jueves, 13 de junio de 2013

Las nuevas formas de propiedad inmueble y su incidencia en los catastros.

Como señala Raquel Alcázar, Jefa de Área Técnica de la Dirección General del Catastro de España, en las conclusiones del interesante artículo titulado “Los complejos inmobiliarios y su inscripción catastral”,  los cambios en el sector inmobiliario inciden directamente en el Catastro como registro administrativo de bienes inmuebles que cuenta con información económica, física y jurídica de los mismos. El modelo de datos catastral precisa adaptarse a los nuevos requerimientos legales y técnicos, dando respuestas en consonancia con los compromisos y objetivos marcados por la organización, como son, la coordinación con Notarios y Registradores de la propiedad o la contribución a la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario.  (Revista CT-Catastro nº 76. Puedes acceder al artículo en el siguiente enlace:

En América Latina y en España esta afirmación se está confirmando cada día, si bien de dos formas diferentes. Mientras que en las ciudades Latinoamericanas la ciudad está creciendo “a lo alto”,  dando lugar a la aparición de altas edificaciones que albergan condominios y complejos de oficinas, en muchos casos de alto valor de mercado, en España la escasez de suelo en el interior de las ciudades ha propiciado el alejamiento del centro y la aparición de urbanizaciones privadas en las que se comparten con otros propietarios amplias zonas ajardinadas y deportivas.

En ambos casos estos cambios plantean serios problemas a los gestores de los distintos catastros, puesto que han de adaptar sus normas y procedimientos para poder hacer frente a estas nuevas realidades, que inciden en los componentes físicos, jurídicos y económicos de los inmuebles, en su representación y en su tratamiento catastral.
Desde el punto de vista jurídico, supuestos como la propiedad horizontal (tradicional o “tumbada”) o lo complejos inmobiliarios, suponen un reto para la determinación adecuada del ámbito de las titularidades catastrales, con todas las consecuencias que de ello se derivan, como se describe bien en el artículo citado.

Desde el punto de vista económico, supone un reto para la normativa de valoración catastral que ha de seguir esta evolución. En la ciudad de México, por citar un ejemplo,  los propietarios de los condominios de lujo se están beneficiando fiscalmente  de una normativa de valoración catastral que no está bien adaptada para tratar los incrementos de valor de suelo y su reparto como elemento común entre los copropietarios o condóminos.

Y finalmente, desde el punto de vista físico, no hay más que imaginar la complejidad que supone poder representar estas situaciones en la cartografía catastral, o establecer criterios objetivos de reparto del valor en el caso de mancomunidades que agrupan varias áreas comunes, como es el caso del dibujo que acompaña este comentario, obtenido del artículo citado, y cuya lectura recomiendo.


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