En los últimos días, y el debate
seguirá con toda seguridad durante algunos más, estamos asistiendo a la
demostración más evidente de una cuestión que venimos reiterando en este blog
(las últimas entradas relacionadas son del 23 de mayo y del 26 de marzo): la
inaplazable necesidad de abordar, ya con urgencia, la adecuada coordinación de
la información inmobiliaria en nuestro país.
La errónea vinculación de la
Infanta Cristina con una serie de operaciones inmobiliarias en los años 2005 y
2006, a partir de la aparición de su DNI, es una prueba definitiva de esta
necesidad y pone de manifiesto cómo la descoordinación entre instituciones es
una puerta abierta a futuros conflictos.
Las cuatro instituciones
afectadas por la crisis actual (el Catastro, la Agencia Tributaria, los
notarios y los registradores), son entidades del máximo prestigio profesional,
prestigio que en el caso de los órganos de Hacienda -Catastro y Agencia
Tributaria- también va acompañado de un liderazgo claro y reconocido a nivel
mundial en sus respectivos ámbitos.
Como señala la Nota de Prensa
emitida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas el miércoles
26 de julio, los procedimientos de coordinación entre estas instituciones han
mejorado mucho desde los años en que ocurrieron los hechos -2005 y 2006-, debiendo
también destacarse la celeridad con la que se recompuso la “cadena” de hechos,
a partir de una eficiente trazabilidad de los datos, lo que permitió saber en
qué notaria, en qué fechas y por qué
personas se capturaron y transmitieron estos datos.
Probablemente la mejor explicación de cómo se llegó a esta
situación la encontramos en la nota publicada en la web de la Organización
Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado que puedes encontrar en: http://www.inspectoresdehacienda.org/images/stories/pdf/documentos/documento.pdf
Ahora bien, lo que no se ha
explicado es por qué existió tanta descoordinación en el manejo de la
información inmobiliaria que permitió, y puede seguir permitiendo bajo otras
circunstancias, que sucedan estos hechos. En el momento actual se ha acotado
mucho el control sobe los DNI, pero en cambio se abren otros escenarios que
anuncian nuevas descoordinaciones. A mi juicio, hay dos situaciones que
mantienen abierto este riesgo:
En primer lugar, la de mayor
calado jurídico: es España no es obligatorio comprar o vender una finca en
escritura pública, ni inscribir la propiedad en el registro. De hecho una
mayoría de las fincas rústicas de nuestro país, entre ellas casi todas las
vinculadas al minifundismo del noroeste de la península y de las islas, no están
inscritas en el registro, aunque si en el Catastro. Tradicionalmente se ha
rehuido dar solución a esta cuestión, estableciendo como obligatoria- y mejor
aún, como constitutiva del derecho- la
inscripción en el registro, como ocurre en la gran mayoría de los países
europeos. Los argumentos habituales utilizados para esta parálisis han sido que,
al afectar esta reforma al derecho de propiedad, se convierte en un proceso
inabordable, ignorando que en los últimos años se ha legislado sobre derechos
de igual o mayor calado (igualdad efectiva entre hombres y mujeres, derechos de
asociación y petición, régimen electoral, o regulación de partidos políticos,
por citar algunos ejemplos) y que la reforma que se propone tendría un efecto
favorable sobre la protección del propio derecho de propiedad.
Y en segundo lugar, porque en
algunos supuestos las diferencias no solo se reducen, sino que parece desearse
que se incrementen. Y aquí me estoy refiriendo especialmente a algunos
registradores de la propiedad, con su estrategia de ignorar la información gráfica y alfanumérica del
catastro, así como la Referencia
Catastral como identificador único de los inmuebles, para sustituirlas por una nueva clave de uso
propio, denominada IDUFIR, y por una nueva base gráfica de uso exclusivamente
interno, antes denominada GEOBASE, careciendo ambas herramientas de base legal,
y sin más consecuencias que añadir confusión e inseguridad jurídica, como ya
han señalado algunos tribunales (ver la entrada de 26 de marzo de 2013).
Lamentablemente, estoy convencido de que no tardaremos en ver en la prensa los
efectos negativos de esta situación anómala, que es una fuente clara de descoordinación
entre instituciones, y da argumentos a aquellos que dentro y fuera de nuestras
fronteras advierten de los problemas que pueden encontrarse los ciudadanos si
se compra un inmueble en España. Como muestra de esta “mala reputación”, inmerecida
pero cierta, no hay más que ver la web oficial del Gobierno británico donde se
dan consejos para compradores de inmuebles en España, y donde literalmente se
destaca que “un gran número de quienes compraron (se refiere a ciudadanos
británicos) propiedades en España en los últimos años se enfrentan ahora a
serios problemas con sus casas”. Puedes ver esta información en:
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