Estimados catastreros: Nunca pensé cuando cree este blog
como una aventura meramente personal, que acabaría interesando a tantos y tan
valiosos profesionales. De corazón, muchas gracias por vuestro apoyo, que es mi
mayor estímulo para continuar.
¿Qué es Catastreros? Este es el blog de Ignacio Durán Boo. Nacido durante mi etapa de trabajo en la Dirección General del Catastro de España, ahora está abierto a todo aquello que tenga que ver con los datos y las administraciones publicas.
miércoles, 6 de noviembre de 2013
lunes, 4 de noviembre de 2013
¿De qué hablamos cuando hablamos de un geoportal de catastro?.
En los últimos tiempos me ocurre
con bastante frecuencia cuando participo en reuniones o entrevistas
profesionales percibir el interés de los responsables de los catastros de
distintos países latinoamericanos por dotarse de unos adecuados y eficientes
geoportales para sus servicios. Bajo distintas denominaciones (oficinas
virtuales, sedes electrónicas, portal del catastro, etc…) todos buscan dotarse
de la herramienta que les permita convertir sus sistemas catastrales en auténticos
modelos de administración electrónica, bien adquiriendo nuevos equipos o
sistemas, o bien transformando los servicios que ya existen parcialmente
instalados.
Sin embargo, en algunas ocasiones
se percibe una cierta confusión cuando se demanda un servicio de estas características,
confusión que en algunos casos procede de un insuficiente análisis de lo que
debería realmente ser un geoportal de catastro, y en otros de una inadecuada valoración
de las ventajas que produce sobre la sociedad en su conjunto el disponer de un
buen catastro, accesible y reutilizable.
Me gustaría hacer algunas
consideraciones al respecto.
En primer lugar, un geoportal
para catastro no se genera, desde luego, tan sólo con adquirir una determinada
tecnología o equipamiento, aunque se trate de soluciones contrastadas y de
reconocido prestigio. No es tampoco una mera puesta a disposición de las cartografías
digitales a través de internet, ni un lugar desde donde es posible descargarse
una ortofotografía. Es mucho más que eso.
En segundo lugar, el mejor
geoportal no suple las carencias y baja calidad de una mala base de datos. Sin
embargo, una deficiente base de datos no debería limitar la implantación de un
geoportal de catastro (definiendo con claridad sus efectos jurídicos), puesto
que se trata de una gran herramienta para socializar esta información y, a través
de ella, depurarla y actualizarla mediante el trabajo adecuado. No olvidemos
que los antecedentes catastrales que ya existen son auténticos diamantes en
bruto, que sólo esperan a ser tratados adecuadamente.
Y en tercer lugar, y por no
alargar más este comentario, un geoportal de catastro debe generarse a través
del análisis pormenorizado del “ecosistema” tecnológico y social en el que ha
de ser implantado, prestando especial atención a cuestiones tales como las
políticas nacionales en materia de administración electrónica, los criterios de
ahorro en el sector público, o la posición institucional respecto a la
transparencia y la política de datos abiertos. Es a partir de esta observación
como puede diseñarse un auténtico geoportal para catastro que, como se aprecia
en la imagen, ha de resolver múltiples
cuestiones previamente a su implantación. Han de adoptarse distintas decisiones
que afectan a temas tales como los productos o servicios que se ofrecen, los
procesos que se desarrollarán en él, los formatos de entrega de la información,
la existencia o no de datos protegidos, la adecuada gestión de usuarios, la
necesidad de realizar o no pagos a través de esta plataforma o la adecuada
aplicación de una auténtica política que propicie la reutilización efectiva de
la información catastral por la sociedad.
Solo al final de este análisis es
cuando estamos en posición de decidir cuál es la tecnología más adecuada para
poner en marcha este proyecto. El desarrollo de la tecnología actual permite
elegir entre distintas soluciones que pueden ser adaptadas a las necesidades de las diferentes oficinas del catastro que
existen en Latinoamérica. Por tanto, corresponde a los responsables del
catastro definir primero el modelo, al que luego se adaptará la tecnología, y
no al revés.
lunes, 21 de octubre de 2013
Iniciativa legislativa para la unificación institucional de Catastro y Registro de la Propiedad en Paraguay.
En los pasados días el Presidente
de la República de Paraguay, Horacio Cartes Jara, acaba de presentar, junto con
su expreso apoyo personal, el proyecto para la creación de la Dirección
Nacional de Registros y Catastros Registrales (Dinacare), que busca unificar el
funcionamiento de Registros Públicos y Catastro.
La iniciativa legislativa fue
presentada por el Diputado José María Ibáñez; el Viceministro de Administración
Financiera del Ministerio de Hacienda, Ramón Ramírez; Enrique Riera, miembro
del Consejo de la Magistratura, y el Presidente del Instituto Nacional de
Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Justo Cárdenas.
El presidente del
Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Justo Cárdenas,
ha sido especialmente activo en esta iniciativa, que viene demandando desde
hace tiempo. En una recientes declaraciones afirmó que el Indert no estará en
condiciones de solucionar la problemática de la tenencia de la tierra en
diversas regiones del país, mientras no exista un único Catastro del territorio
Nacional, a través del cual se establezca claramente la distribución de la
tierra entre manos privadas y sector
público.
En esa línea afirmó que
actualmente existe “un caos jurídico”, que afecta a una gran superficie de
tierras. “Dentro de lo que Catastro establece, hoy en Paraguay existen más de
100 mil kilómetros cuadrados de superficie de lo que realmente existe. La
diferencia es muy grande”, resaltó. Sostuvo que mediante esta
situación se generan los títulos superpuestos de los inmuebles, por lo que
consideró que “mientras no establezcamos como política de Estado una revisión
de esa situación y se inicie el proceso de un Catastro único a nivel nacional,
no vamos a poder llegar a una solución a esta situación”.
Esta iniciativa se basa en el trabajado desarrollado entre el 2007 y 2011 en
el diseño del proyecto, que ha contado con el apoyo del Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), que financió la iniciativa. Actualmente se está trabajando en
los ajustes del proyecto de ley para su presentación al Congreso Nacional.
El Dinacare funcionará como una
institución autónoma y autárquica que dependerá del Poder Ejecutivo, y
unificará el tratamiento y gestión de información que actualmente funciona en
forma separada: Catastro en el Ministerio de Hacienda y Registro Público, en el
Poder Judicial. Está prevista una compensación económica al Poder Judicial por
la merma de ingresos que le producirá la pérdida de la gestión del Registro de
la Propiedad.
Igualmente, se trabajará en la
socialización del proyecto con los municipios, para declarar los trabajos de
actualización catastral de interés municipal, teniendo en cuenta que el 80 por
ciento de los gobiernos comunales no cuentan con un catastro territorial.
La unidad que será creada
funcionará con tres direcciones: Catastro, Registros y Formalización de Predios,
que entre otras funciones evaluará la validez de los títulos. Esta iniciativa permitirá,
además, evitar la corrupción que actualmente existe entre determinados escribanos,
abogados y funcionarios, que tiene su base en la descoordinación institucional.
Puedes consultar la noticia en:
lunes, 7 de octubre de 2013
Catastro+Big Data: ¿estamos ya ante la tecnología que permite un catastro realmente multifinalitario?.
Durante años los catastreros
hemos proclamado y demandado la existencia de un modelo de catastro multifinalitario,
o multipropósito, que sería aquel cuyos datos están disponibles para su
utilización por todo tipo de agentes tanto públicos como privados. Siendo la
base de datos catastral gráfica y alfanumérica uno de los más potentes sistemas
de información geográfica existentes en nuestros países, parece obvio que esta
información se encuentre disponible para atender otras muchas necesidades, más
allá del uso fiscal tradicional.
En España, y en otros países
latinoamericanos donde se ha apostado fuertemente por políticas de open data, se ha avanzado mucho en esta
línea. Sin embargo, en muchas ocasiones la voluntad de extender el uso de la
información catastral a otros usuarios se ve limitada no por decisiones
políticas o institucionales, sino por defectos en las propias bases de datos que
tienen que interactuar. ¿Podemos hablar de un verdadero catastro
multifinalitario cuando existen graves descoordinaciones en las nomenclaturas
de las calles, lo que impide conectar eficazmente la información catastral con
la urbanística, por citar un ejemplo muy frecuente en Latinoamérica?. Por poner
otro caso, sin no existen sistemas que nos permitan identificar con precisión a
cuál de los miles de “José Fernández” nos referimos (en todos nuestros países tenemos
miles de ciudadanos con el mismo nombre), ¿puede realmente utilizarse la
información de titulares catastrales para otros fines, con garantía de éxito?.
En definitiva, no sólo basta con
querer que la información catastral tenga una vocación multifinalitaria, sino
que es necesario que técnicamente esto sea posible.
En este escenario es dónde entran
los “Modelos de Datos Analíticos”, que permiten el análisis de las base de
datos desde conceptos mucho más complejos en comparación con los modelos de
análisis tradicional, superándose así lo que en nuestro ámbito catastral ha
sido un hecho: que la informática no siempre ha podido atender los
requerimientos que demanda un auténtico modelo de catastro multifinalitario.
En este entorno, la expresión
cada vez más oida es “Big Data”. A
partir de la necesidad de proporcionar al usuario una visión analítica de 360 grados
sobre temas tan distintos como los usuarios, los productos, los objetos, las transacciones
inter-ligadas de varias bases de datos, etc., surge el concepto de Big Data. También es
conocido por otros términos como Big Data Analytics, Value Data, Smart Data,
entre otros. Lo importante de esta tecnología es que permite atender simultáneamente
necesidades variadas y complejas, tales como: almacenamiento y procesamiento masivo
en grandes bases de datos,
heterogeneidad de datos muchas veces procedentes de fuentes diversas, integración,
fácil explotación de datos, análisis avanzado y data mining. Y además en
entornos de fuerte dinamismo, en los que estos datos están permanentemente cambiando,
como ocurre con los miles de datos que se actualizan diariamente en los
catastros de nuestros países.
Asimismo, otro de los factores
que pueden hacernos pensar en el Big Data como tecnología aplicable a la
gestión catastral se refiere a su capacidad para lograr una mejor explotación
de la información obtenida a través de dispositivos móviles, tales como dispositivos
de geolocalización, lo cual lo hace más atractivo aun para el mundo catastral.
Sabemos que en nuestros países
conviven bases de datos de contenido territorial que no siempre ha sido posible
coordinar, a pesar de existir voluntad para ello. La diversidad de la
información contenida en estas bases de datos y la falta de homogeneidad han
sido un obstáculo permanente para lograr un auténtico catastro
multifinalitario. Las experiencias para
mejorar la coordinación y la vinculación entre el catastro y los registros de
la propiedad es una buena prueba de ello. ¿Será a través de Big Data donde estará la solución a
estas cuestiones?.
Para aquellos que estén
interesados en profundizar en el tema recomiendo la lectura del
artículo de Luis Carlos Molina Félix titulado “Del Data Mining al Big Data”,
por su fácil lectura y pedagogía. Podéis encontrarlo en:
El siguiente paso será un modelo de catastro Big Data y en Cloud, pero esto lo dejamos para una próxima entrada.
viernes, 20 de septiembre de 2013
Los deslindes administrativos y su incidencia en la actividad catastral.
La delimitación de los límites administrativos (entre comunidades autónomas, municipios e incluso naciones) es un problema que aparece
de forma permanente en las mesas de los técnicos de Catastro. Un dato que a priori cabría presumir como correcto y
objetivo, por el mero hecho de la propia existencia de estos límites durante cientos
de años, aparece en muchas ocasiones de forma confusa, e incluso
contradictoria, dando lugar a permanentes conflictos. El tema se agrava cuando
distintas cartografías oficiales representan de diferente forma lo que debía ser
una “línea única”, con graves consecuencias puesto que la correcta delimitación
del territorio a través de sus linderos es la única vía eficiente para permitir
al ciudadano conocer hasta donde puede aplicar sus derechos y obligaciones, al
igual que permite a las distintas administraciones aplicar su jurisdicción.
A lo largo de la historia han existido multitud de conflictos
–incluso guerras- derivados de linderos mal definidos, conflictos que sólo
pueden evitarse con una correcta delimitación. Esta es la idea base del trabajo publicado por
Carmen Femenia, Gaspar Mora y otros profesores del Departamento de Ingeniería
Cartográfica, Geodesia y Fotogrametría de la Universidad Politécnica de Valencia, donde a partir de una
experiencia específica- el estudio de los términos municipales de la Albufera
de Valencia- , obtienen importantes conclusiones sobre cuál es el estado de la
cuestión en España.
Como primera idea sorprendente, dado el actual desarrollo de
las “ciencias de la tierra”, parece que no
disponemos en España de un registro completo donde se indiquen las coordenadas
del perímetro de los municipios, a pesar de que desde el punto de vista
legislativo han de inscribirse obligatoriamente en el Registro Central de
Cartografía (RCC), tal como estipula el Real Decreto del 2007 del Sistema
Cartográfico Nacional (SCN); que desarrolla la Ley de Ordenación de la Cartografía
(LOC) del año 1986.
Sin embargo, este trabajo si se realizó. En las últimas
décadas del siglo XIX y primeras del XX el antiguo Instituto Geográfico y Estadístico desarrolló un importante esfuerzo para determinar el límite entre todos los municipios
existentes en España. Se llegaron a realizar los deslindes oficiales de todos los
municipios españoles, siendo también amojonados. Sin embargo a fecha actual
muchos de los mojones han desaparecido, mientras que la representación de otros
en los distintos mapas oficiales no
coincide con su posición física en el
terreno, es decir sus coordenadas no son correctas.
En la cartografía catastral de rústica, las parcelas que se
encuentran en la línea de término entre municipios se reflejan en algunos
planos de polígono tal como aparece en el siguiente ejemplo de este
plano catastral del término municipal de Valencia en su límite con L’Alcudia. Una representación que pone
en evidencia las discordancias que existen entre límites de propiedad y límites
administrativos.
Las parcelas señalas con * son espacios en blanco, que quedan fuera del sistema.
Para apreciar la diversidad de fuentes, en muchos casos
discrepantes, este estudio ha tenido que manejar información procedente de los
siguientes organismos: Instituto Geográfico Nacional (IGN) y Centro Nacional de
Información Geográfica (CNIG), Instituto Cartográfico Valenciano (ICV), Dirección
General de Catastro (DGC), Archivo Histórico del Reino de Valencia, Junta Rectora
de la Albufera de Valencia y Cartografías de los Ayuntamientos de Valencia y
Sollana. En este caso mucha información no significa más calidad del dato, sino
exactamente lo contrario.
Las conclusiones del trabajo deben ser motivo de reflexión
para todos los que apreciamos la calidad de la información catastral. Como consecuencia del trabajo realizado se
han encontrado incongruencias en diversas parcelas situadas entre la línea
límite original deslindada oficialmente y el borde del lago de la Albufera,
incluyendo parcelas nuevas ganadas al lago, ubicadas íntegramente dentro del
término municipal de Valencia pero que tributan en otros términos municipales.
En concreto, se ha estimado en unas 700 las parcelas que
estando incluidas en el término de
Valencia, tributan a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en otros
términos. ¿Son extrapolables estas diferencias a las delimitaciones entre todos
los términos municipales?. La pregunta no es baladí, si tenemos en cuenta que son
más de 7.500 los municipios que se integran en el modelo común de Catastro en
España. Por poner un ejemplo, si estimamos una media de 200 parcelas en cada
municipio mal definidas por cuestiones de inadecuada delimitación de los
límites administrativos, -cifra muy por debajo de la obtenida en el estudio-,
tendríamos un millón y medio de parcelas con problemas de delimitación y, en
muchas ocasiones, también inadecuada tributación.
Concluyen los autores reclamando la existencia y
mantenimiento de una única línea de término municipal, definida por sus
coordenadas en un sistema de referencia y proyección determinado, integrando
toda esta información en el Registro Central de Cartografía, para que pueda -y deba- ser utilizada por cualquier
administración, empresa o particular que lo requiera. Para ello, también es
necesario el diseño de una metodología que permita la recuperación de dichas
líneas, a la mayor brevedad posible.
Sin duda, recomiendo la lectura del trabajo citado, que puedes
encontrar en:
Modelos de mojones. Las imágenes han sido tomadas del artículo citado.
lunes, 19 de agosto de 2013
La información catastral y la eficiencia energética de las edificaciones: un nuevo paso hacia un “Catastro Verde”.
En el Real Decreto 235/2013 de 5 abril, que traspone al
ordenamiento español la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los
edificios, se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética
de los edificios, y se establecer que a partir 1 de junio de 2013 los
propietarios de inmuebles deberán disponer de un Certificado de Eficiencia
Energética para alquilar o vender la vivienda.
El Real Decreto establece la obligación de poner a
disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado, con
una validez de 10 años, que deberá incluir información objetiva de determinadas
características del inmueble con el fin de que los propietarios o arrendatarios
puedan comparar y evaluar su eficiencia energética. De esta forma, valorando y
comparando su eficiencia energética, se favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las
inversiones en ahorro de energía.
En una coincidencia muy oportuna y afortunada, la revista
CT-Catastro publica en su número 77 un interesantísimo artículo con el
expresivo título “Hacia un Catastro
Verde”, escrito por Mª Ángeles Jiménez Solana, Ingeniero de la Edificación y
Técnico de Inspección de la Gerencia Regional del Catastro de Extremadura, en el que pone en relación el valor de la
información catastral con el cumplimiento de esta nueva obligación que recae
sobre los propietarios de los inmuebles, que han de contar con su
correspondiente “Certificado de eficiencia energética”.
Con la precisión y claridad del especialista que ha dedicado
muchas horas de estudio a la materia, la autora describe con buena pedagogía el
procedimiento definido en la Unión Europea para realizar el cálculo energético
de los edificios, entendiendo como eficiencia energética la expresión de la
energía consumida, realmente o estimada, para satisfacer las distintas necesidades
asociadas al uso del edificio. Obviamente estas necesidades varían atendiendo a
la relación entre el clima y las características constructivas del edificio, por lo que la autora llega a la conclusión de
que, al tener el Catastro de España buena parte de la información descriptiva
de las edificaciones, la información catastral es básica para atender
eficientemente esta obligación.
Es interesante descubrir que la aplicación de esta
metodología no es sólo teoría, sino de una realidad constatable a través del
proyecto de investigación E4R, orientado al impulso y promoción de la
rehabilitación de edificios desde el punto de vista de la eficiencia
energética, en el que participan distintas instituciones públicas de España,
Francia y Portugal, y en el que se ha puesto de manifiesto la gran riqueza de
la información catastral española, de la que se carece en los restantes países
citados, por lo que tienen que capturar la información descriptiva de las
características físicas de las edificaciones por otros procedimientos de menor
calidad.
La autora describe gráficamente cómo el sector inmobiliario
europeo está sustituyendo el verbo “construir” por el verbo “rehabilitar”,
respondiendo con ello a una creciente influencia del pensamiento ecológico en
nuestras sociedades, lo que la lleva a definir la eficiencia energética como “una nueva riqueza que es necesario fomentar,
proteger, evaluar y trasladar al mercado inmobiliario”. Incluso va más
allá, al proponer modelos eficientes de simplificación administrativa cuando señala: “actualmente existen (se refiere a
España) tres procedimientos de inspección
relativos a los bienes inmuebles: la Inspección Técnica de Edificios, la
Inspección Catastral y la derivada del proceso de certificación energética, por
lo que recopilar información no debería ser ningún problema, siendo ideal la
reunificación de los tres en un solo acto de inspección, mediante la colaboración
de las administraciones implicadas”.
Finalmente, pero no en último lugar, sugiere la autora
adaptar las bases de datos y la metodología de trabajo del Catastro “para incorporar la característica energética
como información descriptiva del bien inmueble y repensar la fórmula de cálculo
para incorporar este elemento de valoración inmobiliaria”. No es la primera
vez que se plantea la conveniencia de integrar en el modelo de datos del
Catastro nuevos elementos que faciliten la catalogación y valoración de los
inmuebles conforme a sus características medioambientales. La cuestión ya se
suscitó a raíz de las Directivas europeas del suelo y el agua, y es un debate
que sigue abierto. Personalmente respaldo totalmente la propuesta de la autora
en el sentido de que los modelos de datos de los catastros de todos los países
deberían integrar las características ecológicas del suelo y las edificaciones.
La existencia de especies, aguas, suelos
o parajes protegidos debería quedar reflejada entre los datos básicos que
describen catastralmente una parcela o un edificio, así como su comportamiento
energético, tal y como se describe en el artículo. En el mismo sentido, el
valor catastral debería recoger estos componentes como recoge ya otros de
contenido social (recordemos la limitación existente para valorar viviendas de
protección o promoción pública con precio tasado). Con esta acción el Catastro
se situaría en el reducido grupo de instituciones públicas –con funciones no
estrictamente medioambientales- que desarrollan de manera real, y no meramente
teórica, políticas activas que estimulan una mayor protección en términos
ecológicos.
martes, 6 de agosto de 2013
El nuevo procedimiento de regularización catastral, la calidad del dato y la eficiencia en el gasto público.
El nuevo procedimiento de
regularización catastral puesto en marcha por la Dirección General del Catastro
de España es la respuesta técnica a una iniciativa política que busca mejorar
la recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en todos los municipios
mediante la plena actualización de la base de datos catastral, integrando en la
misma en muy corto espacio de tiempo todos los inmuebles que no figuran en el Catastro
o que, figurando, se encuentran indebidamente descritos. Responde esta
iniciativa al hecho objetivo de que el IBI es el único gran impuesto cuya recaudación
sigue aumentando, aun en plena crisis, por lo que se constituye como la única vía
real e inmediata para mejorar los ingresos de los municipios.
El proceso de regularización
catastral que ha sido diseñado es de una gran magnitud y mantiene varias
incertidumbres. Su ámbito geográfico abarca toda España, excepto País Vasco y
Navarra (7.593 municipios, debiendo regularizarse casi 7 municipios de media al
día para concluir en diciembre de 2016, como está previsto.), siendo
desconocido el número de inmuebles a regularizar, si bien hay estimaciones que
señalan entre 2,5 y 3,5 millones, cifra
que me parece excesivamente alta.
Los ciudadanos incorporados a
este procedimiento deberán abonar una tasa de 60 euros por inmueble, mediante
cuyo pago regularizarán su situación, lo que les evitará ser sancionados a
través de un procedimiento de inspección catastral por omisión de deber de
declarar al Catastro sus propiedades.
Tres comentarios pueden
realizarse sobre este procedimiento:
En primer lugar, se trata de un
procedimiento masivo que ha de ejecutarse en un breve espacio de tiempo y en el
que intervendrán, probablemente, cientos de personas pertenecientes a decenas
de empresas capturando datos de campo, con muy distinta preparación y
dedicación. Siendo imprescindible la ejecución de este proyecto en el momento
actual, no es menos cierto que este carácter masivo y urgente (mucha información,
muchas personas interviniendo, y poco tiempo de ejecución) abre una mayor
posibilidad de que la calidad de los datos que se incorporen al Catastro se
resienta, cuestión que debería evitarse en todo caso.
En segundo lugar, parece obvio
que los procedimientos habituales seguidos para la actualización del Catastro, generalmente desarrollados bajo el control de la empresa instrumental
SEGIPSA, no se adaptan bien a esta nueva situación. Se requerirá desarrollar
una metodología específica y acorde con los objetivos del proyecto, que integre
mucho mayor nivel de control, sin mermar la agilidad que requiere el proceso. En
otras palabras, será necesario contar con una herramienta técnica compleja que,
por un lado, facilite el trabajo de los cientos de personas que van a
desarrollar el trabajo de campo, y por otro, introduzca sistemas eficaces de
control de la calidad del dato capturado, para evitar errores que sean la
fuente de futuros conflictos. En definitiva, se necesita generar una nueva
plataforma de control del proyecto, como la descrita en el gráfico, a través de
la cual se monitorice el orden y ritmo de trabajo de las personas que
intervienen en el proceso, y por otro, se integren herramientas de validación y
control de los datos para asegurar su calidad, como fase previa a su entrega a
la Dirección General del Catastro.
Y en tercer lugar, debe garantizarse
una perfecta adecuación entre la compensación económica que recibirán las
empresas por el trabajo de campo que van a realizar, y la calidad de la
información que les es requerida. Se trata de un caso real en el que se ha de
lograr la máxima eficiencia en el gasto público, reduciendo el precio por
inmueble capturado, pero sin que ello merme la calidad de la información
levantada. Sin duda un gran compromiso para la Dirección General del Catastro
que asume riesgos importantes en la decisión: un precio excesivamente alto será
un gasto ineficiente e inaceptable en los momentos actuales, pero un
precio unitario por inmueble demasiado
bajo determinará sin duda un peor trabajo en la captura de la información y,
por extensión, una pérdida en la calidad del dato. Sin duda en la Dirección General
del Catastro se cuenta con la capacidad y el conocimiento suficiente para tomar
la decisión adecuada.
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