domingo, 8 de diciembre de 2013

Las funciones del geómetra experto europeo y su posible “importación” al sistema español, como parte del sistema de seguridad jurídica inmobiliaria (primera parte).

Convocada por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía ha tenido lugar en Valencia, el día 5 de diciembre pasado, un interesantísimo encuentro sobre la figura del geómetra europeo y, por comparación, su posible integración en el sistema español, adaptando sus funciones a las que actualmente realizan los topógrafos españoles.

En contra de lo que es el estilo del blog, dedicaré a este tema dos comentarios diferenciados y más largos de lo habitual: este primero, destinado a explicar resumidamente el papel que desarrollan los profesionales europeos de la topografía en relación con la propiedad inmueble, incluyendo una breve descripción de las circunstancias diferenciales que se dan en España, y una segunda entrada con observaciones específicas y comentarios respecto a esta posible “importación”.

En la jornada intervinieron tres representantes de los geómetras de Francia (Claire Galpin), Dinamarca (Torben Juulsager) y Alemania (Clemens Kiepke), que explicaron las condiciones en las que desarrollan su actividad. Con algunas diferencias singulares, todos ellos coinciden en unas ideas comunes:

-Forman parte de colectivos profesionales  fuertemente organizados (la Orden francesa de Geómetras es el ejemplo más significativo), limitados en el número de profesionales que desarrollan la actividad (sólo se puede ejercer por profesionales que formen parte del colectivo), y regulados por normas estrictas de colegiación, ejercicio de la actividad y responsabilidad profesional.

-Desarrollan funciones públicas que incluyen ejercicio de autoridad. Así, no se les puede impedir el acceso a las propiedades para el ejercicio de su función, tienen acceso a bases de datos públicas que contienen datos protegidos, e incluso sus actuaciones, documentadas de la forma adecuada, tienen acceso directo al Catastro y, a través de él, al Registro de la Propiedad.

-Sus funciones, honorarios profesionales y “reparto” de trabajos, obedece a criterios de interés público, por tanto están definidos y regulados por la autoridad competente para ello.

-Su capacitación, que completa los estudios tradicionales en las ciencias geomáticas con formación de tipo jurídico, asociada al ejercicio del derecho de propiedad sobre los inmuebles y sus limitaciones, les permite enfocar su actividad no sólo como topógrafos, sino también como auténticos especialistas en la administración de la tierra.

-Responden de sus acciones con su patrimonio personal, lo que les obliga a “cubrirse” a través de sistemas de seguro obligatorio de responsabilidad profesional.

-Su aportación agiliza la acción de las oficinas catastrales, puesto que estas reciben toda la información relacionada con las alteraciones físicas de las propiedades (segregaciones, agrupaciones, divisiones, etc.,…) previamente tratada por estos profesionales, lo que supone en la práctica su integración inmediata en el sistema de información catastral y a través de él, en el Registro de la Propiedad, que queda de esta forma perfectamente coordinado con el anterior. Asimismo, el sistema es causa de un bajo nivel de litigios ante los tribunales por conflictos derivados de las características físicas de los inmuebles.

Hasta ahí el modelo parece más que interesante y su integración en el sistema español resultaría sumamente atractiva, recomendable e incluso urgente. Sin embargo, hay tres circunstancias específicas que se dan en España y que deben ser tenidas en consideración:

-La primera de ellas es que en nuestro país, en contra de lo que ocurre en la mayoría de los países europeos, la existencia del propio derecho de propiedad y su ejercicio no se condiciona a la imprescindible inscripción en ningún registro público. Es decir, que en España se puede ser propietario de un inmueble, con el pleno ejercicio de las facultades que ello implica, sin ningún requisito adicional. Si ni siquiera es necesaria la inscripción en el Registro de la Propiedad, ¿es planteable una reforma que implique la obligación formal de contar con un levantamiento topográfico previo para poder ejercer plenamente las facultades inherentes al derecho de propiedad?.

-En segundo lugar, en muchos países europeos las fincas están deslindadas, incluso con la obligación de amojonar físicamente los vértices, desde hace muchos años. Es decir, el posible conflicto está resuelto  a priori. Los geómetras europeos, cuando realizan una segregación de una parcela, trabajan en la práctica totalidad de los casos con el acuerdo previo de todas las partes y con una información de partida de las características de las propiedades afectadas asumida por todos ellos.

-Y finalmente, no debemos olvidar un tema agudizado por la actual crisis económica, pero que se viene produciendo desde hace años en todos los países de la OCDE, y que es el “adelgazamiento” progresivo de la acción pública, incluyendo en ello la liberalización de servicios públicos, la reducción de cargas administrativas, y la supresión de costes a los ciudadanos derivados del ejercicio de sus derechos. En el momento actual, de caída del precio de los inmuebles y fuerte disminución del número de transmisiones, ¿procede añadir un coste más a las transacciones inmobiliarias imponiendo la actuación obligatoria de un geómetra experto?.

Creo que antes de tomar una posición sobre la “importación” de esta interesante figura profesional, deberíamos dedicar algunos minutos a reflexionar sobre estas cuestiones. En la siguiente entrada al blog aportaré mis reflexiones personales, pero ya anticipo la conclusión: en las actuales circunstancias la figura del geómetra experto europeo no es “importable” al 100% al sistema español, pero sí deberíamos adoptar una parte de sus procedimientos, reforzando de forma significativa el papel que los profesionales de la geomática desarrollan en el sistema.

Para quienes deseen ampliar información sobre el papel de los geómetras europeos, pueden consultar la web de la CLGE (Asociación Europea de Geómetras Expertos), que agrupa a todos los colegios profesionales de topógrafos de Europa en:

http://www.clge.eu/


viernes, 15 de noviembre de 2013

La hora del catastro griego.

En los pasados días el Gobierno griego ha dado publicidad a los pliegos para contratar los trabajos de descripción catastral e implantación de los servicios de apoyo, destinados a la creación de un catastro nacional. Supone un importe total de 572.076.228 Euros sin IVA, distribuidos en 28 lotes, que incluyen el 60% de la superficie del país, aproximadamente.

Por la cuantía anterior es evidente que ha llegado el momento, ahora parece que de manera definitiva, de crear y establecer el catastro de Grecia, único país de la Unión Europea donde no existe un sistema catastral establecido conforme a los estándares mínimos exigibles.

En esta ocasión el proyecto vuelve a surgir como consecuencia de la intervención de Grecia por la Unión Europea, e incluso, aunque no he podido confirmar esta información, parece que la iniciativa es financiada con una combinación de recursos propios del gobierno griego y recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. El cliente es E.K.X.A.  S.A., la Agencia Nacional de Cartografía y Catastro, de nueva creación, y que sustituye a la entidad antes denominada KTIMATOLOGIO.

El objeto del trabajo se centra en dos actuaciones diferenciadas:
-Levantamiento catastral típico, sobre todo de zonas rurales, elaboración de cartografía digital a partir de una ortofotografía ya existente, y trabajo de campo para identificar las parcelas y los derechos que recaen sobre las mismas.
-Distintas acciones dirigidas a los propietarios interesados, durante los siguientes siete años, para que aporten toda la documentación acreditativa de sus propiedades, y presenten observaciones y alegaciones. En muchos casos no existen títulos formales ni antecedentes sobre los que trabajar, pero si derechos ganados mediante la usucapión.

La información capturada se integrará en el Registro de la Propiedad, constituyendo la base de la operación de saneamiento masivo del sistema de propiedad inmueble  de Grecia. No parece que se quiera la captura de datos de las edificaciones, ni se vincula el proceso a la implantación de mejoras significativas desde el punto de vista del impuesto sobre la propiedad de los inmuebles.

Es de destacar que la Dirección General del Catastro de España ha colaborado en el desarrollo del modelo griego, donde se valora especialmente el sistema catastral español, por varios motivos. Entre ellos no es menor la afinidad cultural que existe entre los dos países mediterráneos. De hecho, para los que tuvimos la ocasión de vivirlo, la metodología ahora seguida recuerda mucho a los trabajos desarrollados en España para la modernización del catastro de rústica, donde se daban las mismas circunstancias de ausencia de títulos, y propiedades ganadas por usucapión.

Estamos seguros de que, ahora si, Grecia logrará su objetivo de dotarse del catastro que el país necesita. Para ello deberán demostrar que se han superado las graves limitaciones que hicieron abortar intentos anteriores, y entre las cuales los fenómenos de corrupción no fueron una cuestión menor.

Como nos recuerda Julio César Muñiz Pérez, autor del  artículo “La crisis griega y la ineficiencia catastral”, publicado en la revista CT-Catastro en 2012 y de lectura obligatoria para los que deseen profundizar en el tema, ya el 14 de octubre de 2002, en el acto de creación del Comité Permanente sobre el Catastro en la Unión Europea, celebrado en Ispra (Italia), los representantes griegos hicieron constar expresamente en el acta que su principal tarea en los próximos años sería establecer el Catastro en Grecia. Los que estuvimos allí recordamos bien ese momento. Once años después este compromiso, manifestado públicamente, parece que empieza a producir resultado.

Puedes encontrar el artículo citado en:





miércoles, 6 de noviembre de 2013

¡Ya somos 50 (+1) catastreros!.



Estimados catastreros: Nunca pensé cuando cree este blog como una aventura meramente personal, que acabaría interesando a tantos y tan valiosos profesionales. De corazón, muchas gracias por vuestro apoyo, que es mi mayor estímulo para continuar.

lunes, 4 de noviembre de 2013

¿De qué hablamos cuando hablamos de un geoportal de catastro?.

En los últimos tiempos me ocurre con bastante frecuencia cuando participo en reuniones o entrevistas profesionales percibir el interés de los responsables de los catastros de distintos países latinoamericanos por dotarse de unos adecuados y eficientes geoportales para sus servicios. Bajo distintas denominaciones (oficinas virtuales, sedes electrónicas, portal del catastro, etc…) todos buscan dotarse de la herramienta que les permita convertir sus sistemas catastrales en auténticos modelos de administración electrónica, bien adquiriendo nuevos equipos o sistemas, o bien transformando los servicios que ya existen parcialmente instalados.

Sin embargo, en algunas ocasiones se percibe una cierta confusión cuando se demanda un servicio de estas características, confusión que en algunos casos procede de un insuficiente análisis de lo que debería realmente ser un geoportal de catastro, y en otros de una inadecuada valoración de las ventajas que produce sobre la sociedad en su conjunto el disponer de un buen catastro, accesible y reutilizable.

Me gustaría hacer algunas consideraciones al respecto.

En primer lugar, un geoportal para catastro no se genera, desde luego, tan sólo con adquirir una determinada tecnología o equipamiento, aunque se trate de soluciones contrastadas y de reconocido prestigio. No es tampoco una mera puesta a disposición de las cartografías digitales a través de internet, ni un lugar desde donde es posible descargarse una ortofotografía. Es mucho más que eso.

En segundo lugar, el mejor geoportal no suple las carencias y baja calidad de una mala base de datos. Sin embargo, una deficiente base de datos no debería limitar la implantación de un geoportal de catastro (definiendo con claridad sus efectos jurídicos), puesto que se trata de una gran herramienta para socializar esta información y, a través de ella, depurarla y actualizarla mediante el trabajo adecuado. No olvidemos que los antecedentes catastrales que ya existen son auténticos diamantes en bruto, que sólo esperan a ser tratados adecuadamente.

Y en tercer lugar, y por no alargar más este comentario, un geoportal de catastro debe generarse a través del análisis pormenorizado del “ecosistema” tecnológico y social en el que ha de ser implantado, prestando especial atención a cuestiones tales como las políticas nacionales en materia de administración electrónica, los criterios de ahorro en el sector público, o la posición institucional respecto a la transparencia y la política de datos abiertos. Es a partir de esta observación como puede diseñarse un auténtico geoportal para catastro que, como se aprecia en la imagen,  ha de resolver múltiples cuestiones previamente a su implantación. Han de adoptarse distintas decisiones que afectan a temas tales como los productos o servicios que se ofrecen, los procesos que se desarrollarán en él, los formatos de entrega de la información, la existencia o no de datos protegidos, la adecuada gestión de usuarios, la necesidad de realizar o no pagos a través de esta plataforma o la adecuada aplicación de una auténtica política que propicie la reutilización efectiva de la información catastral por la sociedad.


Solo al final de este análisis es cuando estamos en posición de decidir cuál es la tecnología más adecuada para poner en marcha este proyecto. El desarrollo de la tecnología actual permite elegir entre distintas soluciones que pueden ser adaptadas a  las necesidades de  las diferentes oficinas del catastro que existen en Latinoamérica. Por tanto, corresponde a los responsables del catastro definir primero el modelo, al que luego se adaptará la tecnología, y no al revés.


lunes, 21 de octubre de 2013

Iniciativa legislativa para la unificación institucional de Catastro y Registro de la Propiedad en Paraguay.

En los pasados días el Presidente de la República de Paraguay, Horacio Cartes Jara, acaba de presentar, junto con su expreso apoyo personal, el proyecto para la creación de la Dirección Nacional de Registros y Catastros Registrales (Dinacare), que busca unificar el funcionamiento de Registros Públicos y Catastro.

La iniciativa legislativa fue presentada por el Diputado José María Ibáñez; el Viceministro de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, Ramón Ramírez; Enrique Riera, miembro del Consejo de la Magistratura, y el Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert),  Justo Cárdenas.

El presidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Justo Cárdenas, ha sido especialmente activo en esta iniciativa, que viene demandando desde hace tiempo. En una recientes declaraciones afirmó que el Indert no estará en condiciones de solucionar la problemática de la tenencia de la tierra en diversas regiones del país, mientras no exista un único Catastro del territorio Nacional, a través del cual se establezca claramente la distribución de la tierra entre manos privadas y  sector público.

En esa línea afirmó que actualmente existe “un caos jurídico”, que afecta a una gran superficie de tierras. “Dentro de lo que Catastro establece, hoy en Paraguay existen más de 100 mil kilómetros cuadrados de superficie de lo que realmente existe. La diferencia es muy grande”, resaltó. Sostuvo que mediante esta situación se generan los títulos superpuestos de los inmuebles, por lo que consideró que “mientras no establezcamos como política de Estado una revisión de esa situación y se inicie el proceso de un Catastro único a nivel nacional, no vamos a poder llegar a una solución a esta situación”.

Esta iniciativa se basa en el  trabajado desarrollado entre el 2007 y 2011 en el diseño del proyecto, que ha contado con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que financió la iniciativa. Actualmente se está trabajando en los ajustes del proyecto de ley para su presentación al Congreso Nacional.

El Dinacare funcionará como una institución autónoma y autárquica que dependerá del Poder Ejecutivo, y unificará el tratamiento y gestión de información que actualmente funciona en forma separada: Catastro en el Ministerio de Hacienda y Registro Público, en el Poder Judicial. Está prevista una compensación económica al Poder Judicial por la merma de ingresos que le producirá la pérdida de la gestión del Registro de la Propiedad.

Igualmente, se trabajará en la socialización del proyecto con los municipios, para declarar los trabajos de actualización catastral de interés municipal, teniendo en cuenta que el 80 por ciento de los gobiernos comunales no cuentan con un catastro territorial.

La unidad que será creada funcionará con tres direcciones: Catastro, Registros y Formalización de Predios, que entre otras funciones evaluará la validez de los títulos. Esta iniciativa permitirá, además, evitar la corrupción que actualmente existe entre determinados escribanos, abogados y funcionarios, que tiene su base en la descoordinación institucional.

Puedes consultar la noticia en:




lunes, 7 de octubre de 2013

Catastro+Big Data: ¿estamos ya ante la tecnología que permite un catastro realmente multifinalitario?.

Durante años los catastreros hemos proclamado y demandado la existencia de un modelo de catastro multifinalitario, o multipropósito, que sería aquel cuyos datos están disponibles para su utilización por todo tipo de agentes tanto públicos como privados. Siendo la base de datos catastral gráfica y alfanumérica uno de los más potentes sistemas de información geográfica existentes en nuestros países, parece obvio que esta información se encuentre disponible para atender otras muchas necesidades, más allá del uso fiscal tradicional.

En España, y en otros países latinoamericanos donde se ha apostado fuertemente por políticas de open data, se ha avanzado mucho en esta línea. Sin embargo, en muchas ocasiones la voluntad de extender el uso de la información catastral a otros usuarios se ve limitada no por decisiones políticas o institucionales, sino por defectos en las propias bases de datos que tienen que interactuar. ¿Podemos hablar de un verdadero catastro multifinalitario cuando existen graves descoordinaciones en las nomenclaturas de las calles, lo que impide conectar eficazmente la información catastral con la urbanística, por citar un ejemplo muy frecuente en Latinoamérica?. Por poner otro caso, sin no existen sistemas que nos permitan identificar con precisión a cuál de los miles de “José Fernández”  nos referimos (en todos nuestros países tenemos miles de ciudadanos con el mismo nombre), ¿puede realmente utilizarse la información de titulares catastrales para otros fines, con garantía de éxito?.

En definitiva, no sólo basta con querer que la información catastral tenga una vocación multifinalitaria, sino que es necesario que técnicamente esto sea posible.

En este escenario es dónde entran los “Modelos de Datos Analíticos”, que permiten el análisis de las base de datos desde conceptos mucho más complejos en comparación con los modelos de análisis tradicional, superándose así lo que en nuestro ámbito catastral ha sido un hecho: que la informática no siempre ha podido atender los requerimientos que demanda un auténtico modelo de catastro multifinalitario.

En este entorno, la expresión cada vez más oida es “Big Data”. A partir de la necesidad de proporcionar al usuario una visión analítica de 360 grados sobre temas tan distintos como los usuarios, los productos, los objetos, las transacciones inter-ligadas de varias bases de datos, etc.,  surge el concepto de Big Data. También es conocido por otros términos como Big Data Analytics, Value Data, Smart Data, entre otros. Lo importante de esta tecnología es que permite atender simultáneamente necesidades variadas y complejas, tales como: almacenamiento y procesamiento masivo en grandes bases de  datos, heterogeneidad de datos muchas veces procedentes de fuentes diversas, integración, fácil explotación de datos, análisis avanzado y data mining. Y además en entornos de fuerte dinamismo, en los que estos datos están permanentemente cambiando, como ocurre con los miles de datos que se actualizan diariamente en los catastros de nuestros países.

Asimismo, otro de los factores que pueden hacernos pensar en el  Big Data como tecnología aplicable a la gestión catastral se refiere a su capacidad para lograr una mejor explotación de la información obtenida a través de dispositivos móviles, tales como dispositivos de geolocalización, lo cual lo hace más atractivo aun para el mundo catastral.

Sabemos que en nuestros países conviven bases de datos de contenido territorial que no siempre ha sido posible coordinar, a pesar de existir voluntad para ello. La diversidad de la información contenida en estas bases de datos y la falta de homogeneidad han sido un obstáculo permanente para lograr un auténtico catastro multifinalitario.  Las experiencias para mejorar la coordinación y la vinculación entre el catastro y los registros de la propiedad es una buena prueba de ello. ¿Será a través de Big Data donde estará la solución a estas cuestiones?.

Para aquellos que estén interesados en profundizar en el tema recomiendo la lectura del artículo de Luis Carlos Molina Félix titulado “Del Data Mining al Big Data”, por su fácil lectura y pedagogía. Podéis encontrarlo en:

El siguiente paso será un modelo de catastro Big Data y en Cloud, pero esto lo dejamos para una próxima entrada.




viernes, 20 de septiembre de 2013

Los deslindes administrativos y su incidencia en la actividad catastral.

La delimitación de los límites administrativos (entre comunidades autónomas, municipios e incluso naciones) es un problema que aparece de forma permanente en las mesas de los técnicos de Catastro. Un dato que a priori cabría presumir como correcto y objetivo, por el mero hecho de la propia existencia de estos límites durante cientos de años, aparece en muchas ocasiones de forma confusa, e incluso contradictoria, dando lugar a permanentes conflictos. El tema se agrava cuando distintas cartografías oficiales representan de diferente forma lo que debía ser una “línea única”, con graves consecuencias puesto que la correcta delimitación del territorio a través de sus linderos es la única vía eficiente para permitir al ciudadano conocer hasta donde puede aplicar sus derechos y obligaciones, al igual que permite a las distintas administraciones aplicar su jurisdicción.

A lo largo de la historia han existido multitud de conflictos –incluso guerras- derivados de linderos mal definidos, conflictos que sólo pueden evitarse con una correcta delimitación.  Esta es la idea base del trabajo publicado por Carmen Femenia, Gaspar Mora y otros profesores del Departamento de Ingeniería Cartográfica, Geodesia y Fotogrametría de la Universidad  Politécnica de Valencia, donde a partir de una experiencia específica- el estudio de los términos municipales de la Albufera de Valencia- , obtienen importantes conclusiones sobre cuál es el estado de la cuestión en España.

Como primera idea sorprendente, dado el actual desarrollo de las “ciencias de la tierra”,  parece que no disponemos en España de un registro completo donde se indiquen las coordenadas del perímetro de los municipios, a pesar de que desde el punto de vista legislativo han de inscribirse obligatoriamente en el Registro Central de Cartografía (RCC), tal como estipula el Real Decreto del 2007 del Sistema Cartográfico Nacional (SCN); que desarrolla la Ley de Ordenación de la Cartografía (LOC) del año 1986.

Sin embargo, este trabajo si se realizó. En las últimas décadas del siglo XIX y primeras del XX el antiguo Instituto Geográfico y Estadístico desarrolló un importante esfuerzo para determinar el límite entre todos los municipios existentes en España. Se llegaron a realizar los deslindes oficiales de todos los municipios españoles, siendo también amojonados. Sin embargo a fecha actual muchos de los mojones han desaparecido, mientras que la representación de otros  en los distintos mapas oficiales no coincide  con su posición física en el terreno, es decir sus coordenadas no son correctas.

En la cartografía catastral de rústica, las parcelas que se encuentran en la línea de término entre municipios se reflejan en algunos planos de polígono tal como aparece en el siguiente ejemplo de este plano catastral del término municipal de Valencia en su límite con L’Alcudia. Una representación que pone en evidencia las discordancias que existen entre límites de propiedad y límites administrativos.

                                 Las parcelas señalas con * son espacios en blanco, que quedan fuera del sistema.

Para apreciar la diversidad de fuentes, en muchos casos discrepantes, este estudio ha tenido que manejar información procedente de los siguientes organismos: Instituto Geográfico Nacional (IGN) y Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), Instituto Cartográfico Valenciano (ICV), Dirección General de Catastro (DGC), Archivo Histórico del Reino de Valencia, Junta Rectora de la Albufera de Valencia y Cartografías de los Ayuntamientos de Valencia y Sollana. En este caso mucha información no significa más calidad del dato, sino exactamente lo contrario.

Las conclusiones del trabajo deben ser motivo de reflexión para todos los que apreciamos la calidad de la información catastral. Como consecuencia del trabajo realizado se han encontrado incongruencias en diversas parcelas situadas entre la línea límite original deslindada oficialmente y el borde del lago de la Albufera, incluyendo parcelas nuevas ganadas al lago,  ubicadas íntegramente dentro del término municipal de Valencia pero que tributan en otros términos municipales.

En concreto, se ha estimado en unas 700 las parcelas que estando  incluidas en el término de Valencia, tributan a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en otros términos. ¿Son extrapolables estas diferencias a las delimitaciones entre todos los términos municipales?. La pregunta no es baladí, si tenemos en cuenta que son más de 7.500 los municipios que se integran en el modelo común de Catastro en España. Por poner un ejemplo, si estimamos una media de 200 parcelas en cada municipio mal definidas por cuestiones de inadecuada delimitación de los límites administrativos, -cifra muy por debajo de la obtenida en el estudio-, tendríamos un millón y medio de parcelas con problemas de delimitación y, en muchas ocasiones, también inadecuada tributación.

Concluyen los autores reclamando la existencia y mantenimiento de una única línea de término municipal, definida por sus coordenadas en un sistema de referencia y proyección determinado, integrando toda esta información en el Registro Central de Cartografía, para que pueda  -y deba- ser utilizada por cualquier administración, empresa o particular que lo requiera. Para ello, también es necesario el diseño de una metodología que permita la recuperación de dichas líneas, a la mayor brevedad posible.

Sin duda, recomiendo la lectura del trabajo citado, que puedes encontrar en:

                          Modelos de mojones. Las imágenes han sido tomadas del artículo citado.