martes, 18 de noviembre de 2014

Catastro y Registro de la Propiedad: la hora de la coordinación.

En España y en la mayoría de los países latinoamericanos se produce una circunstancia que no se da en otros países desarrollados: la información catastral y la que consta en el Registro de la Propiedad no siempre coinciden, lo que permite que un dato objetivo, -como el emplazamiento de la finca, su superficie o sus linderos-, no sea igual en ambos sistemas.

No ocurre así en los países europeos, Canadá, Australia, y otros países con altos niveles de desarrollo, en los que ambas instituciones, o bien forman parte del mismo órgano público, o bien comparten sus bases de datos de tal manera que no hay duplicidades. Para dar respuesta a esta situación, en diversos países latinoamericanos se están poniendo en marcha, con distinto nivel de éxito, algunas iniciativas para avanzar en la coordinación, buscando con las mismas subsanar esta deficiencia. El proyecto ICARE de Colombia, el proceso de vinculación sobre el Modelo Óptimo de Catastro en México, o el Proyecto de Regularización Catastro Registro de Costa Rica, son algunas de las referencias a considerar.

Son muchas las razones históricas, institucionales o corporativas que están en el origen de la descoordinación que se aprecia en España, y también en los países latinoamericanos. Tantas que, para algunos, la cuestión no parece tener solución. Si atendemos a la larga cadena de reformas normativas que se intentaron, o que incluso se llegaron a aprobar, desde hace más de cien años sin lograrse la coordinación deseada, no parece que estas posiciones negativas estén faltas de razón.

Para aquellos que deseen profundizar sobre la situación en España, les recomiendo la lectura del artículo publicado en el número 164 de la revista MAPPING.

En un nuevo intento para salir de esta situación, el pasado día 16 de junio el Consejo de Ministros de España aprobó el proyecto de reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro, cuyo objetivo principal no es otro que lograr la tan ansiada, perseguida e inalcanzada coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro. ¿Será un nuevo intento infructuoso?. ¿Qué ha cambiado ahora para que esta vez haya una expectativa razonable de lograr avances significativos?. Podríamos contestar aportando tres razones:
-En primer lugar, la madurez y evolución tecnológica alcanzada por el Catastro español le permite asumir un alto nivel de compromiso respecto a la calidad, actualización de la información gráfica aportada, y velocidad de respuesta a la demanda de información. Como dato significativo, tan solo en una semana se están atendiendo a través de la Sede electrónica del Catastro casi 2.800.000 consultas de cartografía catastral (más de 140 millones de consultas en 2013).
-En segundo lugar, la creciente demanda en la utilización de la información geográfica en general, y especialmente de una tan valiosa como lo es la información del Registro de la Propiedad, pone en evidencia una situación – la descoordinación- que ya no es sostenible por más tiempo. Es realmente muy difícil explicar a un ciudadano por qué su finca tiene distinta superficie en el Catastro y en el Registro, y todavía mucho más difícil explicarle por qué no se ha resuelto ya esta situación.
- Y en tercer lugar, el uso generalizado de equipos que permiten un fácil acceso a la información geográfica, lo que motiva a sus usuarios a requerir herramientas y aplicaciones sencillas para acceder rápidamente tanto a la información catastral como a la registral. En España ambas instituciones tienen plataformas potentes para atender esta demanda, y es precisamente a través de ellas como  se está poniendo de manifiesto para muchos ciudadanos esta situación de descoordinación.

El próximo 28 de noviembre, y convocado por el Colegio Nacional de Ingenieros técnicos en Topografía, tendrá lugar en Madrid la “I Jornada Nacional sobre Catastro y Propiedad”, cuyo objetivo consiste en estudiar en profundidad el alcance del Proyecto de Ley, y analizar las medidas y procesos que se pondrán en marcha con la reforma de la Ley Hipotecaria y la Ley del Catastro.

En el evento participarán, además de los Directores Generales del Catastro, de los Registros y el Notariado, y del Instituto Geográfico Nacional, diversos especialistas procedentes del ámbito notarial, registral, académico y empresarial. En ese foro presentaremos la ponencia titulada “En la línea correcta”, expresión que pretende resumir tres ideas básicas para el debate:
-Que sólo una puede ser la línea correcta que defina el ámbito espacial del derecho de propiedad, por lo que sí existe más de una -como ocurre en ocasiones-, estamos ante una patología que debería ser subsanada a la mayor brevedad posible.
-Que las reformas anunciadas en el proyecto de Ley van en la línea correcta, al describir al Catastro como base gráfica del Registro de la Propiedad, de tal manera que la cartografía catastral debidamente georreferenciada es la que va a servir para completar la identificación y la descripción de todas las fincas registrales.

-Y finalmente, que siendo esta la trayectoria correcta, a mi juicio no aportará la solución definitiva al problema de fondo, que sólo quedará definitivamente resuelto cuando la inscripción en el Registro de la Propiedad sea obligatoria – y mejor aún, constitutiva del propio derecho inscrito, de tal manera que no existe como tal el derecho hasta que se inscribe en el Registro- como ocurre en la práctica totalidad de los países desarrollados. Pero esto requiere cambiar el Código Civil, y me temo que aun tardaremos algunos años en verlo. En esta cuestión Latinoamérica está mejor que España: atendiendo a la información publicada en la web del Comité Permanente sobre el Catastro en Iberoamérica www.catastrolatino.org , en el estudio Data Catastro, únicamente en Perú y en Nicaragua la inscripción en el Registro de la Propiedad no es obligatoria.


2 comentarios:

  1. Es una muy buena noticia en todos los sentidos. En un nivel más general, porque es lo que le faltaba a una base de datos tan completa como la catastral. Además lo lógico es que, en los tiempos que estamos y en el nivel de tecnología en el que nos movemos, la coordinación entre registros, sistemas, administraciones e instituciones sea fluida e inmediata.

    En un plano más particular (yo trabajo en un Ayuntamiento) esta coordinación catastro-registro nos va a facilitar mucho el trabajo, tanto para el trámite de expedientes, para la atención al ciudadano y para ir eliminando el farragoso tema de los certificados municipales cuando hay que establecer correspondencias entre la descripción catastral y la registral de una finca, porque es muy habitual que la primera evolucione con mayor dinamismo que la segunda (cambios de numeración en calle o de denominación de la misma, etc).

    En fin, muy buena noticia bajo mi punto de vista.

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  2. Es inquietante que la información catastral y la del Registro de la Propiedad a menudo no coincidan. Este desajuste, especialmente en detalles objetivos como ubicación, superficie y linderos, revela una grave inconsistencia en los sistemas de gestión de propiedades.

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