión tributaria real. Como ejemplo, la “secuela”
que el mismo diario digital “El Confidencial” publicó respecto al artículo
citado (“<i style="mso-bidi-font-style: normal;">La subcontrata de Hacienda que
'multa' por toldos y canastas factura a comisión”)</i></span><span style="font-family: "calibri";"><span style="margin: 0px;">https://www.elconfidencial.com/economia/2017-05-21/hacienda-penarroya-toldos-regularizacion-inmuebles-catastro_1381421/</span></span><span style="font-family: "calibri";"><span style="margin: 0px;"><br /></span></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">La noticia publicada por “El
Confidencial” concluye con esta información: “La nueva ministra de Hacienda,
María Jesús Montero, continuará con el plan de control iniciado por el
exministro Cristóbal Montoro para el período 2013-2018. “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">La idea es estandarizar el proceso a partir del año que viene, de
manera que deje de ser una campaña extraordinaria</i>”, confirma el nuevo
equipo del Ministerio de Hacienda a El Confidencial.”</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">La propuesta de que un “Plan de
regularización” deje de ser una “campaña extraordinaria”, para convertirse en
un procedimiento ordinario nos lleva a plantear de nuevo una cuestión a la que ya
dedicamos alguna entrada en este blog, <i style="mso-bidi-font-style: normal;">(¿Deberían
perfeccionarse algunos “procedimientos de comunicación catastral” con un
trámite de confirmación del “borrador de declaración catastral</i>”?. <span style="margin: 0px;"> </span><a href="http://catastreros.blogspot.com/2016/06/deberian-perfeccionarse-algunos.html"><span style="color: #0563c1;">http://catastreros.blogspot.com/2016/06/deberian-perfeccionarse-algunos.html</span></a> </span><span style="font-family: "calibri";">en la que defendíamos la
necesidad de poner ya en marcha una reforma en profundidad de los procedimientos
aplicados en el Catastro para mantener actualizada su base de datos de inmuebles
y propietarios, superando los actuales modelos de “Declaración” por obra nueva,
rehabilitación o transformación, y ampliando en su lugar la posibilidad de que
esta información se actualizase por “Comunicación” de esos datos por los
Ayuntamientos, otras Administraciones, Notarios o Registradores.</span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgXVa85WFlFZaqG7c5p1exwxuQNeQXH2bhuPW7sFThrwxY1a3wf4azUCfNO6JyqaHdVZ-C3IVsVpWfjNle4a8MHUY9Od7LT71VrEkB3hh48Zn_SmkLgPelvpoO3qMR9d5Eo1joAMA7dCsc0/s1600/Imagen1.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="403" data-original-width="614" height="262" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgXVa85WFlFZaqG7c5p1exwxuQNeQXH2bhuPW7sFThrwxY1a3wf4azUCfNO6JyqaHdVZ-C3IVsVpWfjNle4a8MHUY9Od7LT71VrEkB3hh48Zn_SmkLgPelvpoO3qMR9d5Eo1joAMA7dCsc0/s400/Imagen1.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><br /></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Nos preguntábamos en esta entrada
si tiene cabida en el ámbito de las declaraciones catastrales que impliquen
alteraciones físicas de los inmuebles una figura equivalente al “borrador” que
ya se utiliza desde hace años en los procesos de declaración del Impuesto sobre
la Renta, y añadíamos:</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<i style="mso-bidi-font-style: normal;"><span style="font-family: "calibri";">De forma resumida, el “borrador” de declaración del Impuesto sobre la
Renta es un procedimiento seguido por la Agencia Tributaria en el cual se
presenta al contribuyente una propuesta de declaración tributaria, elaborada
por la propia Agencia con los datos que ya tiene en su poder. El contribuyente
valora estos datos y muestra su conformidad o disconformidad con el “borrador”,
con lo que se facilita enormemente al ciudadano el cumplimiento de su
obligación de declarar. Se trata de un servicio de gran éxito que añade
transparencia y seguridad jurídica, al tiempo que facilita al máximo el
cumplimiento de la obligación de declarar.</span></i></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<i style="mso-bidi-font-style: normal;"><span style="font-family: "calibri";">En este escenario no carece de interés plantearse si no sería adecuado
completar el “procedimiento de comunicación” (especialmente de datos físicos)
mediante una figura equivalente al “borrador de declaración” al que antes nos
hemos referido. Un “borrador de declaración catastral” que sería elaborado por
las mismas entidades que inician los “procedimientos de comunicación”, pero que
tendría un valor añadido respecto a la situación actual: al tener que someterse
a un trámite previo de “confirmación del borrador” por el ciudadano se estaría
garantizando que, en todo caso, se produce una notificación formal de los datos
que luego se remitirán al Catastro, …..”.</span></i></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En otras entradas de este blog ya
he reiterado mi opinión respectó a que en los procesos catastrales deben
incorporarse sin demora todas aquellas técnicas que permiten la actualización
del Catastro mediante el tratamiento automatizado de los datos de los inmuebles
que tienen en su poder Ayuntamientos y otras Administraciones. Si un
Ayuntamiento tiene todos los datos detallados de un inmueble que va a ser
construido y al que acaba de otorgar una licencia de obra o de primera
ocupación, ¿no debería generarse automáticamente un “borrador de Declaración Catastral”
con esta información, que el propietario sólo tendría que confirmar, al igual
que hace con la declaración de la Renta, y facilitar así el alta inmediata del
nuevo inmueble en Catastro? .</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px;">
<span style="font-family: "calibri";">Con la puesta en práctica de esta iniciativa se lograrían
tres objetivos prioritarios:</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-En primer término, se reducirían
significativamente la carga que recae sobre los propietarios de los inmuebles
desde el punto de vista de las obligaciones formales, y se facilitaría al
máximo el cumplimiento de los trámites a realizar ante el Catastro, puesto que
se limitarían a la mera confirmación del “Borrador de declaración catastral”
que se les remitiría. Si este procedimiento ha sido un éxito en el IRPF, ¿por
qué no puede serlo respecto al Catastro?.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-En segundo lugar, se daría un
paso muy importante en la calidad de la actualización de la información que
figura en la base de datos del Catastro. No habría que esperar años a que se
desarrollase un Plan de Regularización Catastral en el municipio, puesto que la
información se podría actualizar en paralelo a la concesión de las licencias de
obra o primera ocupación. Como consecuencia, se produciría una repercusión
inmediata en el incremento de la base imponible de distintos impuestos, y especialmente
del IBI.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">-Y en tercer lugar, se avanzaría
significativamente en la coordinación de las áreas municipales de Urbanismo y
Hacienda, muy frecuentemente alejadas entre ellas, lo que repercute muy
negativamente en la gestión eficaz de distintos tributos.</span></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><span style="font-family: "calibri";"></span>Unknownnoreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-84661971080174484312018-07-31T11:11:00.001+02:002018-07-31T11:11:44.196+02:00La “crisis del impuesto de plusvalía” y su impacto sobre los modelos oficiales de definición del valor de los inmuebles con fines tributarios, especialmente el valor catastral.
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En los cursos de formación
directiva, y en otros entornos donde se estudian métodos para la toma de
decisiones, se utiliza habitualmente la conocida historia del granjero, el
cerdo y la gallina, para ayudar a definir cuándo un determinado problema
simplemente afecta a una organización, o cuándo la sitúa ante un verdadero
compromiso que amenaza su estabilidad y, acaso, su continuidad.<span style="margin: 0px;"> </span>Según esta historia, un granjero se despierta
una mañana y decide desayunar huevos con beicon. A partir de esta decisión, se
plantea una pregunta importante: ¿Qué animal, - el cerdo o la gallina-, está simplemente
afectado por esta decisión y cuál se encuentra realmente comprometido con la
misma?.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Las recientes y conocidas
sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo relacionadas con
el método que ha de utilizarse para identificar si existe o no un auténtico
incremento del valor – una plusvalía-<span style="margin: 0px;">
</span>que debe ser sometido a tributación, que permiten romper mediante prueba
en contrario la presunción legal que se derivaba de la aplicación del modelo
definido en el artículo 110.4 del TRLHL, han supuesto una profunda convulsión
en el sistema tributario local.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Una breve observación de cómo han
impactado estas sentencias en la liquidación del impuesto sobre el incremento
del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), - habitualmente
conocido como “impuesto de plusvalía”-, nos permite afirmar que se ha abierto
un espacio de notable inseguridad jurídica en los municipios. Son ya muchos los
que están adoptando acuerdos, probablemente injustificados pero fruto de esta
inseguridad, en los que se propone si no suspender, si al menos “ralentizar”
nuevas liquidaciones del impuesto hasta que se aclare definitivamente la
cuestión una vez aprobada la iniciativa legislativa oportuna.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;"><span style="margin: 0px;"> </span>Aunque la sentencia del Tribunal Supremo permite
no acceder a la rectificación de las autoliquidaciones del IIVTNU y, por tanto,
a la devolución de los ingresos efectuados por dicho concepto, en aquellos
casos en los que no se acredita por el obligado tributario la inexistencia de
incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, la declaración de nulidad
total del artículo 110.4 del TRLHL posibilita que los obligados tributarios
puedan probar la inexistencia de un aumento del valor del terreno ante la
Administración municipal o, en su caso, ante el órgano judicial.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">El Fundamento Jurídico 7.º de la
Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2018, fija los siguientes
criterios interpretativos: el artículo 110.4 del TRLHL es inconstitucional y
nulo en todo caso (inconstitucionalidad total) porque, como señala la STC
59/2017, «<i style="mso-bidi-font-style: normal;">no permite acreditar un
resultado diferente al resultante de la aplicación de las reglas de valoración
que contiene</i>», o, dicho de otro modo, porque «<i style="mso-bidi-font-style: normal;">impide a los sujetos pasivos que puedan acreditar la existencia de una
situación inexpresiva de capacidad económica (SSTC 26/2017 , FJ 7, y 37/2017 ,
FJ 5)</i>». </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">¿Cabe aplicar un criterio similar
en el caso del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)? .</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">El artículo 65 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, señala que la base imponible de
este impuesto estará constituida por el valor catastral de los bienes
inmuebles, que se determinará, notificará y será susceptible de impugnación
conforme a lo dispuesto en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Aplicando este criterio, en el párrafo
2 del Artículo 23 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, se
definen los criterios y límites del valor catastral, señalándose expresamente
que “ <i style="mso-bidi-font-style: normal;">El valor catastral de los inmuebles
no podrá superar el valor de mercado, entendiendo por tal el precio más
probable por el cual podría venderse, entre partes independientes, un inmueble
libre de cargas, a cuyo efecto se fijará, mediante orden del Ministro de
Hacienda, un coeficiente de referencia al mercado para los bienes de una misma
clase.”</i></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Se completa esta definición con
el párrafo 3 del mismo artículo cuando dice: <i style="mso-bidi-font-style: normal;">“Reglamentariamente, se establecerán las normas técnicas comprensivas
de los conceptos, reglas y restantes factores que, de acuerdo con los criterios
anteriormente expuestos y en función de las características intrínsecas y
extrínsecas que afecten a los bienes inmuebles, permitan determinar su valor
catastral”.</i></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Es decir, que el “valor de
mercado” fijado a efectos del IBI, el cual no podrá ser superado por el “valor
catastral”, ha de determinarse preceptivamente mediante un procedimiento
reglado y rígido, establecido por la norma, y sin que sea posible por parte del
contribuyente “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">acreditar un resultado
diferente al resultante de la aplicación de las reglas de valoración que
contiene</i>”, por usar las mismas palabras de la sentencia del Tribunal
Supremo.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">¿Estamos ante una inminente declaración
de inconstitucionalidad de los artículos que definen el modelo reglado que ha
de aplicarse para definir el valor catastral?. Volviendo a la historia con la
que abrimos esta entrada, ¿está la Dirección General del Catastro sólo “implicada”,
o realmente “comprometida” con esta amenaza?.</span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjAewLUNZmdNeVG_1Y6IF3rHBpiD_q0Vm_Ho5Id8CRLVtfCfmscBxgEo1euGP5_7etGA1l5cQZIRqGok8zHc2sju8otxA2wC2GlVSQnqUQhRVEKNhv03A1awWz4TDMRH5wkKh3SobaxE_uK/s1600/alarma.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="872" data-original-width="1600" height="217" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjAewLUNZmdNeVG_1Y6IF3rHBpiD_q0Vm_Ho5Id8CRLVtfCfmscBxgEo1euGP5_7etGA1l5cQZIRqGok8zHc2sju8otxA2wC2GlVSQnqUQhRVEKNhv03A1awWz4TDMRH5wkKh3SobaxE_uK/s400/alarma.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;"><br /></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En el año 2015 y en este mismo
blog ya puse de manifiesto mi opinión sobre el “envejecimiento” del modelo de
valoración catastral, en la entrada titulada “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">Del “IBI social” al fortalecimiento integral de las áreas económicas de
los municipios.”.</i></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<a href="http://catastreros.blogspot.com/2015/09/del-ibi-social-al-fortalecimiento.html"><span style="color: #0563c1; font-family: Calibri;">http://catastreros.blogspot.com/2015/09/del-ibi-social-al-fortalecimiento.html</span></a></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">Decía entonces: <i style="mso-bidi-font-style: normal;">“En el fondo de la polémica subyace la cada
vez más clara constancia de que el modelo tributario municipal se ha quedado
anticuado. Para empezar, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se percibe cada vez
más como una herramienta extremadamente rígida, que permite muy poca
aproximación hacia modelos más modernos y justos, en los que ganen valor los
principios básicos de equidad tributaria y capacidad económica, que están en el
esqueleto del sistema fiscal. Cada vez es más cuestionable que los propietarios
de dos viviendas situadas en la misma ciudad con el mismo valor catastral
soporten la misma cuota en el IBI, ignorando la capacidad económica real de
cada uno de ellos.”</i></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">No me cabe duda que las recientes
sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo se apoyan para elaborar
sus sentencias en un criterio similar respecto al “impuesto de plusvalía”, y
que este criterio es igualmente aplicable al IBI. Por tanto, no hay otra opción
que reformar urgentemente el modelo de valoración catastral, para que no ocurra
con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles lo mismo que con la “plusvalía”. La
forma de hacerlo también la describí en una entrada de 2015 en el blog Innovación
Activa titulada “Enfoque Smart para el fortalecimiento integral de las áreas económicas
de los municipios a través de la geoanalitica”, </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<a href="https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/"><span style="color: #0563c1; font-family: Calibri;">https://www.iecisa.com/es/blog/Post/Enfoque-smart-para-el-fortalecimiento-integral-de-las-areas-economicas-de-los-municipios-a-traves-de-la-geoanalitica/</span></a></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">en la que reflexionaba sobre la
idea de “Smart taxes”, que debería ser aplicada en las áreas de ingreso de los
ayuntamientos, en estos términos: “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">En
relación directa con esto, resulta oportuna una reflexión sobre las iniciativas
de “smart cities” y su aplicación a las áreas económicas municipales.
Tradicionalmente, las áreas de los ayuntamientos encargadas de la gestión
económica y financiera han quedado fuera de los proyectos de “smart city”, que
se han centrado en implantar nuevas tecnologías en la gestión de servicios
(alumbrado, tráfico, aparcamiento, mantenimiento de servicios, etc.). Es obvio
que, hasta el momento, la “cultura smart” se ha dirigido al gasto, no al
ingreso, privando a las áreas económicas de la aplicación de las posibilidades
que aportan las nuevas tecnologías.</i></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<i style="mso-bidi-font-style: normal;"><span style="font-family: Calibri;">La aplicación de estas nuevas soluciones tecnológicas sobre los procedimientos
municipales de ingreso y gasto permiten una visión “smart”, más adaptada a las
exigencias sociales. Se trata de aplicar a la acción del área económica de los
Ayuntamientos diversas tecnologías que potenciarán su actividad, facilitando
con ello que den respuesta eficaz a los dos grandes principios que antes hemos
descrito: gestión “social” + sostenibilidad financiera, principios que a su vez
enmarcan otras ideas que se encuentran en la mesa del debate ciudadano y
político: presupuesto participativo, IBI social, transparencia en el gasto,
tasas “verdes”,…</span></i></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<i style="mso-bidi-font-style: normal;"><span style="font-family: Calibri;">En concreto, la aplicación de herramientas Big Data, conjuntamente con
la implantación de un Sistema de Información Geográfico Tributario (GIS
tributario), son las bases que soporten este nuevo modelo, mediante el cual
puedan desarrollarse actividades reales de geoanalítica.”</span></i></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<span style="font-family: Calibri;">En definitiva, y para concluir,
creo no exagerar cuando afirmo que la “crisis del impuesto de plusvalía” que se
ha abierto con las recientes sentencias del Tribunal Constitucional y del
Tribunal Supremo, debería disparar todas las alarmas en aquellas instituciones
responsables de definir sistemas reglados de valoración inmobiliaria con fines
tributarios (y también expropiatorios, urbanísticos, etc.) . Y muy
especialmente en la Dirección General del Catastro, como responsable del modelo
de valoración catastral. No actuar rápido y de forma proactiva para anular el
grave riesgo que apunta por el horizonte, ante posibles sentencias que declaren
la inconstitucionalidad del sistema reglado de determinación del valor
catastral y con ello cuestionen la forma de determinación de la base imponible
del IBI, sería una grave falta de previsión.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 10.66px; text-align: justify;">
<br /></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><span style="font-family: Calibri;"></span>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-10408634164077459642018-05-07T19:09:00.002+02:002018-05-08T11:00:18.974+02:00El “estado de vida” de las edificaciones, BIM, y la necesaria evolución del modelo de valoración catastral de las construcciones.<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En el año 2014 el Parlamento
Europeo emitió la Directiva 2014/24/UE por la cual insta a los países
miembros a implementar la metodología BIM en todos aquellos proyectos
constructivos de financiación pública. Con la entrada en vigor el pasado 9 de
marzo de la Ley de Contratos del Sector Público, en España será obligatorio el
uso de BIM a partir de diciembre de 2018 en el caso de licitaciones públicas de
edificación, ampliándose a julio de 2019 para licitaciones públicas de infraestructuras.
</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En paralelo, algunas Comunidades
Autónomas, Diputaciones y Ayuntamientos estudian la implantación de BIM en sus
procesos, incluyendo la viabilidad de exigir su uso en la presentación
electrónica de solicitudes de licencias de construcción y rehabilitación de
edificaciones, siguiendo el ejemplo de los países nórdicos y anglosajones. Como
ejemplo, la iniciativa puesta en marcha por el Ayuntamiento de San Feliu de
Llobregat, presentada por <a href="https://www.blogger.com/null" name="_Hlk513474519">Ignasi Pérez Arnal</a>,
Director y fundador de BIM Academy, en el recientemente celebrado Congreso Nacional
de Innovación y Servicios Públicos, con el sugerente título: <i style="mso-bidi-font-style: normal;">“¿No sabes lo que es el BIM? Pues es
obligatorio”</i>. <a href="https://youtu.be/nezxdZOZ5nA"><span style="color: #0563c1;">https://youtu.be/nezxdZOZ5nA</span></a></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<span style="font-family: "calibri";"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj07JU4ibMqQ0HrBS8SrIMS0x9lb6VbKlmmCotFNmtpyXiwS6Sc6k3tqfdgvD9g5Iznc5NzWMt0UEznZ82FsISkL9pu0wB5vzqXunFRHKJGa_UBigANe3PhyphenhyphenvWQCCueVJKcrTd5bf10z8Db/s1600/BIM+s+Feliu.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="798" data-original-width="1173" height="271" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj07JU4ibMqQ0HrBS8SrIMS0x9lb6VbKlmmCotFNmtpyXiwS6Sc6k3tqfdgvD9g5Iznc5NzWMt0UEznZ82FsISkL9pu0wB5vzqXunFRHKJGa_UBigANe3PhyphenhyphenvWQCCueVJKcrTd5bf10z8Db/s400/BIM+s+Feliu.jpg" width="400" /></a></span></div>
<br />
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri"; font-size: xx-small;">Hoja de ruta del Ayuntamiento de
S. Feliu de Llobregat para la implantación de BIM. Como se aprecia, incluye su
impacto sobre la información catastral. (fuente: ponencia de Ignasi Pérez Arnal
presentada en CNIS 2018).</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En una entrada anterior de
Catastreros-<span style="margin: 0px;"> </span><a href="http://catastreros.blogspot.com.es/2017/12/bim-catastro-es-ya-la-hora-del-catastro.html"><span style="color: #0563c1;">http://catastreros.blogspot.com.es/2017/12/bim-catastro-es-ya-la-hora-del-catastro.html</span></a><span style="margin: 0px;"> </span>-ya desarrollé mi opinión respecto al impacto
que necesariamente producirá BIM en los procesos catastrales, especialmente si
se quiere lograr disponer de un Catastro 3D real. Ahora centraré mi comentario
en un tema específico: cómo la generalización del uso de herramientas BIM
impactará sobre el modelo catastral de valoración de las construcciones.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">La definición de los criterios y
normas para la valoración de las construcciones ha sido una de las tareas más
difíciles de desarrollar por los responsables del Catastro español. De forma
muy resumida, la existencia de una información no siempre clara y utilizable de
cada edificio construido o rehabilitado, obtenida de las declaraciones
presentadas por los obligados en formatos poco exigentes técnicamente, se ha
tenido que compensar con una normativa de valoración que, en la necesaria
obtención de un modelo legalmente sostenible, acaba consolidándose en la
elaboración de unas tablas donde se intentan encajar todos los supuestos
posibles.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Como es sabido el valor catastral
de las construcciones se determina por aplicación del método de reposición, según
lo establecido en la Ley del Catastro Inmobiliario y en el Real Decreto
1020/1993. Con carácter general, este método consiste en el cálculo del coste
actual de la construcción, en función de su calidad y uso, depreciándose en su
caso en función de la antigüedad, estado de conservación y otras circunstancias.
</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">El modelo construye un sistema
para estimar la depreciación mediante la aplicación de coeficientes para
calcular la antigüedad, a partir de la fecha de construcción, reconstrucción o
rehabilitación integral. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Buscando superar algunas deficiencias
del modelo, en el año 2016 se dictó por la Dirección General del Catastro una
Circular que estableció criterios para la consideración del coeficiente de
antigüedad en casos de reformas que no puedan considerarse reconstrucción o
rehabilitación. http://www.catastro.minhap.gob.es/documentos/04042016P.pdf</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">No es el momento de describir en
detalle esta Circular, de considerable complejidad técnica y cuya lectura
recomiendo. Baste con señalar aquí que a través de la misma se busca la forma
de incorporar al valor catastral las mejoras que se hayan producido en la
construcción como consecuencia de reformas realizadas que prolongan la vida
útil de las construcciones, afectando al valor catastral del inmueble, y que no
deben confundirse con las obras de conservación y mantenimiento necesarias para
garantizar las mínimas condiciones de uso y funcionalidad de las edificaciones.
Todo ello buscando un “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">avance en la
valoración catastral de los inmuebles que permite una mayor justicia tributaria</i>”.<span style="margin: 0px;"> </span></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Para alcanzar el objetivo se
define un nuevo concepto valorativo, el “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">estado
de vida de la construcción</i>”, concepto vinculado tanto a su depreciación
como a las reformas realizadas. El “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">estado
de vida</i>” es, por tanto, un nuevo atributo de las construcciones que pasa a
formar parte de los datos catastrales, y ha sido de aplicación desde 2016.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Para lograr un escenario
aplicable, la Circular realiza un esfuerzo notable para distinguir entre<span style="margin: 0px;"> </span>rehabilitación integral, reformas, y obras de
conservación o mantenimiento, siendo obligatoria<span style="margin: 0px;"> </span>la presentación de la correspondiente
declaración ante el Catastro en los dos primeros casos. Pero es especialmente
novedoso el tratamiento que se hace de las reformas, realizadas de modo puntual
o sucesivo a lo largo del tiempo, cuenten o no con licencia o autorización
administrativa. Dichas reformas afectan a la vida útil de la construcción, por
lo que el “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">estado de vida</i>” considera
esta circunstancia a los efectos de la aplicación del coeficiente de
depreciación por antigüedad.<span style="margin: 0px;"> </span>A partir de
esta clasificación la Circular establece una metodología compleja para definir
distintos “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">estados de vida</i>”, según el
tipo de reforma realizada.</span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEggWY_3UXj3Lcb1yls-lnhD31O-2jyH4iRrVVrUdHTuMTHodFQfT2N_A8MzDgzQsFCLWRle_Z2iDVlfp7EqySJKJRrLLHVVMWciJzDSio_X_ePmpHSGW_phbR5dKBrbsMPpYsT6Y4yf4kQL/s1600/tabla+estado+de+vida.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1211" data-original-width="1600" height="302" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEggWY_3UXj3Lcb1yls-lnhD31O-2jyH4iRrVVrUdHTuMTHodFQfT2N_A8MzDgzQsFCLWRle_Z2iDVlfp7EqySJKJRrLLHVVMWciJzDSio_X_ePmpHSGW_phbR5dKBrbsMPpYsT6Y4yf4kQL/s400/tabla+estado+de+vida.jpg" width="400" /></a></div>
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";"><br /></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: center;">
<span style="font-family: "calibri"; font-size: xx-small;">Tabla comparativa de depreciaciones según los distintos "estados de vida", incluida en la Circular citada.</span></div>
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: center;">
<span style="font-family: "calibri"; font-size: xx-small;"><br /></span></div>
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Es significativo señalar que la
asignación del “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">estado de vida</i>” se
efectuará cuando por contraste entre la realidad y la descripción catastral de
un inmueble se evidencie una falta de concordancia provocada por la realización
de reformas, apreciada a partir de cualquier prueba que pueda acreditar la
realidad, como documentos gráficos, fotográficos, literales, autorizaciones,
etc. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">No es mi intención prolongar más
la explicación de esta Circular, por no hacer tediosa esta entrada. Basta con
lo expuesto para dejar claro cómo la ausencia de buena información sobre las
construcciones y sus instalaciones lleva a crear complejas normas
jurídico-técnicas para poder llegar a un punto concreto, y que no es otro que estimar
el estado de conservación de las construcciones para poder determinar su
depreciación.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">A partir de aquí, cabe formular
las preguntas que dan píe a esta entrada: Si tuviéramos una muy buena
descripción de las características técnicas de cada construcción, permitiéndonos
seguir adecuadamente su evolución funcional, ¿sería necesario una normativa
catastral tan compleja para definir su estado de conservación?. ¿Qué modelo
contribuye a lograr una mayor justicia tributaria: uno basado en tablas y
coeficientes, o uno que utilice datos reales de los materiales de obra e instalaciones
utilizados en cada construcción?. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">En la entrada sobre BIM publicada
en Catastreros, que cité al inicio, ya se indicaba cómo estas herramientas van a
ser también decisivas en lo que se refiere al control del estado de
conservación de las edificaciones. En concreto señalaba que <i style="mso-bidi-font-style: normal;">“BIM va más allá de las fases de diseño y
ejecución, extendiéndose a lo largo del ciclo de vida del edificio, permitiendo
obtener fácilmente información sobre su evolución tanto en sus aspectos
funcionales (estado de conservación, etc.), como económicos (costes de
operación, mantenimiento, etc.)”.</i></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Desde estas capacidades, la
extensión en el uso de BIM va a permitir superar las carencias de información
valiosa sobre el estado de las construcciones y su conservación, y va a aportar
todos los datos necesarios para calcular su depreciación por antigüedad sobre
datos reales del edificio y no sobre los criterios estimativos actualmente
utilizados, basados en tablas.</span><br />
<span style="font-family: calibri;"><br /></span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi-X8C8iRCtZM6qJzhpBfnXAnemVp8PEx4NovSHk6qFWoYxJDrD53G6wBQTgUZXpoj7bwh363O_Ph_w28doKY8zHqoq8VneXBQH4stNVdmAEW0j39W0KAd7_LxDoYQ4CVmdFvK8VEISPxui/s1600/COMPOSICION+bim.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="450" data-original-width="1600" height="111" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi-X8C8iRCtZM6qJzhpBfnXAnemVp8PEx4NovSHk6qFWoYxJDrD53G6wBQTgUZXpoj7bwh363O_Ph_w28doKY8zHqoq8VneXBQH4stNVdmAEW0j39W0KAd7_LxDoYQ4CVmdFvK8VEISPxui/s400/COMPOSICION+bim.jpg" width="400" /></a></div>
<span style="font-family: "calibri";"><br /></span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">BIM debería ser la herramienta
que permita conocer, con pleno detalle, el “<i style="mso-bidi-font-style: normal;">estado
de vida</i>” real de cada construcción, facilitando con ello la definición
automática del valor catastral de las construcciones. Pero para ello es
necesario que los Ayuntamientos y la Dirección General del Catastro trabajen
juntos en la generación de los modelos que deben utilizarse para la solicitud
de licencias de obras de construcción y rehabilitación utilizando BIM, y que
esta información fluya eficazmente sobre el modelo de colaboración hoy ya
existente entre estas instituciones.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Es obvio que el modelo actual, u
otro similar, ha de mantenerse para calcular la depreciación de las
edificaciones ya existentes, pero al mismo tiempo debería definirse ya un nuevo
modelo de valoración catastral de las construcciones basado en BIM. En este
sentido, la Dirección General del Catastro tendría que introducir este tema
entre los que han de abordar los distintos órganos de coordinación con
Ayuntamientos y Comunidades Autónomas existentes, para actuar conjuntamente en
su implantación. </span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px; text-align: justify;">
<span style="font-family: "calibri";">Además, a través de BIM, podemos
saber el impacto energético de cada uno de los materiales que componen la edificación,
lo que sería una palanca decisiva para situar a un auténtico Catastro 3D en el
centro de los proyectos de Smart City que se iniciasen, y en los que en la
actualidad está ausente.</span></div>
<br />
<div style="margin: 0px 0px 11px;">
<br /></div>
<b></b><i></i><u></u><sub></sub><sup></sup><strike></strike><span style="font-family: "calibri";"></span>Unknownnoreply@blogger.com2tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-13429720493121980032018-04-16T16:42:00.001+02:002018-04-16T16:42:54.809+02:00Geo-packaging y catastro: mejorando el poder de atracción de la cartografía del Catastro.<br />
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En su definición más actual el
packaging vendría a ser la ciencia, el arte y la tecnología aplicadas a la
presentación de un determinado producto, con el objetivo primario de atraer la
atención de los clientes y ser la principal ventana de comunicación hacia el
consumidor. De esta forma, las actuales tendencias del márketing dan un enorme
valor a la presentación del producto a través de un buen packaging, puesto que es
quizás el elemento que hace más perdurable la imagen de marca. <o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
A partir de esta idea llamo
geo-packaging a las cualidades que tiene un determinado mapa para que sea atractivo,
para que su información genere confianza, y para que sea perdurable la imagen
de marca de la institución o empresa que lo ha creado. De esta forma
geo-packaging sería la suma del arte y la técnica aplicados para “envasar” datos
geográficos y presentarlos en mapas altamente atractivos.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Un determinado mapa tendrá un
alto nivel de geo-packaging si: <o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
-Tiene un diseño atractivo,
basado en el uso de colores y formas que generen una alta respuesta emocional
en el observador. <o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
-Genera una fácil comprensión de
la información que contiene, a partir del uso de las más adecuadas tipografías,
formatos y leyendas.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
-Es accesible y fácilmente
reutilizable. Por supuesto, siempre hablamos de formatos digitales.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
-Genera un alto nivel de recuerdo,
al presentar una imagen singular y distinta de otras cartografías existentes.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
-Proyecta eficazmente la marca de
la institución o empresa que lo crea. Todos los usuarios con un poco de experiencia
pueden recordar la imagen del mapa de Google o de la Dirección General del
Catastro de España.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
-Y, por supuesto, cuenta con todas
las cualidades técnicas que ha de tener un buen mapa, y que se refieren a su
precisión (red de coordenadas, referencia geodésica, sistema de proyección,
etc.) . <o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjpep3ZlTpCl4NUmfUgrSP5-OBYJwWXuBxgkWrvFJdJJUbcL779UJIpxnJ1fIkzCkhK2PM7YPZgQunl0g45l03vYqAa6N4s3ygXBOPoVDhQA96LA7WPnqBM5BIWvC__mGqg2h2B1KNY20hJ/s1600/geopackaging.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="863" data-original-width="1600" height="215" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjpep3ZlTpCl4NUmfUgrSP5-OBYJwWXuBxgkWrvFJdJJUbcL779UJIpxnJ1fIkzCkhK2PM7YPZgQunl0g45l03vYqAa6N4s3ygXBOPoVDhQA96LA7WPnqBM5BIWvC__mGqg2h2B1KNY20hJ/s400/geopackaging.jpg" width="400" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Existen multitud de propuestas
sobre cómo debe construirse un buen mapa. Muchas de ellas pueden encontrase en
internet. He aquí algunos ejemplos:<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal">
<a href="https://www.gislounge.com/ten-things-to-consider-when-making-a-map/">https://www.gislounge.com/ten-things-to-consider-when-making-a-map/</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal">
<a href="https://gisgeography.com/map-elements-how-to-guide-map-making/">https://gisgeography.com/map-elements-how-to-guide-map-making/</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Este creciente interés por el “packaging”
de los mapas esta llevando a las compañías del sector a una auténtica “guerra
de creatividad”, -muy interesante desde el punto de vista de los usuarios-,
iniciada desde las propuestas disruptivas y sugerentes de CARTO y que ya ha
tenido respuesta por parte de los “grandes” del sector, como ESRI o LUCIAD (Hexagon).
Como ejemplos recientes de esta lucha por la creatividad puede verse este mapa dinámico de las sombras proyectadas por los edificios de Nueva York en distintas horas y
épocas del año, elaborado con herramientas de CARTO,<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDAvpcR9a_IKn-iZZW0q6n-TUWeyq4btyfXgyVkYlpw2mj2zteDS9WUv4sx-sv138FSLYT2884y41-Kjkt7FI0ZImz8hJ1WvJJ0lMRzMzA4rVfUyC8yNln0KhPofBxlykSmHEJVumCeSqI/s1600/nueva+york+sombras.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="652" data-original-width="1600" height="162" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDAvpcR9a_IKn-iZZW0q6n-TUWeyq4btyfXgyVkYlpw2mj2zteDS9WUv4sx-sv138FSLYT2884y41-Kjkt7FI0ZImz8hJ1WvJJ0lMRzMzA4rVfUyC8yNln0KhPofBxlykSmHEJVumCeSqI/s400/nueva+york+sombras.jpg" width="400" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
y un ejemplo de una propuesta de ESRI,
que acaba de lanzar una herramienta específica que permite construir mapas de
un estilo “vintage” siguiendo la estética de los elaborados por George
Washington quien, como es sabido, desarrolló su actividad profesional como topógrafo
antes de dedicarse a la política.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEghm6EdKHXJJrR49yCtYk5BOEiZjCXZuvfXS1g6WfPLlNDCbPJPYredNPF-Fb2gQHP9_uu9ulhCxhWgSi48kv3BnlNLeMHxETCxzjUbPoab7IhwxM8047Oe9GDu7PNymYTK4QSPUxCQDRP9/s1600/mapa+estilo+washington.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="822" data-original-width="1230" height="213" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEghm6EdKHXJJrR49yCtYk5BOEiZjCXZuvfXS1g6WfPLlNDCbPJPYredNPF-Fb2gQHP9_uu9ulhCxhWgSi48kv3BnlNLeMHxETCxzjUbPoab7IhwxM8047Oe9GDu7PNymYTK4QSPUxCQDRP9/s320/mapa+estilo+washington.jpg" width="320" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<o:p><br /></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Los mapas que elaboran los
responsables del Catastro no deberían quedar al margen de dichas propuestas
innovadoras y creativas. Por su propia naturaleza de “mapa parcelario”, la
cartografía catastral tiene una estética propia que debe ser respetada, pero
que también puede ser potenciada y mejorada.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Este reto en la mejora de los mapas
ofrecidos es relevante si se opta por poner en valor toda la información
temática que contienen los catastros actuales y que actualmente no se explotan
en toda su intensidad. De esta forma, datos como las tipologías constructivas,
valores, usos de los inmuebles, o estado de conservación, por citar sólo unos
ejemplos, pueden y deben ser parte habitual de los mapas que generen los
responsables de los catastros, mediante propuesta visuales trasladas a mapas
más atractivos, sugerentes y útiles.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Pero además, esta nueva forma de
presentar la información sobre mapas más atractivos es especialmente relevante
si los catastros inician procesos reales de oferta de nuevos servicios, basados
en la generación de productos creados a partir de la interoperabilidad de la
información disponible. Esto permitirá, por ejemplo, construir potentes mapas
que combinen la información catastral con la demográfica, sanitaria, de hábitos
de consumo, de transporte, etc., procedentes de otras fuentes. Entonces si se
podrá disponer de valiosos mapas con un alto valor añadido.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Y todo ello, debería hacerse
logrando mapas ofrecidos por los catastros que incluyan todas las
características de diseño, comprensión, accesibilidad, fácil recuerdo, proyección
de marca y alto nivel técnico, que he definido anteriormente, imprescindibles
para lograr un buen geo-packaging catastral.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Finalmente, esta reflexión me
parece aplicable no sólo a los catastros, sino también a todos los generadores
de cartografías, y muy especialmente a los que lo hacen desde el sector público.
Creo que es plenamente aplicable a las creaciones de los institutos geográficos
y otras entidades responsables del medio ambiente, la agricultura, los
transportes, etc., que también están comprometidos a hacer mejores y más
atractivos mapas.<o:p></o:p></div>
<br />Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-30606302485478588032018-03-07T12:54:00.000+01:002018-03-07T12:54:24.611+01:00Computación cognitiva y su posible aplicación a las actividades catastrales: de nuevo la cuestión de la madurez de las tecnologías innovadoras.<br />
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
La implementación de la
inteligencia artificial en los instrumentos de gestión se está proponiendo de
manera reiterada como el hecho que provocará una profunda transformación en la
forma que las administraciones públicas y las empresas tienen de relacionarse
con los ciudadanos y los clientes. Conceptos como computación cognitiva, <i style="mso-bidi-font-style: normal;">machine learning, deep learning</i>, o chatbots,
entre otros, abren nuevas perspectivas en la personalización de iniciativas y
acciones por medio de tecnologías avanzadas.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Si aceptamos las descripciones
que hacen quienes impulsan la aplicación de estas tecnologías, el uso de las
mismas permitiría analizar y predecir comportamientos de relación y uso de los
servicios públicos en tiempo real gracias a la inteligencia artificial. Una
propuesta, aparentemente ya disponible, que abriría un amplio abanico de posibilidades
a aquellas Administraciones públicas que más rápido sepan adaptarse a estos
escenarios, y que les permitiría ir un paso más allá en la definición de nuevos
espacios con los que mejorar la experiencia de los ciudadanos en su relación
con los servicios públicos.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
La gestión inteligente de toda la
información que gestiona el Catastro aparece, en este entorno, como el
escenario ideal para la implantación de proyectos basados en herramientas de
computación cognitiva, desde sus aplicaciones más inmediatas, -como los asistentes
virtuales o chatbot-, hasta sus usos más sofisticados y relativos a la anticipación
del comportamiento humano, aplicaciones predictivas, usos relacionales o la
identificación de servicios públicos hiperpersonalizados.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Como hemos señalado, el Catastro
puede ser el entorno ideal para poner en práctica estas nuevas posibilidades, y
ello por dos motivos.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En primer lugar, porque dispone
de una ingente información sobre los inmuebles de todo el país y sus
propietarios, y su valor depende de que dicha información se encuentre permanentemente
actualizada.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="mso-spacerun: yes;"> </span>Y en segundo lugar, porque el Catastro se ha
convertido en una muy relevante entidad prestadora de servicios,
fundamentalmente a través de su Sede Electrónica, lo que le permite disponer ya
de una plataforma tecnológica muy eficiente sobre la que implantar estas nuevas
tecnologías.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEirTgbWf7tCaotBth9L93jIUO3PIalUhx0XPj_mRPlbhD7yWrKnGRBWkj6rxV81qhQI4f3ZvSJyLNvY4uwofv9IybFMhPi-jqYgnJTTns2ThQvTGLm99vMw8Fmw3X937ZOf9dQfZt21XiTJ/s1600/computacion+cognitiva.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="778" data-original-width="1166" height="266" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEirTgbWf7tCaotBth9L93jIUO3PIalUhx0XPj_mRPlbhD7yWrKnGRBWkj6rxV81qhQI4f3ZvSJyLNvY4uwofv9IybFMhPi-jqYgnJTTns2ThQvTGLm99vMw8Fmw3X937ZOf9dQfZt21XiTJ/s400/computacion+cognitiva.jpg" width="400" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
De esta forma, y como meros
ejemplos, estas tecnologías podrían ser aplicada en distintos tipos de
actividades:<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Así, los <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">asistentes virtuales o chatbots </b>serían útiles para:<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Ayudar en el
acceso y uso de todos los servicios INSPIRE, de consulta y descarga de datos y
cartografía, <span style="mso-spacerun: yes;"> </span>que ofrece la Dirección General
del Catastro. <a href="http://www.catastro.minhap.es/webinspire/index.html">http://www.catastro.minhap.es/webinspire/index.html</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Asistir a los
ciudadanos en todo lo relacionado con los distintos modelos
de declaraciones catastrales que han de presentar en función de la actividad
realizada (obra nueva, segregación ,cambio de titularidad, etc.)<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
-Asimismo, los
asistentes virtuales podrían ayudar a Registradores, Notarios y otros
profesionales al cumplimiento de los requisitos derivados de la Ley 13/2015,
que establece los procedimientos efectivos de coordinación con el Catastro
mediante modelos no siempre sencillos de entender y cumplir, como queda de
manifiesto en la guía editada por la Dirección General del Catastro para el uso
de la información gráfica catastral en el tráfico inmobiliario.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="margin-left: 35.4pt; text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Las <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">herramientas de analítica basadas en inteligencia artificial</b> podrían
ser una importantísima herramienta para poner en valor toda la información de
los inmuebles, tanto mediante la explotación de la información propia como
agregando en el estudio información procedente de otras fuentes. Esto
permitiría ir mucho más allá en la construcción de estudios como los
recientemente publicados en el número 89 de la revista CT- Catastro sobre estructura
de la edificación y análisis de densidad residencial, o el estudio del tipo
edificatorio como estrategia para la valoración territorial <a href="http://www.catastro.meh.es/documentos/publicaciones/ct/ct89/Catastro_89_accesible.pdf">http://www.catastro.meh.es/documentos/publicaciones/ct/ct89/Catastro_89_accesible.pdf</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Finalmente, las <b style="mso-bidi-font-weight: normal;">herramientas predictivas y de recomendación</b>
podrían ser muy eficientes para anticiparse y facilitar a aquellos obligados el
cumplimiento de la obligación de declarar, cuando van a construir, alterar la
estructura de sus parcelas, o cambiar sus cultivos, por ejemplo. Estas
herramientas sería definitivas para favorecer la implantación del “borrador de
declaración catastral”, al que nos referimos en una entrada anterior, mejorando
el actual modelo de “comunicación”: <a href="http://catastreros.blogspot.com.es/2016/06/deberian-perfeccionarse-algunos.html">http://catastreros.blogspot.com.es/2016/06/deberian-perfeccionarse-algunos.html</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Ahora bien, no debe olvidarse que
la implantación de estas nuevas tecnologías en el Catastro ha de pasar por una
previa reflexión en profundidad sobre si se encuentran o no suficientemente
maduras, en un doble sentido: <o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En primer término, analizando la
propia tecnología y los casos de implantación real en entornos similares conocidos,
evitando en todo caso comprometer recursos técnicos y financieros en proyectos
que no ofrecen un alto grado de garantía de éxito, por encontrase inmaduros en
distintos aspectos, como por ejemplo ocurrió en el año 2007 con el servicio de
búsqueda de la referencia catastral a través de la entonces nueva TDT. En el
caso de la inteligencia artificial, un ejemplo de lo que a nuestro juicio es, hoy
por hoy, una tecnología inmadura son los chatbot que utilizan procesamiento de
lenguaje natural que permite comprender el significado de una consulta verbal o
escrita, en lugar de simplemente usar palabras clave. No parece una herramienta
de implementación inmediata para utilizar en los servicios catastrales, y menos
si tenemos en cuenta que dichos servicios han de prestarse en las cuatro
lenguas oficiales existentes en España.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Y en segundo lugar, y no menos
importante, analizando si la propia organización del Catastro, en el sentido
más amplio de la expresión, está madura para asumir esta nueva tecnología. Este
análisis va desde la propia infraestructura tecnológica o la formación y capacidades del personal que ha
de implantarla y utilizarla, hasta cuestiones tan específicas y relevantes como
las derivada del nuevo sistema de protección de datos derivado
de la GDPR.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En la siguiente imagen se resumen
las principales materias relacionadas el análisis de madurez de las
tecnologías:<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh1XatiUTF3u3l4Uv3P6qJjC-5yMB3yIpPusR-toiNjIScH4RoA0NB_jrFeiltIePKB4Xn0xMJHx3FwQChNXY85dQI80CmRsxASB9qqQH06defqxhAUTjZQrFRTWvruAikPJYYGLvElFj8h/s1600/madurez+tecnol%25C3%25B3gica.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="579" data-original-width="1021" height="226" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh1XatiUTF3u3l4Uv3P6qJjC-5yMB3yIpPusR-toiNjIScH4RoA0NB_jrFeiltIePKB4Xn0xMJHx3FwQChNXY85dQI80CmRsxASB9qqQH06defqxhAUTjZQrFRTWvruAikPJYYGLvElFj8h/s400/madurez+tecnol%25C3%25B3gica.jpg" width="400" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En definitiva, sí parece que ha llegado
ya el momento en que desde la Dirección General del Catastro se empiecen a estudiar
las opciones que ofrecen las nuevas herramientas de computación cognitiva, pero
corresponde a los responsables del centro directivo controlar el proceso para
no convertir la iniciativa en un campo de experimentación de nuevas
tecnologías, función que no se pueden permitir las Administraciones Públicas en
los servicios directos que prestan a los ciudadanos.<o:p></o:p></div>
<br />Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-60328002871327747092018-02-21T19:14:00.000+01:002018-02-21T19:14:55.665+01:00El Catastro y su función de apoyo en la lucha contra las actividades delictivas.<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
El pasado 21 de diciembre tuvo
lugar la firma en España de un Protocolo de Colaboración entre el Ministerio de
Hacienda y Función Pública y el Ministerio de Justicia, que constituye un ejemplo
claro de cómo la información catastral sirve también de herramienta decisiva
para luchar contra las actividades delictivas. </div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Otro caso más de este modelo de
Catastro multipropósito, o multifinalitario, al que nos hemos referido en
distintas ocasiones.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Este acuerdo permitirá la
agilización del intercambio de información referente a inmuebles registrados
en el Catastro que han sido intervenidos, embargados o decomisados, al proceder
de actividades delictivas, cuando así se solicita desde el Poder Judicial o el
Ministerio Fiscal.</div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Por parte del Ministerio de Justicia esta tarea está encomendada
a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), creada a finales de
2015, que también recibirá asistencia técnica y asesoramiento del Catastro para
la estimación del valor de mercado de los bienes inmuebles sobre los que esta
Oficina deba intervenir. Finalmente, las labores de asesoramiento se extienden
también a la resolución de divergencias que pueden surgir entre la información
contenida en el Registro de la Propiedad y la que se incluye en el Catastro.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEixBF2-TL6wA1bNkNELndrcH23OYYSnpGpQuMjBZXUf9thbB-oMS7eMPDj1otn8mL2IlOLyeXU1PaX0kukHvMAUddq_HHdJ3ktuMgqZt7aWanqKFWTRA7LE6Rqo__Az6kqWqOQU82AWr0sh/s1600/crimen.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="854" data-original-width="1139" height="239" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEixBF2-TL6wA1bNkNELndrcH23OYYSnpGpQuMjBZXUf9thbB-oMS7eMPDj1otn8mL2IlOLyeXU1PaX0kukHvMAUddq_HHdJ3ktuMgqZt7aWanqKFWTRA7LE6Rqo__Az6kqWqOQU82AWr0sh/s320/crimen.jpg" width="320" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
La importancia de esta
colaboración con el Catastro se plantea como decisiva en aras a conseguir el
estrangulamiento financiero y mejorar la lucha contra la criminalidad
organizada, que mueve importantes beneficios económicos,- en muchos casos
materializados en la adquisición de
inmuebles-, así como la reversión de las ganancias ilícitamente obtenidas en
proyectos de ayuda a las víctimas.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En este sentido, este compromiso
trasciende el ámbito español y da respuesta a la creciente necesidad de
trabajar coordinadamente en el ámbito internacional, cumpliendo así con los
requerimientos que define la propia Unión Europea, fundamentalmente a través de
la Directiva 2014/42/UE, de 3 de abril, sobre el embargo y el decomiso de los instrumentos
y del producto del delito en la Unión Europea. Esta necesidad de coordinación
se plantea también en el entorno de las relaciones entre los distintos países de
la comunidad iberoamericana.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Para entender con más claridad el
alcance de estas iniciativas, puedes ver el contenido de la Plataforma ARO (Asset
Recovery Office Platform) de la Unión Europea, destinada a la recuperación de
activos procedentes de actividades criminales, en el siguiente enlace:</div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<a href="https://ec.europa.eu/home-affairs/what-we-do/policies/organized-crime-and-human-trafficking/confiscation-and-asset-recovery_en">https://ec.europa.eu/home-affairs/what-we-do/policies/organized-crime-and-human-trafficking/confiscation-and-asset-recovery_en</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal">
<br /></div>
<div class="MsoNormal">
y la Red iberoamericana de recuperación de activos en este: <a href="https://apps.icd.go.cr/rrag/Autenticacion.aspx">https://apps.icd.go.cr/rrag/Autenticacion.aspx</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-6042757543311759448.post-11389243424363301822018-02-06T16:51:00.001+01:002018-02-06T16:51:50.460+01:00¿Datos o infraestructura?: ¿Por dónde empezar un proyecto de modernización catastral?.<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Siempre que se ha de afrontar el
diseño de un proyecto de reforma catastral es imprescindible revisar los casos
que anteriormente se iniciaron en el mismo país o en otros similares, para estudiar
los elementos que definieron el éxito o el fracaso de los mismos.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En los últimos veinte años
Latinoamérica ha sido una de las regiones en las que se han puesto en marcha
algunos de los proyectos de reforma de los catastros más interesantes. Sin
embargo, no todos estos proyectos alcanzaron los objetivos deseados. Analizando
algunos de estos proyectos fallidos se observa que los motivos que determinaron
estos resultados no fueron la falta de acceso a la tecnología necesaria ,-mucha
de esta tecnología, sobre todo la generada por empresas de Estados Unidos,
puede incluso llegar antes a Latinoamérica que a Europa-, ni tampoco la de
profesionales cualificados que puedan participar en el proyecto, -en algunos países
de Latinoamérica existen escuelas universitarias que imparten muy buena
formación en ciencias de la tierra, y especialmente en Catastro-.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Si no faltaron recursos humanos
ni tecnología, ¿qué originó entonces los fracasos detectados?. Como respuesta puede
decirse que la carencia que se repite en casi todos estos proyectos es la
existencia de déficits notables de infraestructura catastral. Y aquí utilizamos
el criterio de “infraestructura” en su sentido más amplio, puesto que dentro de
él incluimos:<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoListParagraphCxSpFirst" style="mso-list: l0 level1 lfo1; text-align: justify; text-indent: -18.0pt;">
<!--[if !supportLists]-->-<span style="font-size: 7pt; font-stretch: normal; font-variant-east-asian: normal; font-variant-numeric: normal; line-height: normal;"> </span>La infraestructura normativa, que incluye el conjunto
de normas de distinto rango que definen con precisión qué institución es
responsable del Catastro, cuáles son sus competencias y cuales sus métodos de
trabajo. <o:p></o:p></div>
<div class="MsoListParagraphCxSpFirst" style="mso-list: l0 level1 lfo1; text-align: justify; text-indent: -18.0pt;">
<br /></div>
<div class="MsoListParagraphCxSpMiddle" style="mso-list: l0 level1 lfo1; text-align: justify; text-indent: -18.0pt;">
<!--[if !supportLists]-->-<span style="font-size: 7pt; font-stretch: normal; font-variant-east-asian: normal; font-variant-numeric: normal; line-height: normal;"> </span>La infraestructura institucional, que se refiere
al conjunto de recursos materiales (edificios, mobiliario, etc.), humanos y
financieros de los que dispone una entidad pública con funciones catastrales, y
con la que da cumplimiento a sus obligaciones.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoListParagraphCxSpMiddle" style="mso-list: l0 level1 lfo1; text-align: justify; text-indent: -18.0pt;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
</div>
<div class="MsoListParagraphCxSpLast" style="mso-list: l0 level1 lfo1; text-align: justify; text-indent: -18.0pt;">
<!--[if !supportLists]-->-<span style="font-size: 7pt; font-stretch: normal; font-variant-east-asian: normal; font-variant-numeric: normal; line-height: normal;">
</span><!--[endif]-->Y finalmente, la infraestructura tecnológica,
que incluye todos los recursos de hardware y software, especializado y no especializado,
que debe de encontrase disponible para hacer frente a la captura, gestión y
divulgación de la información catastral, tanto gráfica como alfanumérica.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoListParagraphCxSpFirst" style="mso-list: l0 level1 lfo1; text-align: justify; text-indent: -18.0pt;">
<!--[if !supportLists]-->-<span style="font-size: 7pt; font-stretch: normal; font-variant-east-asian: normal; font-variant-numeric: normal; line-height: normal;"> </span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En definitiva, y como se resume
en la siguiente imagen, un proyecto de reforma catastral bien equilibrado
requiere de una plena integración entre infraestructuras y datos, si es que se
desea evitar riesgos graves en su desarrollo.<o:p></o:p></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi9xAPeF4v2zOLggysRXWUD6ndmRmaRvPHVIeZ6YWjUIMZT9zzpjtshGj0s66VCidCFYEI6LBYUpwtTi3IWhQusuOa0MUjf0aB3LeNg0yegFzD-ylKKSi6LfETI14qJbj-7IDzTEHgT_iza/s1600/integracion+infraestructura+y+datos.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="549" data-original-width="1078" height="201" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi9xAPeF4v2zOLggysRXWUD6ndmRmaRvPHVIeZ6YWjUIMZT9zzpjtshGj0s66VCidCFYEI6LBYUpwtTi3IWhQusuOa0MUjf0aB3LeNg0yegFzD-ylKKSi6LfETI14qJbj-7IDzTEHgT_iza/s400/integracion+infraestructura+y+datos.jpg" width="400" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En algunos países latinoamericanos
se han puesto en marcha en los últimos años procesos de reforma catastral que
han otorgado un gran peso a la captura y actualización de la información
catastral, en todos sus aspectos. Así, se han adquirido ortofotografías y
modelos digitales del terreno, se ha elaborado cartografía catastral, se han
realizado barridos para identificar con precisión linderos y edificaciones, se
han capturado fotografías de todos los edificios, o se ha actualizado los datos
de titularidad jurídica o del valor catastral de las propiedades. <o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En algunos casos, estos procesos
de captura masiva de información se han realizado previamente a que existiera
una infraestructura legal, institucional o tecnológica ya establecida y capaz
de recibirla, olvidando una de las reglas básicas de la actividad catastral y
que no es otra que el enorme dinamismo de los datos que forma el Catastro, característica
me gusta resumir señalando, con humor pero también con rigor, que “<i>nada se mueve más que la propiedad inmueble</i>”.
No es infrecuente encontrar proyectos en los que las ortofotografías realizadas,
las nuevas cartografías o los datos jurídicos levantados se quedan obsoletos y
pierden buena parte de su valor en unos pocos años, porque no se integraron dentro
de un sistema que garantizase la actualización permanente de esa información.
Como consecuencia, algunos años después es necesario rehacer el trabajo
realizado al comprobarse que los datos se han quedado desfasados.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En definitiva, es como si se
hubieran adquirido los aviones antes de hacer el aeropuerto desde donde deben
operar, o como si se suministran los materiales para construir un edificio
antes de de que el arquitecto realice el proyecto. <o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
En algunos proyectos recientes la
necesidad de desarrollar la modernización del Catastro en un periodo de tiempo
limitado obliga a las autoridades responsables a definir un modelo en el que se
ejecutan simultáneamente la construcción de la infraestructura y la captura de
datos. En estos casos, es imprescindible desarrollar una planificación del
proyecto de gran precisión, que garantice que el dato capturado no queda “flotando”
porque no se ha desarrollado todavía el sistema que debe acogerlo.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Mayor problema es el caso en el
que el conflicto entre instituciones desorienta un proyecto inicialmente bien
planteado, pero que se ve desviado en su ejecución. Este parece ser el caso de
Colombia en la actualidad.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal">
En una reciente presentación de Mauricio Iregui, Subdirector
Finanzas Públicas Territoriales del Departamento Nacional de Planeación (puedes
encontrarla en el siguiente enlace:)<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal">
<a href="http://fig717.net/wp-content/uploads/2017/12/4_Mauricio-Iregui.pdf">http://fig717.net/wp-content/uploads/2017/12/4_Mauricio-Iregui.pdf</a><o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
se indica que, en el momento
actual, la implementación del proyecto de catastro multipropósito en Colombia
viene marcada por el desarrollo previo de seis cambios estructurales y
críticos, que se describen en la siguiente imagen:<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhW71Z9yq_ZDXxieWo7HKmWMOVSmGbdsHbhEPOTZYS1ZkG_Gw8FYkiJL6dFOJVu_L93UBC9ljfE-3fcXEeDhq40oz8l0a2ZNO5h0nW6oB6Pw0290mp3-8rtqQhtn5m88n56EMelKoMskPLh/s1600/situacion+Colombia.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="355" data-original-width="1099" height="127" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhW71Z9yq_ZDXxieWo7HKmWMOVSmGbdsHbhEPOTZYS1ZkG_Gw8FYkiJL6dFOJVu_L93UBC9ljfE-3fcXEeDhq40oz8l0a2ZNO5h0nW6oB6Pw0290mp3-8rtqQhtn5m88n56EMelKoMskPLh/s400/situacion+Colombia.jpg" width="400" /></a></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Sin embargo, los puntos 3
(reforma institucional) y 4 (Ley Catastral), -situados plenamente dentro de lo definíamos
en los párrafos anteriores como infraestructuras institucional y normativa-, se
encuentran pendientes de resolución, cuando deberían preceder a los proyectos
piloto ya en ejecución destinados a la captura masiva de información. Será
compromiso del nuevo Gobierno surgido tras las próximas elecciones aprobar el
ahora paralizado Proyecto de Ley por el cual se regula el Sistema Nacional
Catastral Multipropósito, lo cual supondrá no sólo la plena cobertura jurídica
del modelo, sino también la resolución definitiva de cuál será la institución
que finalmente lidere las competencias en materia catastral en Colombia.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Retomando la reflexión inicial, no
parece adecuado desarrollar importantes proyectos de “barrido predial” orientados
a la captura masiva de información, como se está haciendo por parte de algunas
instituciones colombianas, sin la existencia previa de una fuerte institución
catastral que lidere el proceso, y sea la base de las infraestructuras
normativas, institucional y tecnológica que todavía están por definir en el
modelo catastral.<o:p></o:p></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
Parece conveniente sugerir que
Colombia debería resolver los conflictos institucionales y legales que han
surgido alrededor del proyecto de nuevo Catastro multipropósito, y dotarse de
la adecuada infraestructura legal, institucional y tecnológica, antes de seguir
desarrollado proyectos de captura masiva de información.<o:p></o:p></div>
<br />
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
Unknownnoreply@blogger.com2