lunes, 28 de abril de 2014

¿Existe un sector específico de PYMES con orientación GEO-TIC en España?. ¿Y en Europa?.

El pasado 10 de abril tuvo lugar en la Sede del IGN una interesante jornada divulgativa sobre la iniciativa SmeSpire. Esta iniciativa forma parte de las actividades impulsadas por la Unión Europea en desarrollo de la Directiva INSPIRE, y tiene por objetivo fomentar la creación de una red europea de PYMES especializadas en GEO-TIC, basándose en las oportunidades que despliega esta Directiva.

Entre las distintas presentaciones realizadas quisiera destacar la realizada por María Cabello, excelente profesional con una gran experiencia en la implantación y desarrollo de proyectos de alcance europeo relacionados con el sector GEO. En su presentación diagnosticó la situación del sector de las PYMES que orientan su actividad principalmente al ámbito GEO-TIC, y realizó una comparativa entre España y Europa realmente interesante, resumida en la siguiente tabla:



A la vista de su contenido, se deduce que las PYMES españolas se distancias de las europeas en que no hay en nuestro país una red específica de PYMES del sector GEO-TIC, y en que seguimos atrás en políticas activas de “open data”, puesto que existe mayor desconfianza sobre el nivel real de interoperabilidad y accesibilidad a los datos públicos. Asimismo, las PYMES españolas dedicadas al sector GEO-TIC muestran dos debilidades que se repiten en todo el tejido productivo español: participan poco, y se benefician menos aún, de proyectos cofinanciados por la UE, al tiempo que sufren las consecuencias de la crisis económica.

Pero destaquemos aquellos temas en los que si se asimilan a las PYMES europeas:

-Señala María Cabello que no existe una definición comúnmente aceptada de lo que se denomina GEO-TIC, es decir, aquellas actividades que se orienta fundamentalmente al desarrollo de productos y servicios de componente tecnológico, en el que el contenido de información geográfica es relevante. Sin embargo, es evidente que la actividad existe, y aunque puede encontrarse un número elevado de PYMES españolas dedicadas a actividades GEO-TIC, todavía no se ha constituido formalmente un sector propio. Tengo dudas sobre si tiene sentido la existencia de un sector diferenciado y tan específico. Actividades GEO-TIC se están desarrollando en España por multitud de empresas de todos los tamaños, y con muy buenos resultados y ejemplos. Se puede decir que la práctica totalidad de las empresas- grandes, medianas y pequeñas- que se agrupan dentro del sector TIC han incluido o están incluyendo entre sus soluciones productos o servicios que incluyen lo que habitualmente llamamos GEO, es decir, información territorial de distinto tipo, asociada o no a otras capas de información (imagen, cartografía, etc.), y servicios, (navegadores, geoportales, etc.).

-No es llamativo que se trate de empresas jóvenes y de escaso tamaño en su gran mayoría. Ocurre igual en todo el sector TIC. Pero si lo es que su principal cliente sean las Administraciones Públicas europeas. ¿Está fallando en Europa la idea de la empresa “reutilizadora”, es decir, aquella que utiliza información geográfica procedente del sector público en su mayoría, para construir nuevos productos y servicios que son puestos a disposición de otras empresas y de los ciudadanos?. Recordemos que la idea de las “empresas reutilizadoras” es una de las piezas básicas que sustenta las políticas de “Open Data” en multitud de países.

Un último comentario al respecto. Es indudable que existe una auténtica explosión en la  demanda de productos y servicios relacionados con la información geográfica. Es concluyente que, en todo el mundo, las APP que desarrollan herramientas de navegación y búsqueda geográfica se sitúen entre las más descargadas a través de teléfonos móviles, sólo por detrás de los juegos y las aplicaciones de redes sociales. Pero también puede estar pasando que exista un exceso de oferta, o una oferta excesivamente fragmentada, lo que determina que muchas pequeñas empresas encuentren grandes dificultades para sobrevivir porque carecen del “musculo” necesario para poner el foco en productos y servicios de medio recorrido, que agreguen realmente valor a clientes estables, saliendo del producto inmediato y de vida limitada. Una vez más, y como ocurre en todo el sector TIC, en el ámbito GEO la alianza entre grandes empresas y PYMES parece el camino más adecuado para lograr el éxito y el desarrollo sostenible de muchas de las iniciativas que están en las cabezas de nuestros emprendedores.


Mientras tanto, si eres una PYME orientada al mundo GEO-TIC, no descuides todo lo que la iniciativa SmeSpire puede hacer por ti.


lunes, 14 de abril de 2014

Avance: El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de Ley de reforma de las Leyes Hipotecaria y del Catastro.

Parece que desde el Consejo de Ministros finalmente se ha iniciado el tan esperado y solicitado proceso para lograr una efectiva coordinación entre Catastro y Registro en España, y la plena concordancia de ambas instituciones con la realidad extrarregistral. A salvo de un estudio en detalle en futuras entradas de este blog, hemos de decir, a tenor de lo que se desprende de la nota de prensa distribuida, que ahora sí parece orientarse correctamente la solución de esta enquistada cuestión, siguiéndose la vía adecuada. Dos ejemplos parecen indicarlo:

-Se reconoce de manera expresa la deficiente situación jurídica existente, con un grado de sinceridad que ha de valorarse de forma especial:

“La dispersión normativa y la falta de tratamiento integral y homogéneo de los datos entre uno y otro provocan que hoy en día el resultado sea precisamente el contrario: el Registro utiliza una cartografía distinta de la catastral y de difícil relación; los procedimientos de intercambio de información son anticuados e insuficientes, y es difícil saber cuándo una finca registral y una parcela catastral son la misma realidad”.

“Esta situación impide un control real y genera inseguridad,…”

-Y, lo que es más importante,  se desjudicializan los procedimientos de concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad extrarregistral, lo que debería facilitar que, definitivamente, se logre la plena concordancia entre la realidad física y jurídica, y la representación que de ambas se hace en el Catastro y en el Registro de la Propiedad.


Volveremos sobre este tema, que merece una especial atención por sus efectos en el sistema de seguridad jurídica inmobiliaria de España. Mientras tanto nos felicitamos por la iniciativa.

Puedes ver el resumen completo en:
http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2014/refc20140411.htm#Catastro


viernes, 11 de abril de 2014

La prohibición, esperemos que por poco tiempo, del uso de drones con fines comerciales o profesionales en España, o como intentar ponerle puertas al aire.

Acabo de mantener una reunión de trabajo con el fin de analizar cómo puedo utilizar una determinada tecnología en diversos proyectos, y especialmente para enterarme de si está tecnología resulta válida para capturar imágenes destinadas a elaborar cartografía catastral, y me entero que su uso con fines profesionales o comerciales sin autorización “es ilegal y está sujeto a la imposición de las correspondientes sanciones”.

Si me intereso en cómo utilizar una tecnología prohibida, ¿acabo de participar en una reunión ilegal?. El tema me inquieta (tampoco demasiado, no voy a engañaros), sobre todo porque soy persona tranquila a la que le suele gustar cumplir con las normas, especialmente cuando hay que aplicarlas en entornos profesionales.

Bromas aparte, lo cierto es que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) española, que depende del Ministerio de Fomento, acaba de publicar una singular nota de prensa en la que dice cosas interesantes:

“…, no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control  remoto con fines comerciales o profesionales, para realizar actividades consideradas trabajos  aéreos, como la fotogrametría, agricultura inteligente (detectar en una finca aquellas plantas  específicas que necesitarían de una intervención, como riego, fumigación, para optimizar el  cultivo), reportajes gráficos de todo tipo, inspección de líneas de alta tensión, ferroviarias, vigilancia de fronteras, detección de incendios forestales, reconocimiento de los lugares afectados por catástrofes naturales para dirigir las ayudas adecuadamente, etc.”.

El uso de drones sólo puede realizarse con fines deportivos o de recreo, “en las zonas habilitadas para ello conforme a la normativa que regula las actividades de aeromodelismo.”

Volar drones fuera de estas zonas o con fines comerciales o profesionales, “requiere autorización por parte de AESA, y hasta que no esté aprobada la  nueva normativa específica que regule el uso de este tipo de aparatos, AESA no puede emitir  dichas autorizaciones porque carece de base legal para ello. Por tanto, utilizar drones para la  realización de este tipo de trabajos con fines profesionales o comerciales sin autorización es  ilegal y está sujeto a la imposición de las correspondientes sanciones”.

Obviamente, esta prohibición “incluye tanto la realización de ese tipo de trabajos por cuenta de terceros como por cuenta propia con carácter privado.”

Esta situación, que no afecta a usos militares ni a vuelos en recintos totalmente cerrados, se mantendrá hasta que se elabore la correspondiente normativa, probablemente un Real Decreto, que regule el uso de los drones, incluyendo  una “clasificación de estas aeronaves, especificando qué categorías quedarán exentas de disponer de matrícula y certificado de aeronavegabilidad y estableciendo los requisitos para la certificación de las que lo requieran, así como para su fabricación, mantenimiento y operación, y para su acceso al espacio aéreo, determinando en particular en qué lugares y bajo qué condiciones podrán volar, y las medidas de seguridad específicas que puedan requerirse en cada uno de esos lugares”.

Mientras tanto, solo se autorizarán puntualmente “vuelos de desarrollo o de demostración, así como para los vuelos requeridos para la certificación de estas aeronaves”.

En definitiva, que mientras las autoridades regulatorias regulan, la actividad se prohíbe.

Es un hecho el uso creciente y descontrolado de drones. Cada vez los vemos más volando sobre manifestaciones, campos de fútbol, o todo tipo de aglomeraciones humanas, y supongo que a las autoridades de AESA les preocupa un posible incidente que genere responsabilidades civiles o penales, que puedan repercutirse de forma subsidiaria sobre el órgano de la Administración que regula la actividad. Esta, y la ausencia de una normativa europea que finalmente existirá, parece ser la única causa real que justifica esta prohibición, que esperemos no se prolongue más allá de lo estrictamente necesario.


Por cierto, y para finalizar ajustándonos al objeto de este blog: me dicen los expertos consultados que las imágenes capturadas desde los drones comerciales actualmente existentes no permiten obtener la suficiente calidad como para ser utilizadas en la elaboración de la cartografía catastral.  Este parece ser por ahora el “estado del arte”. No obstante, agradecería mucho otras opiniones al respecto.




lunes, 31 de marzo de 2014

Presentación de la Asociación Española de Geómetras Expertos.

El pasado 14 de marzo tuvo lugar la constitución de la Asociación Española de Geómetras Expertos, que nace con la intención de crear en nuestro país un modelo profesional similar al existente en otros países europeos.

Sobre la figura del Geómetra Experto, y su adaptación al modelo español, ya tuve ocasión de dar mi opinión en este blog, en dos entradas de diciembre de 2013. Por tanto no repetiré lo ahí dicho. Únicamente tres comentarios relacionados con la fundación de la Asociación Española de Geómetra Expertos, algunos de ellos surgidos a raíz de los realizados por Pedro J. Ortiz Toro, Ingeniero Técnico en Topografía con varios años de experiencia como consultor independiente en el ámbito de la Geomática y la Propiedad, y principal impulsor de la iniciativa:

En primer lugar, reitero mi opinión de que hay sitio, e incluso necesidad, para una figura de estas características en nuestro país. Las tradicionales discrepancias entre Catastro y Registro de la Propiedad, la compleja tributación inmobiliaria, o el opaco sistema de regulación de la actividad urbanística, justifican la existencia de este especialista.

En segundo lugar, su éxito futuro dependerá, fundamentalmente, de su independencia. Sólo si logran un ejercicio profesional realmente neutral, en la misma línea que los geómetras europeos, tendrá éxito la figura en nuestro país. Si por el contrario las primeras actuaciones de estos profesionales se decantan claramente a favor del interés inmediato de sus clientes, en lugar de a la defensa de la seguridad jurídica inmobiliaria, no se habrá logrado trasladar realmente la figura europea con todo su valor.

Y en tercer lugar, es evidente que esta iniciativa no debe crecer distanciada de las asociaciones y colegios profesionales que tradicionalmente han representado los intereses de los profesionales de la geomática. Necesariamente han de acabar coincidiendo, porque tiene los mismos objetivos.

Mucho éxito a la iniciativa. Seguiremos atentos sus primeros pasos.

Puedes encontrar más información en:
http://geometraexperto.wordpress.com/2014/02/12/presentacion-de-la-asociacion-espanola-de-geometras-expertos/



lunes, 17 de marzo de 2014

Reforma constitucional en México para facilitar el desarrollo de un modelo nacional de catastro.

En fechas recientes el Congreso mexicano ha adoptado una importante decisión relacionada con el Catastro. Se trata de una adición al artículo 73 por la que se faculta al Congreso a aprobar una Ley que establezca las bases generales de operación de los registros públicos inmobiliarios  así como  de los catastros, con el fin de lograr su homologación y armonización.

Esta iniciativa legislativa responde a dos circunstancias muy concretas:

En primer lugar, al modelo de distribución de competencias en México, que atribuye las funciones catastrales a los municipios, como parte de su modelo de financiación.

Y en segundo término, a la voluntad expresada por los últimos gobiernos de la nación de impulsar la modernización de los catastros, superando la situación actual que se caracteriza por una bajo nivel general de modernización y actualización, y una muy desigual calidad entre municipios, que oscila entre catastros con un alto nivel de desarrollo, como el de la Capital, hasta la práctica inexistencia del mismo en muchas ciudades.

Asimismo, la medida viene a apoyar las iniciativas desarrolladas en fechas anteriores mediantes las cuales un número importante de  municipios delegaron en los gobiernos de los Estados el ejercicio de estas funciones, lo que es la causa de que en la actualidad existan en México instituciones catastrales municipales y estatales.  Junto a ellas, el RAN (Registro Agrario Nacional, de ámbito federal) es el responsable de los levantamientos catastrales del suelo ejidal, es decir, aquel que procede de los periodos revolucionarios y que es de titularidad pública, siendo explotado por las comunidades vecinas, y que supone más de 45% de la superficie del catastro rústico.


Con esta reforma se pretende impulsar la modernización del Catastro en México, a partir de la creación de un modelo frente al cual puedan homologarse y armonizarse los catastros municipales y estatales, y que permitirá definitivamente integrar información catastral a nivel nacional. Asimismo, ha de ser una vía prioritaria para mejorar la recaudación del impuesto predial (equivalente al IBI español), y superar con ello el bajo nivel de ingresos que se obtienen por este concepto,  lo que sitúa a México en la parte más baja de la capacidad recaudatoria de todos los países de la OCDE, en lo que se refiere a tributación sobre los inmuebles.

miércoles, 26 de febrero de 2014

La diversidad de los tributos locales sobre los inmuebles en la Unión Europea.

Como ya nos tiene acostumbrados, Amalia Velasco –esta vez acompañada de Raquel Mª Lara- vuelve a ocupar las páginas de la revista CT-Catastro para ofrecernos un nuevo análisis comparativo que abarca la totalidad de los países de la UE. En este caso, y bajo el título “El papel del Catastro en la imposición inmobiliaria europea. 28 formas de entenderlo”, las autoras desmenuzan, país a país, cómo es el sistema de tributación sobre los inmuebles, y cuál es la relación del Catastro con esta actividad.

Aunque recomiendo la lectura completa del artículo, para los lectores con prisa les sugiero la consulta a los cuadros comparativos de las páginas 74 y siguientes, en los que se detalla la información de cada país sobre:
-Existencia de impuestos similares al IBI (impuesto predial).
-Capacidad del municipio para modificar tipos de gravamen (alícuotas).
-Existencia o no de exenciones a vivienda.
-Definición sobre si la base imponible se basa o no en el valor de mercado del inmueble.
-Órgano competente para fijar la valoración del inmueble a efectos tributarios.
-Periodo en el que se repite el proceso de valoración masiva.
-Órgano del que depende el catastro.
-Y relación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad.

Es mucha la información que puede extraerse de este trabajo, pero nos limitaremos a destacar tres conclusiones singulares:
1º.-En todos los países, salvo Malta y Suecia, -que lo acaba de suprimir, lo que le originó las críticas de la OCDE que les había sugerido reducir el impuesto sobre las rentas del trabajo-, cuentan con uno o varios impuestos anuales sobre la propiedad, si bien sólo en 5 de ellos estos impuestos son una pieza básica del sistema de impuestos municipal.
2º.- En la mayoría de los países el Catastro, aunque colabora en la valoración de los bienes inmuebles  con fines fiscales, no es responsable final de ese valor, como ocurre en España y muchos países latinoamericanos. No obstante en todos los casos, salvo dos excepciones, aporta sus datos para que esta valoración pueda producirse.
3ª.- Para finalizar, y como se refleja en el gráfico adjunto, tomado del propio artículo, curiosamente en 14 de los 25 los países donde se ha obtenido la información, la base imponible del impuesto inmobiliario no está basada en el valor de mercado. Es decir que existen métodos propios, ajenos al valor de mercado, para definir el “valor fiscal”, aunque parece que hay varios países que están migrando hacia estos sistemas.

Puedes acceder al artículo en:

http://www.catastro.meh.es/documentos/publicaciones/ct/ct78/2.pdf


lunes, 10 de febrero de 2014

Lectura obligatoria: “Tendencias a futuro en la gestión de información geoespacial: La visión de cinco a diez años”

A mediados del pasado año se publicó un interesante documento realizado por el “Comité de Expertos de las Naciones Unidas sobre la Gestión Global de la Información Geoespacial  (The United Nations initiative on Global Geospatial Information Management UN-GGIM)”, titulado: “Tendencias a futuro en la gestión de información geoespacial: La visión de cinco a diez años”, cuya lectura parece obligada para todos los que nos interesamos por el futuro del Catastro.

UN-GGIM fue creado por Naciones Unidas para establecer un marco estable y de alto nivel en el que los especialistas de los Estados Miembros pudieran colaborar, compartir conocimiento y apoyar el desarrollo de bases sólidas de información geoespacial, con el fin último de hacer válidos estos conocimientos para mejorar las vidas de los ciudadanos de todo el mundo. Si hacemos una lectura en clave catastral del  documento, podemos identificar claramente una serie de cuestiones que definirán los Catastros de los próximos años. Veamos algunos de los pronósticos más relevantes:

- Nuevas y más abundantes fuentes de captura de datos catastrales: El incremento constante del número de dispositivos que cuentan con funciones de Sistemas de Navegación Global Satelital (GNSS), y conexión a internet, permitirá la creación de nueva información basada en la localización. Esto implicará la creación de cantidades antes inimaginables de datos que llegarán cada minuto a los Catastros. Lo más singular es que la creación de datos será cada vez más pasiva, puesto que muchos datos podrán ser obtenidos directamente a través de los equipos de los ciudadanos sin necesidad de participación activa por su parte.
 
-Más datos supondrá más problemas para su gestión: El conflicto habitual al que se enfrentarán las oficinas catastrales será el de cómo hacer efectiva la utilización de toda esa gran cantidad de información, logrando no sólo que exista el dato, sino que este se pueda encontrar de la forma adecuada, y en el momento correcto. Esta situación generará dependencias de las nuevas tecnologías diseñadas para la gestión de grandes volúmenes de información estructurada y no estructurada (Big Data), -ver el post de 13 de octubre de 2013-que facilitará el uso de información eficaz de grandes oleadas de datos geográficos en bruto.

-Datos vinculados (linked data) y el internet de las cosas: Será cada vez más importante la capacidad de vincular los datos catastrales con otra información existente en la Web. Para ello, es probable que veamos una distribución cada vez más amplia de los datos como “datos vinculados” (“linked data”). Esta necesidad se multiplicará con la expansión del “internet de las cosas”, que obligará a geolocalizar volúmenes enormes de objetos y vehículos, y relacionarlos con la información catastral, en cifras muy superiores a las actuales.

-Tecnología en la nube: Gestionar, alojar y dar servicio a las enormes cantidades de datos geográficos que veremos en los próximos años requerirá de cuantiosas inversiones en infraestructura y software. Estos costos no siempre serán viables para quienes manejan información catastral, por lo que crecerán las soluciones basadas en la nube.

-Software libre: Seguirá el desarrollo de modelos catastrales basados en software libre por tres argumentos: por los beneficios económicos intrínsecos,  por la capacidad de compartir y modificar software con relativa facilidad y, en tercer lugar, porque la siguiente generación de profesionales geoespaciales se habrá formado sobre modelos de  fuentes abiertas, así que ya estarán acostumbrados a su utilización.
No obstante,  los expertos advierten que si bien el software básico puede ser gratuito, los costos del desarrollo de tecnología de fuentes abiertas podrían generar a los responsables de los Catastros gastos no previstos de mano de obra especializada, lo que les obligará a conocer antes de decidir, y esto es aportación mía, los nuevos escenarios creados a partir de la mayor adaptación, en costes y en proximidad al usuario, que ofrecerán los modelos de software propietario de prestigio.

-Estándares: Las normas desarrolladas por diversos organismos, encabezados por el OGC  y por ISO, seguirán facilitando la interoperabilidad en la industria y facilitarán el acceso a datos catastrales en todo el mundo. Además se desarrollarán  normas de alcance regional,  tales como las derivadas  de la Directiva INSPIRE. Todas estas nomas condicionaran los modelos de Catastro, que deberán adaptarse a ellas en corto espacio de tiempo.

-Catastros 3D y 4D y “Catastros de interiores”:  Finalmente, será más frecuente la aparición de Catastros 3D, sobre imágenes -reales o texturizadas-, o LIDAR, así como la integración plena del factor tiempo con las coordenadas x, y, z, a través de SIGs 4D. Por otro lado, se verán desarrollos eficientes de la tecnología que permite el posicionamiento de interiores (indoor positioning), dando lugar a un gran desarrollo de “mapas de interiores”, extraordinariamente útiles para mejorar la información catastral y los modelos de valoración en entornos de “propiedad horizontal”.

Puede encontrarse el texto completo del estudio en: