martes, 22 de agosto de 2017

Nueva “Guía de Gestión de la Información Gráfica Catastral en el Tráfico Inmobiliario.”

En las pasadas semanas la Dirección General del Catastro de España ha publicado una interesantísima guía orientada a informar y resolver las dudas que pueden encontrarse todos aquellos usuarios,- ciudadanos, empresas, Administraciones Públicas,…-, que han de realizar alguna gestión vinculada con el trafico inmobiliario en la que es necesario acreditar las superficies, emplazamientos y linderos de los inmuebles.

Como se señala en la propia Introducción, el documento no es un manual de procedimientos o de trámites jurídicos para alcanzar la coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad, sino que pretende ser una guía que incluya un conjunto de recomendaciones y buenas prácticas para gestionar adecuadamente la información gráfica catastral por los diferentes agentes que intervienen en el tráfico inmobiliario (propietarios, técnicos, notarios, registradores y administraciones públicas), que ayuden al cumplimiento de dichas normas.


A partir de esa visión utilitaria y práctica, el documento desgrana en un lenguaje sumamente didáctico los diversos escenarios que puede encontrarse un propietario cuando ha de enfrentarse a la coordinación gráfica entre Catastro y Registro, bien sea incorporando a este último los datos catastrales, como operación registral específica, o bien cuando el propietario percibe que existe una discrepancia previa entre la realidad física del inmueble y los datos catastrales.

A este último caso,- la existencia de discrepancia previa entre la realidad física del inmueble y los datos catastrales-, dedica el documento su mayor atención, describiendo cómo debe ser la Representación Gráfica Alternativa Georreferenciada (RGGA) que ha de presentarse, y como esta  a su vez debe  someterse a la supervisión de la Dirección General del Catastro, a través del Informe de Validación Gráfica.  Para el caso especial de  las altas de obra nueva, se describe también el Informe Catastral de Ubicación de Construcciones, que incluye la descripción a través de sus coordenadas de la porción de suelo ocupada por la edificación o instalación.

De especial relevancia es el apartado “Técnicos competentes”, en el que se aportan soluciones específicas que deben ser tenidas en consideración por aquellos técnicos que colaboran con los propietarios ayudándoles a obtener la correspondiente Representación Gráfica Alternativa Georreferenciada.  Se abordan en este apartado cuestiones técnicas específicas tales como los formatos de elaboración de la RGGA, o la necesidad de trabajar como documento de partida con la cartografía catastral existente (con el fin de que la rectificación no se limite a la parcela específica, sino a todas aquellas a las que afecta dicha operación de coordinación).

En este apartado se aborda también la siempre conflictiva cuestión de los giros y desplazamientos en la cartografía catastral. Si se realiza un levantamiento topográfico que ponga de manifiesto que la cartografía catastral presenta un desplazamiento o giro, la representación gráfica resultante se deberá apoyar en la cartografía catastral existente respetando las distancias relativas. El técnico hará constar en su informe la magnitud y dirección del desplazamiento o giro observados. Los desplazamientos o giros así observados, no pueden ser objeto de modificación de manera aislada al realizar un trabajo topográfico individualizado, por lo que el técnico debe reflejar las coordenadas correspondientes a su representación sobre la cartografía catastral, junto con los parámetros de transformación que haya tenido que realizar. Estos parámetros se incorporarán como metadatos en la alteración que se realice, pudiendo ser usados ulteriormente para el cálculo de los parámetros de corrección de las coordenadas de la cartografía catastral del municipio en su conjunto. 

A valorar muy positivamente el apoyo que recibe el técnico que puede verificar el cumplimiento del trabajo realizado a través del  servicio de validación exclusivamente gráfica que ofrece la Dirección General del Catastro.  Es obviamente una solución provisional hasta que por el Catastro se resuelva el problema principal, -el giro o desplazamiento que afecta a toda la cartografía del municipio-, pero resuelve unas situaciones que tradicionalmente venía impidiendo de facto la coordinación de parcelas entre Catastro y Registro en los casos en que se daba esta patología.

Ejemplos de informe positivo y negativo de validación gráfica recogidos en la Guía.



Una última reflexión sobre esta guía. La publicación por la Dirección General del Catastro de este tipo de documentos es una buena prueba, en mi opinión, de que los objetivos de coordinación entre el Catastro, el Registro de la Propiedad y las Notarías definido en la Ley 13/2015 se está logrando. El nivel de detalle de esta guía y la distinta casuística abordada demuestran que el sistema diseñado funciona y que finalmente se logrará la ansiada coordinación entre Catastro y Registro a través del trabajo diario y puntual, desarrollado parcela a parcela. Creo que no es pecar de optimista si afirmamos que, finalmente, se está en la línea correcta para alcanzar una coordinación real, después de más de 150 años de esfuerzos frustrados.

Finalmente, el documento incluye numerosos enlaces a otros documentos técnicos disponibles en el portal de la Dirección General del Catastro (www.catastro.minhafp.es), debiéndose destacar entre ellos el documento de “Preguntas y respuestas acerca de la Coordinación Catastro-Registro”.

Puedes acceder a la totalidad de la guía en el siguiente enlace:  


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